Informe de apelación 1785 de 2010 cámara
INFORME DE APELACIÓN 1785 DE 2010 CÁMARA. INFORME QUE DECIDE RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA DOCTORA ELSA PATRICIA CARREÑO MARÍN, PROCURADORA PRIMERA DELEGADA PARA LA INVESTIGACIÓN Y EL JUZGAMIENTO PENAL
Bogotá, D. C., septiembre de 2010
Doctor
JESÚS ALFONSO RODRÍGUEZ CAMARGO
Secretario General Cámara de Representantes
Ciudad.
Radicación: 1785
Procesado-disciplinado: Álvaro Uribe Vélez- Presidente de la República
Asunto: Informe que decide Recurso de Apelación interpuesto por la doctora Elsa Patricia Carreño Marín, Procuradora Primera Delegada para la Investigación y el Juzgamiento Penal
Respetado doctor
En cumplimiento de la designación que se me hiciera por la Mesa Directiva de la Cámara de Representantes para rendir informe ante la Plenaria de Representantes, de conformidad con lo que establece el artículo 194 del C. P. P., en cuanto a resolver el Recurso de Apelación interpuesto por la doctora Elsa Patricia Carreño Marín, Procuradora Primera Delegada para la Investigación y el Juzgamiento Penal contra la decisión de la Comisión de Investigación del expediente de la referencia de fecha trece (13) de junio de dos mil seis (2006), aprobado mediante Acta número 46 de fecha catorce (14) de junio del mismo año, según memorial número 358 1IJP de fecha veintisiete (27) de octubre de dos mil seis (2006) radicado el primero (1°) de noviembre de dos mil seis (2006).
Por lo anterior, anexo en seis (6) folios el documento mediante el cual se resuelve el recurso de apelación interpuesto para que se surta el procedimiento legal correspondiente.
Atentamente,
Pablo Sierra León,
Representante a la Cámara.
CÁMARA DE REPRESENTANTES
PLENARIA
REPÚBLICA DE COLOMBIA
Radicación: 1785
Procesado-disciplinado: Álvaro Uribe Vélez - Presidente de la República
INFORME POR MEDIO DEL CUAL SE DECIDE RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA DOCTORA ELSA PATRICIA CARREÑO MARÍN, PROCURADORA PRIMERA DELEGADA PARA LA INVESTIGACIÓN Y EL JUZGAMIENTO PENAL
Los honorables miembros de la Cámara de Representantes del Congreso de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 178 de la Constitución Política de Colombia, y
CONSIDERANDO:
-
Que el día cuatro (4) del mes de marzo del año dos mil cinco (2005), fue radicado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, con copia al Procurador General de la Nación, Secretaria General Ministerio de Relaciones Exteriores, Consejero Presidencial, Unidad Investigativa del diario El Tiempo, Unidad Investigativa del diario El Espectador y Unidad Investigativa de la revista Semana, oficio en dos (2) folios denominado Derecho de Petición, firmado por la señora María Helena Osorio, en el cual se advertían presuntas irregularidades en la conformación de la nómina diplomática.
-
Que recibido este memorial por la Procuraduría General de la Nación, en la dependencia del Despacho del Procurador General, Édgardo José Maya Villazón, se ordenó iniciar investigación preliminar con el objeto de verificar la ocurrencia de los hechos, determinar si son constitutivos de falta disciplinaria, identificar e individualizar al servidor público presuntamente comprometido y se ordenó remitir copia de la queja radicada bajo el número 001-119978-05 a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes en lo concerniente al entonces Presidente de la República, doctor Álvaro Uribe Vélez.
-
Que tal como se puede corroborar en el expediente del proceso de la referencia, según providencia de fecha...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba