Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 302 de 2006 senado 031 de 2005 cámara - 2 de Marzo de 2007 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451321826

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 302 de 2006 senado 031 de 2005 cámara

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 302 DE 2006 SENADO, 031 DE 2005 CÁMARApor medio de la cual se establecen unos beneficios a las personas adultas mayores.

Bogotá, D. C., febrero 27 de 2007

Doctor

JESUS MARIA ESPAÑA VERGARA

Secretario

Comisión Séptima Constitucional Permanente

Honorable Senado de la República

Ciudad

Referencia: Informe de ponencia para primer debate en el Senado de la República al Proyecto de ley número 031 de 2005 Cámara, 302 de 2006 Senado, por medio de la cual se establecen unos beneficios a las personas adultas mayores.

Señor Secretario:

Para los fines de su competencia, conforme al artículo 156 de la Ley 5ª de 1992, me permito remitir a usted el informe de ponencia para primer debate en Senado de la República, correspondiente al proyecto de ley arriba referenciado. Dicho informe lo entregamos en original y dos copias impresas y una copia en medio magnético.

Del señor Secretario de la Comisión Séptima Constitucional Permanente, del honorable Senado de la República.

Atentamente,

Reginaldo Enrique Montes Alvarez,

Senador de la República.

* * *

Bogotá, D. C., febrero 27 de 2007

Doctor

MIGUEL PINEDO VIDAL

Presidente Comisión Séptima Constitucional Permanente

Senado de la República

Ciudad

Referencia: Ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 031 de 2005 Cámara, 302 de 2006 Senado, por medio de la cual se establecen unos beneficios a las personas adultas mayores.

Conforme a la honrosa designación que se me hizo como ponente del Proyecto de ley número 031 de 2005 Cámara, 302 de 2006 Senado, por medio de la cual se establecen unos beneficios a las personas adultas mayores, presento a consideración de la Comisión Séptima del honorable Senado de la República, la ponencia para primer debate.

  1. Contenido de la iniciativa

El proyecto de ley consta de tres (3) capítulos. El objetivo del proyecto se orienta a conceder beneficios a las personas adultas mayores de 65 años a fin de fomentar sus derechos a la educación, a la recreación, a la salud y a propiciar un mejoramiento en sus condiciones generales de vida. Algunos beneficios de carácter económico solo serán otorgados a personas mayores de 65 años y que se encuentren clasificadas en los niveles I y II del Sistema de Identificación de Beneficiarios (Sisbén) con el objetivo de hacer que dicha propuesta sea equitativa y de esta manera contribuya, de manera modesta, a la disminución de la pobreza y a la disminución de su impacto en la población adulta mayor[1][4].

En el Capítulo I se consagran los beneficios económicos que se confieren a los destinatarios del proyecto, para que puedan acceder a espectáculos públicos, a centros de educación superior y se plantea la eliminación de los copagos y de las cuotas moderadoras para acceder a los servicios del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

El Capítulo II dispone un sistema de tarifas diferenciales, mediante los cuales se establecen descuentos en las tarifas de transporte público, actividades turísticas y de entrada a sitios turísticos.

En el Capítulo III se establecen otros tipos de beneficios, tendientes a mejorar la calidad de vida de las personas adultas mayores, como la ventanilla de atención preferencial, la entrada gratuita a los museos y centros culturales, asientos especiales en los vehículos de transporte público, atención prioritaria en consultorios jurídicos y asignación ágil de citas para atención médica por parte de las Entidades Promotoras de Salud y entrega oportuna de los medicamentos.

II. Consideraciones acerca del contenido del proyecto de ley y de los cambios introducidos para primer debate en el Senado de la República

Mediante este proyecto de ley, se busca otorgar beneficios especiales a las personas adultas mayores, en procura de hacer efectiva la atención especial que se merecen y hacerles un reconocimiento social a estas personas que han aportado con su trabajo y esfuerzo para el desarrollo de nuestro país.

Se trata de un importante sector de la población colombiana, debido a la transición demográfica de los últimos años, reflejo del proceso de envejecimiento de la población a causa del incremento en la expectativa de vida y a la disminución de los índices de natalidad y mortalidad.

La tendencia al aumento de la población de edad avanzada trae consigo importantes consecuencias económicas, sociales, políticas y culturales porque en las etapas de la vejez se acrecientan los riesgos de perder capacidades físicas y mentales, de deterioro de la salud de consecuencias permanentes, y de retiro del trabajo y de la actividad. En esta etapa se depende más de la familia y la comunidad, ya que el cuidado de estas personas se asume como una obligación inevitable.

Dado el incremento de la población en edad avanzada no solamente en Colombia, sino alrededor del mundo, a nivel internacional desde hace 3 décadas se ha venido tratando el tema y se han celebrado diferentes foros y expedidas diferentes resoluciones sobre políticas de envejecimiento en el mundo.

A continuación se presentan los principales sucesos y resoluciones sobre el envejecimiento en la agenda internacional[2][5]:

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Entre varias de las conclusiones a las que se han llegado en dichos foros internacionales sobre el envejecimiento, se ha concluido entre otras, que las políticas públicas deben promover la incorporación de los adultos mayores al desarrollo de los países y dichas políticas deben promover una revalorización sociopolítica y cultural de las personas adultas mayores. (Otras de las conclusiones sobre el contenido de las políticas públicas a las que se ha llegado a nivel internacional, van más allá de la esfera que pretende cubrir este proyecto de ley y son referentes al diseño de políticas de empleo y acceso al mercado laboral de dicha población, al diseño de políticas que contribuyan a la plena incorporación de las personas mayores a sistemas universales de jubilaciones y a pensiones dignas y al apoyo que las entidades gubernamentales deben brindar a las diferentes organizaciones encargadas de proteger o asistir a personas de tercera edad en los diferentes países, entre otras3).

En el plano nacional, la situación institucional y económica es muy desfavorable para la población adulta de ingresos medios y bajos, entre otras cosas dadas la baja cobertura del sistema pensional en el país, y a la carencia de políticas específicas para dicho segmento de la población.

La salud, la educación, la vivienda, los servicios básicos y de infraestructura, el transporte, entre otros, son ahora competencia casi exclusiva de los agentes del mercado y, por ser su gestión privada, sólo permite su acceso a quienes tienen capacidad para su usufructo. Este proyecto de ley, pretende convertirse en un aporte del Congreso de la República a la población adulta del país, brindando varios beneficios a dicha población, teniendo en cuenta la focalización de los beneficios y principios económicos básicos como el de equidad.

A continuación se encuentra la distribución regional de la población adulta mayor de 65 años en el país, de acuerdo al Censo de Población realizado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, durante los años 2005 y 2006.

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El 45% de la población mayor de 65 años se encuentra ubicada en 4 entes territoriales: Bogotá, D. C. (14%); Antioquia (14%); Valle (11%) y Cundinamarca (6%).

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La totalidad de la población adulta a la que se dirige la presente iniciativa es para 2.617.271 personas, mas sin embargo, los beneficios de carácter económico solo se dirigen a la población adulta mayor de 65 años perteneciente a los niveles I y II del Sistema de Identificación de Beneficiarios, Sisbén, y de esta manera hacer que...

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