Informe de conciliación y texto conciliado al Proyecto de ley número 623 Cámara y 176 Senado, por medio del cual se establecen normas para garantizar la seguridad de la cadena logística, prevenir los delitos transnacionales y se dictan otras disposiciones - 15 de Diciembre de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879266259

Informe de conciliación y texto conciliado al Proyecto de ley número 623 Cámara y 176 Senado, por medio del cual se establecen normas para garantizar la seguridad de la cadena logística, prevenir los delitos transnacionales y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación15 Diciembre 2021
Número de Gaceta1872
INFORMES DE CONCILIACIÓN
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXX - Nº 1872 Bogotá, D. C., miércoles, 15 de diciembre de 2021 EDICIÓN DE 6 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l C o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE CONCILIACIÓN AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 623 CÁMARA Y 176
SENADO
por medio del cual se establecen normas para garantizar la seguridad de la cadena logística, prevenir
los delitos transnacionales y se dictan otras disposiciones.
INFORME DE CONCILIACIÓN PROYECTO DE LEY 623 CÁMARA Y 176 SENADO, “POR
MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN NORMAS PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE LA
CADENA LOGÍSTICA, PREVENIR LOS DELITOS TRANSNACIONALES Y SE DICTAN OTRAS
DISPOSICIONES.”
H.S.
MARITZA MARTINEZ
Vicepresidenta
HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
Ciudad
H.R.
JENNIFER ARIAS
Presidenta
HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES
Ciudad
Atendiendo la honrosa designación que nos hiciere la Mesa Directiva del Senado de la
Republica y la honorable Cámara de Representantes, para conciliar el texto definitivo del
proyecto de Ley 623 Cámara y 176 Senado, “POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN NORMAS
PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE LA CADENA LOGÍSTICA, PREVENIR LOS DELITOS
TRANSNACIONALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.”, los conciliadores, después de
analizar y hacer el estudio minucioso del proyecto de Ley, hemos decidido acoger el texto
que se aprobó en la honorable plenaria de la Cámara de Representantes que continuación
se presenta:
PROYECTO DE LEY 623 CÁMARA Y 176 SENADO, “POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN
NORMAS PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE LA CADENA LOGÍSTICA, PREVENIR LOS
DELITOS TRANSNACIONALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.”
ARTÍCULO PRIMERO. Objeto. La presente Ley tiene por objeto garantizar la seguridad de la
cadena logística y prevenir delitos trasnacionales, así como adoptar las buenas prácticas
promovidas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico - OCDE
regulando los procesos que requieren una adecuada evaluación y análisis de riesgos, en
cualquier tipo de certificación publica o privada.
ARTÍCULO SEGUNDO. Ámbito de Aplicación. Los principios y disposiciones contenidos en
la presente Ley serán aplicables y se limitarán exclusivamente a todas la personas naturales
y jurídicas, empresas consultoras, asesoras e investigadoras en seguridad privada que
cuenten con licencia o credencial como consultor, asesor e investigador en seguridad
privada y que estén involucradas directa e indirectamente en la evaluaciones, análisis o

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