Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 234 de 2002 senado 100 de 2001 cámara
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 234 DE 2002 SENADO, 100 DE 2001 CÁMARAespectáculos públicos y actividades recreativas.
Honorables Senadores:
De conformidad con la misión que nos encomendó la Mesa Directiva de la Comisión Séptima del honorable Senado de la República, nos permitimos presentar la ponencia para primer debate, en el honorable Senado de la República, del proyecto en mención.
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Introducción
El objeto principal del proyecto es reglamentar todo lo concerniente a la forma y modo en que se desarrollan los espectáculos públicos; ora actividades deportivas; ora actividades recreativas; ora actividades culturales.
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Antecedentes
El entonces honorable Representante a la Cámara Francisco Canossa Guerrero, tuvo a bien colocar a consideración del honorable Congreso de la República a través de la honorable Cámara de Representantes, el día 19 de septiembre de 2001, un proyecto de ley que pretende reglamentar de manera general y a nivel nacional la forma y el modo de desarrollar las actividades públicas de carácter masivo; esto es, los espectáculos públicos, las actividades deportivas y las actividades recreativas en general. Este proyecto fue legalmente publicado y rendidas en debida forma sus respectivas ponencias.
Durante el transcurso del debate normativo en torno al proyecto de ley sub examine, se sostuvo que la actualización de las normas que reglamentan las actividades públicas masivas por parte del Congreso era una necesidad inaplazable y apremiante, como quiera que desde 1960, no se dictaban normas en respecto al tema, lo que hace suponer, entonces, que las normas reglamentarias se encontraban desactualizadas y no reconocían una realidad nacional.
Pues bien, nos dimos a la tarea de examinar la Constitución Nacional de Colombia, y los artículos constitucionales que podrían tocar el tema de las libertades públicas y su forma de expresión, sea cual fuere, encontramos que la Carta Política1 establece de manera inequívoca las funciones de las autoridades en Colombia2, de manera general podemos decir que ellas están instituidas en Colombia para proteger a todos y cada uno de los habitantes en Colombia en su vida, honra, bienes y demás derechos y libertades, que además es deber del Estado colombiano reconocer sin distingo alguno la primacía de los derechos inalienables de la persona3, tal como los derechos de expresión4 y de reunión como derechos fundamentales y es desde ese punto de vista que debemos rendir...
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