Inasistencia alimentaria en Colombia - Núm. 53, Julio 2023 - Revista del Instituto Colombiano de Derecho Procesal - Libros y Revistas - VLEX 955228325

Inasistencia alimentaria en Colombia

AutorClaudia Patricia Orduz Barreto
CargoAbogada, Especialista en Derecho Penal y Criminología
Inasistencia alimentaria en colombia
Food lack in colombia
Claudia Patricia Orduz Barreto1
Los seres humanos no son de naturaleza reyes, ni señores, ni cortesanos, ni
personas ricas. Todos nacen desnudos y pobres; todos están sujetos a las
miserias de la vida; a los pesares, a los males, a las necesidades y a los dolores
de toda clase. Y, por último, todos están condenados a la muerte. Esto es lo
verdaderamente propio del ser humano y de lo que ningún mortal está exento.2
Resumen
En consideración a la expedición de la Ley 2097 de 2021 que crea el Registro de
Deudores Alimentarios Morosos (Redam), al negativo impacto que en el contexto
individual, familiar y social implica en Colombia la alarmante sustracción por parte
de quienes están obligados a proveer alimentos, atentando contra la necesidad más
básica para la supervivencia del ser humano, surge la inquietud académica de
abordar la temática con el propósito de aportar un grano de arena, así sea diminuto,
para contribuir a generar conciencia respecto a tan reprochable conducta. En ese
sentir, se hará una aproximación al concepto de alimentos, se precisará a quiénes
se les debe alimentos, se hará referencia al delito de inasistencia alimentaria, se
analizará la señalada ley (2097 de 2021) y se plasmarán unas conclusiones,
enfatizando de manera transversal sobre la necesidad de sensibilizar frente a una
obligación natural, moral, legal, de sentido común, pero que desafortunadamente
no todos la honran, como es el deber ser, máxime cuando se vive en un Estado
Social de Derecho conforme a la Carta Política de 1991.
Palabras claves: alimentos, obligación alimentaria, familia, deudor alimentario
moroso, Redam, inasistencia alimentaria, dignidad humana, solidaridad,
subsistencia.
1. Abogada, Especialista en Derecho Penal y Criminología, Magister en Derecho Penal, exjuez de
ejecución de penas y medidas de seguridad, exjuez penal del circuito en sistema Ley 600 de 2000,
exjuez penal del circuito Ley 906 de 2004, docente universitaria de pregrado y posgrado,
conferencista. Correo: claudiaorduz@yahoo.com.mx
2. NUSSBAUM, Martha Craven. Emociones políticas: ¿Por qué el amor es importante para la
justicia?. 5 Ed. Barcelona: Editorial Paidós, 2019. 189 p. ISBN: 8449330025.
Abstract
In consideration of the issuance of Law 2097/21 that creates the Delinquent Food
Debtors Registry (REDAM by its acronym in Spanish), and the negative impact that
implies in the individual, family, and social context in Colombia the alarming theft by
those who are obliged to provide food, attacking the most basic need for the human
survival; the academic concern arises to address the issue with the purpose of
adding a grain of sand, even if it is tiny, to help raise awareness regarding such
reprehensible conduct. Therefore, the article is structured in five parts: firstly, an
approximation to the concept of food; secondly, the specification of who is owed
food; thirdly, a study of the food insistence crime; fourthly, the analysis of the
aforementioned law; and, fifthly, some conclusions, emphasizing, in a transversal
way, the necessity of raise awareness against an obligation natural, moral, legal,
common sense, but unfortunately not everyone honors it, as it should be, especially
when living in a Social State of Law in accordance with the Political Constitution of
1991.
Key words: food, food obligation, family, food debtor, REDAM, food insistence
crime, human dignity, solidarity, subsistence
Introducción
El alimento es un Derecho Humano3. Es la esencia para la supervivencia de todo
ser viviente, motivo por el cual instintivamente o por la sabia naturaleza es
aprovisionado para no fenecer. Al ser humano no sólo lo cobijan dichas premisas.
Además de ello, es un ser racional, un ser pensante, razón por la cual debe ser
consciente de lo vital que es el alimento, máxime al ser de los especímenes más
desvalidos al nacer y en los primeros años de existencia.
En este orden de ideas, parece ser contra natura no proveer alimentos. Es una
obligación moral, natural y legal fundada en los principios de la dignidad humana y
de la solidaridad, bases cardinales de un Estado social y democrático de derecho4.
Es más, así no se viviese bajo el abrigo de este modelo de Estado, pero con mayor
razón si se tiene. Entonces, es difícil comprender por qué existen personas que se
3. “Los derechos humanos se caracterizan, entre otros aspectos, por lo siguiente: a) Son derechos
universales. b) Son derechos abso lutos respectos de otros derechos. c) Son derechos inalienab les."
QUINCHE RAMÍREZ, Manuel. Derecho Constitucional Colombiano. 6ta ed. Bogotá: Editorial Temis,
2015, 100 p. ISBN: 9789583512766
4. “La formulación del Estado social de Derecho se debe al jur ista socialdemócrata alemán Herman
Heller quien lo utilizó por primera vez en un trabajo titulado ¿Estado de Derecho o dictadura?,
publicado en 1929 (…)”.
VILA CASADO, Iván. Fundamentos del derecho constitucional contemporáneo. Bogotá: Editorial
Temis, 2007, 402 p. ISBN: 9789586539777

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