Informe de conciliación al proyecto de ley número 393 de 2021 Senado, 137 de 2020 Cámara, por medio de la cual se amplía la emisión de la Estampilla Pro-Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, con sede en Boyacá - 17 de Junio de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879267214

Informe de conciliación al proyecto de ley número 393 de 2021 Senado, 137 de 2020 Cámara, por medio de la cual se amplía la emisión de la Estampilla Pro-Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, con sede en Boyacá

Fecha de publicación17 Junio 2021
Número de Gaceta671
Página 6 Jueves, 17 de junio de 2021 Gaceta del conGreso 671
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Parágrafo 2.
El Gobierno nacional, en cabeza del Ministerio de Educación
Nacional, garantizará los recursos para la implementación de esta ley en
consideración a la sostenibilidad financiera del ICFES.
Artículo 5°. Vigencia. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga
todas aquellas que le sean contrarias.
MILTON HUGO ANGÚLO VIVEROS RUBY HELENA CHAGÜI SPATH
Representante a la Cámara Senadora de la República
INFORME DE CONCILIACIÓN AL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 393 DE 2021
SENADO, 137 DE 2020 CÁMARA
por medio de la cual se amplía la emisión de
la Estampilla Pro-Universidad Pedagógica y
Tecnológica de Colombia, con sede en Boyacá.
Bogotá D.C., 17 de junio de 2021
Honorables Congresistas
ARTURO CHAR CHALJUB
Presidente del Senado de la República
GERMÁN ALCIDES BLANCO ÁLVAREZ
Presidente Cámara de Representantes
Ciudad
Asunto: Informe de conciliación al Proyecto de Ley número 393 de 2021 Senado, 137
de 2020 Cámara: “Por medio de la cual se amplía la emisión de la estampilla pro-
universidad pedagógica y tecnológica de Colombia, con sede en Boyacá”
Estimados Presidentes:
En atención de lo dispuesto por el artículo 161 de la Constitución Política, los
artículos 186, 187 y 188 de la Ley 5 de 1992 y la honrosa designación que nos hicieran
las Mesas Directivas de ambas células legislativas, de manera atenta, nos
permitimos rendir informe de conciliación sobre el proyecto de ley de la referencia
bajo los siguientes términos:
El proyecto de Ley número 393 de 2021 Senado, 137 de 2020 Cámara: “Por medio de
la cual se amplía la emisión de la estampilla pro-universidad pedagógica y
tecnológica de Colombia, con sede en Boyacá”, presentó algunas modificaciones a
lo largo de su trámite legislativo, razón por la cual, el articulado aprobado en la
plenaria de la Cámara de Representantes y el texto definitivo aprobado en la
plenaria del Senado de la República, son diferentes.
Teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesaria su conciliación a fin de que, una
vez se surta el trámite de discusión y votación del presente informe, se proceda a su
sanción presidencial y se convierta en ley de la República.
Para efectos de comparación, a continuación se incluyen los textos aprobados en la
Cámara de Representantes y en el Senado de la República, solicitándose a
las plenarias de ambas corporaciones, acoger el texto aprobado por el Senado de la
República, atendiendo que este texto ha resultado de la concertación con el autor del
Proyecto, el Senador Miguel Ángel Barreto Castillo, que permiten la adecuada
aplicación de la reforma propuesta:
En consecuencia, los suscritos conciliadores solicitamos a las plenarias del Senado
de la República y la Cámara de Representantes, aprobar la conciliación al proyecto
de Ley número 393 de 2021 Senado, 137 de 2020 Cámara: “Por medio de la cual se
amplía la emisión de la estampilla pro-universidad pedagógica y tecnológica de
Colombia, con sede en Boyacá”, según texto conciliado anexo.
Cordialmente,
EFRAÍN JOSÉ CEPEDA SARABIA ARMANDO ANTONIO ZABARAÍN ARCE
Honorable Senador de la República Representante a la Cámara - Atlántico
TEXTO DEFINITIVO
APROBADO EN LA
PLENARIA DE LA
CÁMARA DE
REPRESENTANTES
TEXTO DEFINITIVO
APROBADO EN LA
PLENARIA DEL
SENADO DE LA
REPÚBLICA
TEXTO ADOPTADO
“Por medio de la cual se
amplía la emisión de la
estampilla pro
Universidad Pedagógica
y Tecnológica de
Colombia, con sede en
Boyacá”
“Por medio de la cual se
amplía la emisión de la
estampilla pro
Universidad Pedagógica
y Tecnológica de
Colombia, con sede en
Boyacá”
TEXTO DEL TÍTULO
IGUAL EN AMBAS
CÁMARAS
Artículo 1. Adiciónese un
artículo nuevo a la ley 699
de 2001, el cual quedará
así:
Artículo Nuevo.
Autorícese la ampliación
de l
a Emisión de la
Estampilla Pro
Universidad Pedagógica
y Tecnológica de
Colombia, con sede en
Boyacá,
creada mediante Ley 699
de 2001, hasta por la suma
de Doscientos Mil
Millones
Artículo 1. Adiciónese un
artículo nuevo a la ley 699
de 2001, el cual quedará
así:
Artículo Nuevo.
Autorícese la ampliación
de la Emisión de la
Estampilla Pro
Universidad Pedagógica
y Tecnológica de
Colombia, con sede en
Boyacá,
creada
mediante Ley 699
de 2001, hasta por la suma
de Doscientos Mil
Millones
IGUALES
De Pesos
($200.000.000.000).
El monto total del
recaudo se establece
precios
constantes de
1993.
De Pesos
($200.000.000.000).
El monto total del
recaudo se establece
precios constantes de
1993.
Artículo 2. Adiciónese un
nuevo artículo a
la Ley 699 de 2001, el cual
quedará así:
Artículo nuevo: La
Universidad
pedagógica y tecnológica
de
Colombia, en cabeza del
rector,
deberá incluir dentro del
informe
público de gestión anual
un reporte
sobre los montos,
ejecución y las
destinaciones específicas
de los
recursos provenientes de
la
Estampilla pro-
universidad
pedagógica y tecnológica
de
Colombia
correspondiente a cada
vigencia.
ARTÍCULO NUEVO EN
PLENARIA DEL
SENADO DE LA
REPÚBLICA
Artículo 2. Vigencia y
derogatorias. La presente
ley rige a partir de su
publicación y hasta tanto
se recaude el monto total
aprobado en el artículo 1
de la ley 699 de 2001, y
deroga todas las
disposiciones que le sean
contrarias
Artículo 3. Vigencia y
derogatorias. Le presente
ley rige a partir de su
publicación y
hasta tanto se recaude el
monto total aprobado en
de 2001, y
deroga todas las
disposiciones que le sean
contrarias
IGUALES

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