El impuesto sobre la renta de las personas naturales en la Ley 1943 de 2018 - Parte III - Comentarios a la ley de financiamiento: Ley 1943 de 2018 - Libros y Revistas - VLEX 950571992

El impuesto sobre la renta de las personas naturales en la Ley 1943 de 2018

AutorAlejandro Delgado Perea
Cargo del AutorMagíster en Derecho con énfasis en Tributación de la Universidad Externado de Colombia
Páginas119-152
alejandro delgado perea
El impuesto sobre la renta de las personas
naturales en la Ley 1943 de 2018
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Sumario: Introducción. I. Imposición global y cedular. II. El sistema colom-
biano de imposición sobre las personas naturales hasta 2018. A. La transfor-
mación de la estructura del impuesto sobre la renta de las personas naturales en
la Ley 1819 de 2016. B. El sistema de tributación de las personas naturales
vigente desde 2017. 1. Rentas de trabajo. 2. Rentas de pensiones. 3. Rentas de
capital. 4. Rentas de dividendos. . Rentas no laborales. III. Los cambios al
régimen de renta de las personas naturales en la Ley 1943 de 2018. A. Las
nuevas rentas cedulares. B. La depuración de las rentas cedulares. 1. Renta
líquida de las cédulas de dividendos y pensiones. 2. La depuración de la cé-
dula general. a. Deducción de tributos pagados. b. La procedencia de costos
y gastos en rentas de trabajo. 3. Compensación de pérdidas y f‌irmeza de la
declaración de renta. 4. Renta presuntiva de las personas naturales. C. Las
nuevas tarifas de impuesto sobre la renta. 1. Tarifas de la cédula general. 2.
Tarifas de la cédula de dividendos. D. El régimen simple. e. Modif‌icaciones
relativas a conceptos puntuales. 1. La realización de las cesantías. 2. Aportes
voluntarios a fondos de pensiones. 3. Nuevas exenciones a las rentas de tra-
bajo. 4. Las indemnizaciones por seguro de vida y las rentas hoteleras. . El
costo f‌iscal en la compraventa de inmuebles y en acciones. 6. El componente
inf‌lacionario de los intereses. F. El costo f‌iscal en la compraventa de inmuebles
y en acciones.
introduccin
La Ley 1819 de 2016 introdujo cambios estructurales en el impuesto sobre la
renta de las personas naturales. El sistema de liquidación de los impuestos, que
hasta 2016 era esencialmente de base global, pasó a ser cedular. La Ley 1943
de 2018 mantuvo el sistema cedular, pero limitó las cédulas a tres categorías:
dividendos, pensiones y general.
El sistema de liquidación del impuesto sobre la renta de las personas na-
turales vigente en Colombia hasta 2016 no diferenciaba, por regla general, la
fuente de los ingresos ni de los costos o deducciones y, por tanto, se calculaba el
impuesto a partir de la agreg ación de todos los ingresos, que se depuraban con
los costos y las deducciones legalmente admisibles. A partir de la vigencia f‌iscal
2017, con la entrada en vigor de la Ley 1819 de 2016, las personas naturales
deben liquidar su impuesto sobre la renta teniendo en cuenta la naturaleza o
fuente del ingreso. Esta forma de liquidación cedular del impuesto sobre la
renta se conservó en la Ley 1943 de 2018, esto es, la renta gravable se calcula

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