Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley estatutaria 012 de 2012 cámara - 31 de Agosto de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451036222

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley estatutaria 012 de 2012 cámara

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA 012 DE 2012 CÁMARA. por la cual se dictan disposiciones sobre disolución, liquidación y escisión de partidos y movimientos políticos.

Bogotá, D. C., 10 de agosto de 2012

Honorable Representante

Gustavo Hernán Puentes

Presidente Comisión Primera Constitucional

Cámara de Representantes

La ciudad

Señor Presidente y honorables Representantes:

De conformidad con la designación que hiciera la mesa directiva de la comisión Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes como ponentes de la iniciativa de la referencia, nos permitimos presentar ponencia para primer debate del Proyecto de Ley Estatutaria número 12 de 2012, por la cual se dictan disposiciones sobre disolución, liquidación y escisión de partidos y movimientos políticos.

I. TRÁMITE

El Proyecto de Ley Estatutaria número 12 de 2012, por la cual se dictan disposiciones sobre disolución, liquidación y escisión de partidos y movimientos políticos, fue presentado por los honorables Congresistas Juan Carlos Salazar Uribe, Heriberto Arrechea Banguera, Germán Varón Cotrino, Mercedes Márquez Guenzati, Wilson Gómez Velásquez, Jairo Ortega Samboni; Eduardo Pérez Santos, Heriberto Sanabria Astudillo, Carlos Arturo Correa, Orlando Velandia y otros Representantes ante la Secretaría General de la Cámara de Representantes, el día 20 de julio de 2012 repartido para su trámite correspondiente a la Comisión Primera y en cumplimiento del trámite legislativo y del principio de publicidad el proyecto fue publicado en la Gaceta 461 del 26 de julio 2012.

II. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Estado Constitucional se basa en la vigencia del principio de soberanía popular, según el cual la justificación del poder político reposa en la voluntad del pueblo, la cual puede ser ejercida por sí mismo o a través de sus representantes y este se ejerce de forma directa o a través de los partidos políticos.

Los partidos, al igual que los movimientos políticos y los grupos significativos de ciudadanos, son modalidades constitucionalmente reconocidas de representación democrática.

Bajo el actual modelo constitucional, el papel de los partidos y movimientos políticos encuentra carácter complejo, puesto que de un lado, tienen una función instrumental, esto es, expresan los intereses y exigencias de inserción en la agenda pública de determinados grupos sociales, faceta que los inserta decididamente en el ámbito de la representación política. Por ende, los partidos ¿han encontrado su razón de ser fundamental y su papel irremplazable en el desempeño del gobierno representativo y que responde. (¿) Los partidos se convirtieron en medios de expresión a lo largo del proceso de democratización de la política. Al mismo tiempo, el gobierno responsable pasó a ser un gobierno ¿que responde¿ precisamente porque los partidos brindaron los conductos para articular, comunicar y ejecutar las exigencias de los gobernados¿. De otro lado, los partidos y movimientos políticos cumplen el papel de canalizar la voluntad pública, de forma que inciden inclusive en el contenido concreto de la pluralidad de intenciones, usualmente contradictorias y yuxtapuestas, de los ciudadanos.

Función reconocida por la Corte Constitucional, como sigue:

¿La identificación de los distintos planos en que se expresa la actividad de los partidos y movimientos políticos ha sido una constante en la jurisprudencia constitucional. Así, en la Sentencia C-089/94, que adelantó el estudio de constitucionalidad de ley estatutaria sobre dicha materia, se expuso cómo ¿[e]n la realidad política los partidos surgen como organizaciones cuya mediación entre los ciudadanos y el poder político contribuye a consolidar y actualizar la democracia. Gracias a la legislación electoral y a la acción de los partidos, se logra periódicamente encauzar y dar cuerpo a la voluntad del pueblo. Las funciones de los partidos, dejando de lado desviaciones y patologías que desvirtúan su objeto, suelen describirse, así:

1. Movilizar a los ciudadanos con miras a su integración en el proceso político y a la reducción de la abstención electoral de modo que el sistema en su conjunto pueda aspirar a conservar su legitimidad y respetar el primado del principio mayoritario.

2. Convertir las orientaciones, actitudes y demandas de la población, expresas o latentes, en programas permanentes o coyunturales de acción política que se presentan como alternativas para ser incorporadas formalmente por las instancias públicas o que se destinan a alimentar la oposición frente al poder establecido.

3. Contribuir a la formación de una cultura política y al ejercicio responsable del sufragio, mediante la información al público relativa a los asuntos que revisten mayor trascendencia social.

4. Ofrecer a los electores las listas de personas entre las que pueden elegir a las personas llamadas a integrar y renovar los órganos estatales.

5. Garantizar a los electores que en proporción a sus resultados electorales y dependiendo de estos, su capacidad organizativa podrá realizar los programas y propuestas presentadas¿.

Finalidad de las agrupaciones políticas

Las anteriores funciones exigen, la fortaleza representativa de las organizaciones políticas, entendida como la capacidad de traducir las demandas sociales y, de manera más amplia, las preferencias de los electores, en planes de acción política que tengan la virtualidad de convertirse en componentes de la agenda pública, una vez la agrupación acceda a los cargos y corporaciones representativas.

Las agrupaciones políticas deben tener como criterios orientadores los siguientes:

i) La permanente identidad entre los intereses y preferencias del electorado y los programas y lineamientos ideológicos de la agrupación...

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