La imparcialidad judicial - La imparcialidad en materia probatoria - Libros y Revistas - VLEX 950071082

La imparcialidad judicial

AutorFredy Hernando Toscano López
Páginas25-91
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capítulo i
la imparcialidad judicial
aSpectoS geNeraleS
El adjetivo “imparcial” es usado para significar1 una cua-
lidad que se espera de un sujeto y de la acción que este
realiza dentro de un contexto específico2, de manera que
resulta difícil formular un concepto unívoco sobre la im-
parcialidad, aplicable a todos los ámbitos, puesto que sus
rasgos fundamentales dependen del escenario concreto en
el que se pretenda aplicar.
Así, por ejemplo, los padres de familia deben tratar
imparcialmente a sus hijos, lo mismo que los empleado-
res al seleccionar a un nuevo trabajador. De otro lado, los
maestros, en razón de su rol social, están obligados a emitir
juicios (calificaciones) respecto de sus alumnos dentro de
parámetros de imparcialidad, mientras que los periodistas
tienen que tratar imparcialmente la información (sin emitir
1 “La definición […] explica simplemente la significación de un término; sus-
tituye a lo definido [con] una expresión equivalente”. J. moreau, Aristóteles
y su escuela, Buenos Aires, Editorial Universitaria de Buenos Aires, 1972,
p. 57.
2 “Imparcial. adj. Se aplica a la persona que obra o juzga, sin parcialidad o
pasión, así como a sus juicios, acciones o palabras”. M. molINer, Diccionario
de uso del español, t. 2, 2.ª ed., Madrid, Gredos, 1998, p. 20.
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juicios sesgados). Pero resulta claro que la expectativa de
actuación del maestro no equivale a lo que se espera del pe-
riodista en la segunda situación. De esta manera, aunque
de todos ellos se predica la imparcialidad, las expectativas
son diferentes y dependen del rol que desempeñan.
Adicionalmente, una misma persona que cumple varios
roles al mismo tiempo puede ser imparcial, dependiendo
del contexto en el que se encuentra: si una persona es padre de
varios hijos y a su vez está encargado de seleccionar a un
nuevo empleado, se espera que sea imparcial en uno y otro
contexto. Pero es claro que en el primer evento, ser imparcial
es excluir cualquier consideración particular respecto de sus
hijos para proporcionar igual cuidado y atención3, a fin de
no generar favoritismos ni discriminaciones. En el segundo
evento, la actuación imparcial consiste en elegir a un solo
candidato conforme al mérito, esto es, de acuerdo con los
parámetros objetivos que rigen la elección en ese contexto.
Sin embargo, lo común en ambos contextos es que el
sujeto activo de la imparcialidad debe actuar haciendo de
lado sus propios sentimientos o su conveniencia.
De esta manera, es desde el contexto específico de la ac-
tuación de donde surgen los criterios admisibles para que
la acción sea considerada imparcial, de ahí que no existen
unas reglas universales de decisión aplicables a todas las
situaciones de decisión para que esta se considere imparcial4.
3 El ejemplo se elaboró con base en el efectuado por S. goSepath, Equality,
The Stanford, Encyclopedia of Philosophy, Edward Zalta (ed.), 2011, pp. 2-3.
Disponible en: http://plato.stanford.edu/archives/spr2011/entries/
equality/. Consultado el 10 de diciembre de 2015.
4 Así las cosas, la elección del “mejor ejemplar canino” será imparcial si se sujeta
a los criterios que fueron adoptados según el arbitrio de los organizadores
del certamen, de manera que la elección que se funda en criterios distintos a
los elegidos será considerada “parcializada” al salirse de los mencionados
criterios e incluir otros no consensuados.
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La imparcialidad judicial
Imparcialidad, justicia e igualdad
La imparcialidad tiene una relación muy cercana con otros
conceptos, como son la justicia y la igualdad, temas que
apenas serán mencionados por exceder el propósito de
este estudio, que sólo pretende arrojar luces sobre la no-
ción y alcance de la imparcialidad en la determinación de
los hechos.
La justicia debe ser entendida como un valor que se da
en relación con los demás, esto es, como un comportamiento
que se debe a otros, requiere de la aplicación del criterio
de la igualdad (isótes)5 y, por ende, el sujeto obligado a ser
imparcial debe garantizar la igualdad de trato. Por lo tan-
to, desplegar un trato desigual hacia determinados sujetos
sin que medien razones admisibles equivale a incurrir en
parcialismo, una forma de favorecimiento hacia alguien
en desmedro de la parte contraria, lo que será calificado
como “algo injusto”.
También se destaca que, en general, la igualdad es un
atributo que se predica entre dos o más elementos, entre los
cuales tiene lugar un acto de comparación desde un mis-
mo respecto6. En este sentido, es una relación formal entre
dos o más cosas que se rompe cuando no se tratan desde la
misma distancia, o no son analizadas bajo el mismo rasero.
Por ello, el criterio de la igualdad sirve de parámetro para
establecer la ruptura de la imparcialidad.
5 Cfr. arIStóteleS, Ética a Nicómaco, Madrid, Alianza Editorial, 2012,
pp. 1129a-1131b.
6 Cfr. N. BoBBIo, Igualdad y libertad, Barcelona, Paidós, 1993, p. 55.

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