Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 226 de 2013 senado 300 de 2013 cámara - 14 de Junio de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451052286

Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 226 de 2013 senado 300 de 2013 cámara

INFORME DE PONENCIA SEGUNDO DEBATE PROYECTO DE LEY 226 DE 2013 SENADO, 300 DE 2013 CÁMARApor medio de la cual se modifica el parágrafo del artículo 4° de la Ley 680 de 2001, que modificó el artículo 33 de la Ley 182 de 1995.

Bogotá, D. C.,

Honorable Senador

ROY LEONARDO BARRERAS MONTEALEGRE

Presidente

Senado de la República

Respetado Presidente:

En cumplimiento del encargo hecho por la Mesa Directiva de la Comisión Sexta del Senado de la República con fundamento en los artículos 150, 153 y 156 de la Ley 5ª de 1992 y el artículo 9° de la Ley 3ª de 1992, me permito rendir ponencia para segundo debate en Plenaria del Honorable Senado de la República, al Proyecto de ley número 226 de 2013 Senado, 300 de 2013 Cámara, por medio de la cual se modifica el parágrafo del artículo 4° de la Ley 680 de 2001, que modificó el artículo 33 de la Ley 182 de 1995.

ORIGEN Y TRÁMITE DEL PROYECTO

Se trata de una iniciativa presentada por los señores Ministros de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones doctor Diego Molano Vega y el de Comercio, Industria y Turismo doctor Sergio Díaz Granados Guida, el pasado 2 de abril de 2013, repartido en la honorable Comisión Sexta del Senado de la República y con mensaje de Urgencia del Gobierno Nacional. Fue designado como ponente en la Comisión Sexta del Senado de la República el Honorable Senador Efraín Torrado García.

CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO

Estudiado el texto del proyecto de ley, su marco legal y la exposición de motivos, encontramos que la iniciativa legislativa se ciñe a la Constitución Política, la cual entre otros aspectos regula:

Trámite legislativo

Según el artículo 150 de la Constitución Política es facultad del Congreso hacer las leyes, por lo tanto, es competencia del ente legislativo atender asuntos como el propuesto en el proyecto de ley en desarrollo. Cumple además con el artículo 154, referentes a su origen y formalidades de unidad de materia, de esta manera encontramos que la competencia para este trámite es del Congreso de la República.

Legalidad del proyecto

El proyecto objeto de ponencia cumple con los requisitos preceptuados en la Ley 5ª de 1992, así:

Iniciativa legislativa

El artículo 140.2 de la norma precitada otorga la facultad a ¿El Gobierno Nacional, a través de los Ministros del Despacho¿, de presentar proyectos de ley.

Contenido constitucional

El proyecto se ajusta al artículo 154 de la Constitución Política de Colombia, en concordancia con lo esbozado en los artículos 13, 16, 25, 26, 65 de la Carta.

Análisis del proyecto

El proyecto de ley corrige un vicio de forma encontrado por la Corte Constitucional en el estudio de la Ley 1520 de 2012, que en su artículo 21 honraba este compromiso de Colombia, adquirido en virtud del tratado internacional suscrito con los Estados Unidos de América, y que la Corte mediante Sentencia C-011/13, consideró que las Comisiones Segundas de Senado y Cámara no eran competentes para aprobar en primer debate el texto de la Ley 1520 de 2012, lo cual ocasionó un fallo de inexequibilidad de dicha ley.

El gobierno, en la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 ¿Prosperidad para todos¿, le ha apostado de manera consistente a un proceso de internacionalización sobre la base de reglas claras, estables y predecibles que gobiernen el comercio internacional, resaltando la necesidad de mejorar el acceso a otros destinos de exportación para lo cual es importante la negociación y suscripción de nuevos acuerdos de libre comercio los cuales permitirán diversificar el destino de las exportaciones y contribuir al incremento de la oferta exportable.

En cumplimento de este propósito Colombia suscribió un Acuerdo de Promoción Comercial con Estados Unidos, entre cuyos compromisos se cuentan los descritos por el Anexo I (medidas disconformes para la televisión abierta) el mismo que fue implementado oportunamente por el artículo 21 de la declarada...

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