Impuesto al carbono como alternativa para reducir las emisiones contaminantes - 13 de Marzo de 2023 - El Tiempo - Noticias - VLEX 924668985

Impuesto al carbono como alternativa para reducir las emisiones contaminantes

De acuerdo con la resolución 00012 de 2023, para este año se establece una tarifa de $ 23.394,60 por tonelada de carbono equivalente.Como un esfuerzo para desincentivar el uso de los combustibles fósiles e incentivar mejoras tecnológicas para su uso más eficiente, generando alternativas que permitan realizar la transición energética de manera progresiva, se crea el impuesto nacional al carbono en el país. De acuerdo con Luis Alberto Rojas, docente del Consultorio Tributario del Politécnico Grancolombiano, este se consolida bajo la Ley 1819 de 2016, la cual busca responder a la necesidad de tener unas herramientas económicas encaminadas a incentivar el cumplimiento de las metas de mitigación de gases de efecto invernadero (GEI). "Para el año 2023, se establece una tarifa de $ 23.394,60 por tonelada de carbono equivalente, de acuerdo con la resolución 00012 de 2023", señala. Se resalta también que este se trata de un impuesto que recae sobre el contenido de carbono de todos los combustibles fósiles incluyendo todos los derivados del petróleo, gas fósil y sólidos que sean usados para combustión, así lo ha explicado Mauricio Piñeros, Managing Partner de Gómez Pinzón Abogados, quien además señala que el hecho generador del impuesto es la venta dentro del territorio colombiano de estos productos o el retiro de los mismos para consumo propio, así como la importación para consumo propio y la exportación para la venta de combustibles fósiles. Actores exentos Cabe anotar que, dentro del marco de esta iniciativa, existen algunos actores que pueden acceder a la no causación, es decir, a no pagar el impuesto. En este punto, Piñeros explica que no están obligados a pagar el impuesto "quienes certifiquen ser carbono neutro, ya sea por una certificación obtenida directamente o a través del consumidor o usuario final, de acuerdo con una reglamentación que expide el Ministerio de Ambiente". Para el caso de carbón, apunta el experto, el impuesto no se causa para el carbón de coquerías; en el caso de gas licuado de petróleo, el impuesto solo se causa en venta de usuarios industriales; para el caso del gas natural, el impuesto solo se causa en la venta a la industria de refinación de hidrocarburos y petroquímica. A su turno, el docente del Politécnico Grancolombiano añade que "pueden acceder a la no causación, total o parcial, del impuesto al carbono todos los contribuyentes del impuesto que se encuentran obligados a pagarlo y que estén interesados en demostrar...

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