Informe de comisión de estudio al proyecto de ley 98 de 2009 senado - 13 de Diciembre de 2010 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451392450

Informe de comisión de estudio al proyecto de ley 98 de 2009 senado

INFORME DE COMISIÓN DE ESTUDIO AL PROYECTO DE LEY 98 DE 2009 SENADO. por medio de la cual se reglamentan las actividades de comercialización en red o mercadeo multinivel en Colombia.

Bogotá, D. C., 13 de diciembre de 2010.

Doctor

RAFAEL OYOLA ORDOSGOITIA

Secretario

Comisión Tercera

Senado de la República

Referencia: Informe Comisión de Estudio al Proyecto de ley número 98 de 2009 Senado, por medio de la cual se reglamentan las actividades de comercialización en red o mercadeo multinivel en Colombia.

Respetado doctor Oyola:

Dada la importancia que tiene para nuestro país la iniciativa en referencia, y una vez recibido el proyecto de ley para su estudio en la Comisión Tercera del honorable Senado de la República nuevamente los ponentes de la iniciativa resuelven:

  1. Estudiar las modificaciones que surtieron en el trámite de la iniciativa entre la ponencia para primer debate Gacetas 78 de 2010 y 285 de 2010 respectivamente de donde se extraen las modificaciones realizadas de acuerdo al Anexo 1.

  2. Luego de un análisis detallado de los textos, hemos acordado, someter a votación en la Plenaria del Senado el texto que recoge la ponencia para segundo debate Gaceta 285 de 2010.

    Por tal motivo, solicitamos a la Comisión Tercera del Senado de la República, enviar nuevamente el Proyecto de ley número 98 de 2009 Senado ¿Honorables Senadores Jairo Mantilla Colmenares, Germán Villegas Villegas, Omar Yepez Alzate, Antonio Guerra de la Espriella, Gabriel Zapata Correa. Por medio de la cual se reglamentan las actividades de comercialización en red o mercadeo multinivel en Colombia. De acuerdo a la ponencia para segundo debate publicada en la Gaceta 285 de 2010 Senado.

    De los honorables Senadores,

    Germán Villegas Villegas, Gabriel Zapata Correa,

    Honorables Senadores de la República.

    ANEXO 1 ¿ Informe al Proyecto de ley número 098 de 2009 Senado

    por medio de la cual se reglamentan las actividades de comercialización en red o mercado multinivel en Colombia.

    Proyecto original

    Propuesta

    Proyecto Segundo Debate

    Artículo 1°.

    Igual

    Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto regular el desarrollo y el ejercicio de las actividades de mercadeo denominadas multinivel incluyendo, entre otros, el denominado mercadeo en red y cualquier otra forma o denominación que materialmente constituya actividad de mercadeo multinivel, de acuerdo con el artículo siguiente.

    Al ejercer su potestad reglamentaria respecto de la presente ley, el Gobierno buscará preservar los siguientes objetivos: la transparencia en las actividades multinivel; la preservación de la buena fe; la defensa de los derechos de las personas que participen en la venta y distribución de los bienes o servicios que se comercializan bajo este método y de los consumidores que los adquieran; la protección del ahorro del público y, en general, la defensa del interés público.

    Artículo 2°, numeral 1

    Se reemplaza la palabra reclutamiento por auspicio

    Artículo 2°: Definición. Se entenderá que constituye actividad multinivel, toda actividad organizada de mercadeo, de promoción, o de ventas, en la que confluyan los siguientes elementos:

  3. La búsqueda o el auspicio masivo de personas naturales, para que estas a su vez auspicien a otras personas naturales, con el fin último de vender determinados bienes o servicios.

    Artículo 2°, numeral 2

    Se reemplaza la frase a favor de las personas reclutadas por la venta de bienes y servicios a través de las personas auspiciadas.

  4. El pago, o la obtención de comisiones o recompensas u otros beneficios de cualquier índole, por la venta de bienes y servicios a través de las personas auspiciadas, y

Artículo 2°

numeral 3.

Se reemplaza la palabra reclutadas por auspiciadas.

  1. La coordinación, dentro de una misma red comercial, de las personas auspiciadas para la respectiva actividad multinivel.

Artículo2o, parágrafo 1°

Se reemplaza en su totalidad por ¿Las empresas que ofrezcan bienes o servicios en Colombia a través del mercadeo multinivel deberán establecerse con el lleno de los requisitos legales contemplados en la ley vigente y tener como mínimo una oficina abierta al público. En los casos en que esta actividad se realice a través de un representante comercial, este último deberá tener también, como mínimo, una oficina abierta al público y será el responsable del cumplimiento de las normas establecidas en la normativa colombiana para las actividades, productos y servicios ofrecidos¿.

Parágrafo 1°. Las empresas que ofrezcan bienes o servicios en Colombia a través del mercadeo multinivel deberán establecerse con el lleno de los requisitos legales contemplados en la ley vigente y tener como mínimo una oficina abierta al público. En los casos en que esta actividad se realice a través de un representante comercial, este último deberá tener también, como mínimo, una oficina abierta al público y será el responsable del cumplimiento de las normas establecidas en la normativa colombiana para las actividades, productos y servicios ofrecidos.

Artículo 2°, parágrafo 2°

Se reemplaza en su totalidad por ¿La presente ley no se aplicará a las empresas de venta directa en las que se deriven recompensas o beneficios por las ventas o vinculaciones que realicen los auspiciados a través de su red ni a las promociones que involucren premios por referidos¿.

Parágrafo 2°. La presente ley no se aplicará a las empresas de venta directa en las que no se derivan recompensas o ventajas por las ventas o vinculaciones que realizan los auspiciados a través de su red ni a las promociones que involucren premios por referidos.

Artículo 3°

Se elimina los incisos primero y segundo. Además, se modifica en su redacción el inciso tercero, quedando así: ¿Las empresas que realicen actividades multinivel estarán obligadas a cumplir con todos los requisitos legales establecidos en la normatividad vigente en el país para los productos y servicios ofrecidos, así como con las garantías y con los servicios postventa que exija la ley para la venta al público del respectivo bien o servicio, y con las que sean ofrecidas por el promotor cuando dichas garantías y servicios excedan las...

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