Informe de ponencia para primer debate al proyecto de acto legislativo 016 de 2012 cámara - 5 de Octubre de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451040702

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de acto legislativo 016 de 2012 cámara

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO 016 DE 2012 CÁMARA. por medio del cual se adiciona el artículo número 11 de la Constitución Política.

Bogotá, D. C., septiembre 26 de 2012

Doctor

GUSTAVO HERNÁN PUENTES D.

Presidente Comisión Primera

Cámara de Representantes

E. S. D.

Referencia: Proyecto Legislativo número 016 de 2012 Cámara, por medio del cual se adiciona el artículo 11 de la Constitución Política.

Respetado doctor Puentes:

En cumplimiento del encargo hecho por la Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes y acatando el Reglamento del Congreso, por medio del presente rindo informe de ponencia negativa para primer debate del Acto Legislativo número 16, por medio del cual se adiciona el artículo número 11 de la Constitución Política, así:

Trámite del proyecto

Autores: Representantes Alba Luz Pinilla, Wilson Arias, Iván Cepeda Castro, Hernando Hernández Tapasco, Ángela María Robledo, Germán Navas Talero; Senadores Jorge Robledo, Gloria Inés Ramírez Ríos, Parmenio Cuéllar, Alexánder López.

Proyecto publicado: Gaceta del Congreso número 461 de 2012.

Asignación de ponencia

Mediante comunicación notificado el día 8 de agosto de 2012, conforme a lo expuesto en la Ley 5ª de 1992 en su artículo 150, fuimos designados ponentes para primer debate del Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2012, Cámara, por medio del cual se adiciona el artículo 11 de la Constitución Política.

Comentarios del ponente

En mi condición de colombiano respetuoso y amante de la vida, conservador y cuidadoso del derecho a discernir y controvertí por mis colegas ideológicamente alejados, no al conservatismo, sino a la vida misma, bajo ninguna circunstancia podría compartir siquiera algún acercamiento a violar el derecho más sagrado que tenemos los seres humanos, que es la vida.

No comparto bajo ninguna circunstancia la posición restrictiva que los ponentes exponen en este proyecto, para millones de colombianos como para mí, el respeto de la vida, del no nacido, como el de la madre es fundamental y se aprecia dentro de la totalidad de los distintos panoramas en que los que se exponen tales condiciones (salud, dignidad humana, vida).

Los seres humanos estamos compuestos por células, tejidos, órganos en funcionamiento, extremidades en movimiento, incluso desde antes de salir del vientre de nuestras progenitoras y durante el resto de la vida seguimos teniendo los mismos compuestos. También apreciables colegas, todos tenemos derecho al amor de una familia, a un proyecto de vida, vida con metas, ambiciones, sueños y expectativas y demás. Para mí es imposible apreciar el panorama de la vida desde los puntos que he señalado en líneas anteriores.

No se trata de poseer una moralidad rígida como se quiere apreciar dentro de las partes señaladas del mencionado proyecto, lo que debemos tener y enseñar a nuestra juventud es una moralidad respetuosa al derecho a vivir, del respeto a la dignidad humana, valorar todos los principios, biológicos y demás, los mismos que no deben estar restringidos como hoy se quieren apreciar acá por concepciones extremadamente liberales de la vida.

Pregunto con gran respeto a mis colegas, ¿qué es la vida seca?, para nuestros ponentes esta trascurre durante la etapa de gestación y la cual deja sin ningún status al nasciturus. Para otros, entendemos que dentro de toda esa etapa de gestación hay vida, de lo contrario no se explicaría como esos tejidos, células se van convirtiendo en órganos, extremidades y le dan forma al ser humano en poco tiempo.

Esta vida que se gesta dentro el vientre de una madre también recibe alimento, se mueve, siente, padece de dolores, de alegrías y sufrimientos; querer evolucionar más allá de lo que la Sentencia C-355 de 2006, la cual cumple con lo socialmente permitido en los tres casos de IVE, sería tener un avance hacia el derecho a la muerte, al irrespeto a la dignidad humana, a la vida misma.

El libre desarrollo de la personalidad no infiere, ni debe hacerlo en el abuso libertario que se debe tener sobre un ¿tercero¿, que es otro ser humano que requiere no del asesinato, de la tortura de una tercera persona, que para bien o para mal lo lleva en su ser. La mujer y cualquier persona tiene el derecho a escoger su proyecto de vida, a querer ser o no madre, pero no le da ningún derecho a que esa libertad se convierta en su deseo de acabar con una vida indefensa. Observamos que la misma sentencia ya citada hace una apreciación sobre la dignidad humana, y expone: ¿De otra parte, la expresión dignidad, referida al ser humano, ha de entenderse como manifestación de que el individuo de la especie humana constituye un fin en sí mismo y posee un valor intrínseco. En virtud de ello, ha de considerarse contrario al orden jurídico y social todo aquello que contribuya a la instrumentalización de la humanidad, esto es, a la reducción de cualquier individuo humano a la categoría de medio, esto es, de ser disponible y utilizable para la consecución de los fines de otros. Ha de tenerse en cuenta que la dignidad humana no solamente comporta la exigencia de un trato determinado, de respeto a ciertos derechos llamados fundamentales, sino que también supone que los actos lesivos de dichos derechos sean efectivamente reparados¿.

Empero el derecho a la vida consagrado en nuestra carta desde su mismo preámbulo y reforzado en sus artículos 2°, 11, 12, 44, tratados internacionales etc., existe como trascendental y su mínimo desconocimiento implica la nulidad de todos los demás derechos de toda índole.

Nuestras convicciones, protectoras al derecho a la vida y no a planteamientos indignantes a la misma y que quieren desdibujarse dentro de conceptos y/o ataques conceptualizando equivocadamente hacia los derechos de libre desarrollo de la personalidad, que lo único que conllevan es a buscar el crimen de seres indefensos, esa es la realidad y no la pintura que nos muestran en estas iniciativas legislativas al querer incorporar como derecho fundamental la IVE.

Los distintos tratados, leyes, de los que hace Colombia parte (Declaración Universal de Derechos Humanos, Pactos de Derechos Civiles y Políticos, Convención de los Derechos de los Niños, la Convención Americana de Derechos Humanos), protegen el inviolable derecho a la vida, el mismo que contradictoriamente distintos partidos políticos de izquierda protege en otras latitudes. Qué diferencia hay entre asesinar a un ser con todos sus órganos, con sus todas células y sus tejidos, los mismos que comportan a otra persona que vive, respira, siente igual que el ser que está en gestación. Cuántas veces no hemos divisado la horrorosidad que comporta el crimen de un nasciturus, ver como esa criatura se defiende al momento que la están desmembrando, su derecho a protegerse, a que alguien defienda sus derechos como ser vivo, es simplemente aberrante.

Pero alejados de todo contexto político y encaminado a la obligación natural de defender el derecho a la vida, lucharemos porque esta se respete, se proteja desde el mismo momento de la gestación y combatiremos estos proyectos ¿aspiradoras¿ que atacan el derecho a la vida.

Teniendo en cuenta las consideraciones plasmadas en líneas anteriores, está claro que lo que requiere el país son proyectos educativos, de respeto al ser integral de la mujer, de educación en todos sus ámbitos, familiar, social, laboral y demás, para que la mujer conciba con responsabilidad los aspectos que entrañan el traer una nueva vida a este mundo.

Bajo las circunstancias de cualquier índole y el espacio en el que se deben hacer las excepciones constitucionales de la IVE derivadas de la Sentencia C-355-2006, las cuales deben reglarse por esta Cámara Legislativa, acentuando como colofón el respeto a la dignidad humana, a la salud y a la vida, así mismo estando dentro de unos términos razonables en los casos de violación, y no haciendo una apología a la muerte queriéndola hacer parecer reguladora de derechos a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR