Impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - simple para la formalización y la generación de empleo - Libro octavo - Estatuto Tributario - Estatuto Tributario 2019 - Libros y Revistas - VLEX 821040293

Impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - simple para la formalización y la generación de empleo

AutorGherson Grajales Londoño - Carlos Arturo Vargas Sierra - Luz Deicy Agudelo Giraldo
Páginas553-563
553
GRAJALES, VARGAS Y AGUDELO
Comentarios para los artículos 894 al 898
ARTÍCULO 899. SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN. [Derogado por el artículo 110 del Decreto
1643 de 1991].
Comentarios para el artículo 899.
Artículo 900. DIVISIÓN DE RECURSOS HUMANOS. [Derogado por el artículo 110 del Decreto 1643
de 1991].
Comentarios para el artículo 900.
ARTÍCULO 901. DIVISIÓN DE INSPECCIÓN. [Derogado por el artículo 110 del Decreto 1643 de 1991].
Comentarios para el artículo 901.
ARTÍCULO 902. DIVISIÓN FINANCIERA. [Derogado por el artículo 110 del Decreto 1643 de 1991].
Comentarios para el artículo 902.
LIBRO OCTAVO
(Sustituido por el artículo 66 de la Ley 1943 de 2018]
IMPUESTO UNIFICADO BAJO EL RÉGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACIÓN -
SIMPLE PARA LA FORMALIZACIÓN Y LA GENERACIÓN DE EMPLEO
ARTÍCULO 903. CREACIÓN DEL IMPUESTO UNIFICADO BAJO EL RÉGIMEN SIMPLE DE TRIBUTA-
CIÓN - SIMPLE. [Incorporado por el artículo 66 de la Ley 1943 de 2018] Créese a partir del 1 de enero
de 2019 el impuesto unicado que se pagará bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE, con el n
de reducir las cargas formales y sustanciales, impulsar la formalidad y, en general, simplicar y facilitar
el cumplimiento de la obligación tributaria de los contribuyentes que voluntariamente se acojan al
régimen previsto en el presente Libro.
El impuesto unicado bajo el régimen simple de tributación -— SIMPLE es un modelo de tributación
opcional de determinación integral, de declaración anual y anticipo bimestral, que sustituye el im-
puesto sobre la renta, e integra el impuesto nacional al consumo y el impuesto de industria y comer-
cio consolidado, a cargo de los contribuyentes que opten voluntariamente por “acogerse al mismo. El
impuesto de industria y comercio consolidado comprende el impuesto complementario de avisos y
tableros y las sobretasas bomberil que se encuentran autorizadas a los municipios.
Este sistema también integra los aportes del empleador a pensiones, mediante el mecanismo del
crédito tributario.
PARÁGRAFO 1. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, en uso de sus facultades,
podrá registrar en el presente régimen de manera ociosa a contribuyentes que no hayan declarado
cualquiera de los impuestos sobre la renta y complementarios, sobre las ventas, al consumo y/o el
impuesto de industria y comercio consolidado. La inscripción o registro, podrá hacerse en el Registro
Único Tributario - RUT de manera masiva, a través de un edicto que se publicará en la página web de
la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR