Informe de comisión accidental para estudio de objeciones al proyecto de ley 050 de 2007 senado 329 de 2008 cámara - 19 de Noviembre de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451373134

Informe de comisión accidental para estudio de objeciones al proyecto de ley 050 de 2007 senado 329 de 2008 cámara

INFORME DE COMISIÓN ACCIDENTAL PARA ESTUDIO DE OBJECIONES AL PROYECTO DE LEY 050 DE 2007 SENADO, 329 DE 2008 CÁMARApor medio de la cual se promueve la Ligadura de Conductos Deferentes o Vasectomía y la Ligadura de Trompas de Falopio como formas para fomentar la paternidad y la maternidad responsables y se establecen estímulos para los ciudadanos. Y SU ACUMULADO 100 DE 2007 SENADO por la cual se autoriza a los hombres y mujeres mayores de edad a realizarse la vasectomía o ligadura de trompas (anticoncepción quirúrgica) de forma gratuita

Bogotá, D. C., octubre de 2009

Doctores

JAVIER CACERES LEAL

Presidente Senado de la república

EDGAR GOMEZ ROMAN

Presidente Cámara de Representantes

Ciudad.

Referencia: Informe de objeciones presidenciales al Proyecto de ley número 050 de 2007 Senado, 329 de 2008 Cámara, por medio de la cual se promueve la Ligadura de Conductos Deferentes o Vasectomía y la Ligadura de Trompas de Falopio como formas para fomentar la paternidad y la maternidad responsables y se establecen estímulos para los ciudadanos. Y su acumulado 100 de 2007 Senado, por la cual se autoriza a los hombres y mujeres mayores de edad a realizarse la vasectomía o ligadura de trompas (anticoncepción quirúrgica) de forma gratuita.

Respetados Presidentes:

Dando cumplimiento a la designación hecha por la Mesa Directiva del Senado de la República y la honorable Cámara de Representantes y en concordancia con lo dispuesto en los artículos 167 de la Constitución Nacional y 199 de la Ley 5ª de 1992, de manera atenta nos permitimos rendir el presente informe de objeciones presidenciales por inconstitucionalidad, en los siguientes términos:

El proyecto de ley se remitió para su respectiva sanción presidencial y fue devuelto por el Gobierno el día 21 de julio del presente año con su respectiva objeción, encontrándose de esta manera dentro del término previsto para hacerlo, según lo establecen los artículos 166 de la Constitución Nacional y 198 de la Ley 5ª de 1992, que para el caso que nos ocupa.

Claramente el artículo 199 de la Ley 5ª de 1992 señala que las objeciones pueden obedecer a razones de inconstitucionalidad o de inconveniencia.

En esta oportunidad la objeción presentada por el Gobierno Nacional obedece a vicios de inconstitucionalidad y se funda en las siguientes consideraciones:

  1. Se omitió el trámite establecido en la Ley Orgánica 819 de 2003.

  2. El proyecto resulta contrario al Marco Fiscal de Mediano Plazo.

En razón a lo anterior, el Ministro de Hacienda y Crédito Público considera que se hace necesario objetar el proyecto en su totalidad.

Este proyecto de ley fue presentado por iniciativa parlamentaria, en cabeza del Senador Samuel Arrieta Buelvas y con él se busca brindar de manera gratuita la ligadura de trompas y la vasectomía, como método para fomentar la paternidad y maternidad responsable.

La...

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