Informe de ponencia para primer debate al proyecto de acto legislativo 005 de 2005 cámara - 18 de Agosto de 2005 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451291878

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de acto legislativo 005 de 2005 cámara

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO 005 DE 2005 CÁMARA. por el cual se modifica el artículo 171 de la Constitución Política.

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE EN PRIMERA VUELTA DEL PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO 005 DE 2005 CÁMARA

por el cual se modifica el artículo 171 de la Constitución Política.

Bogotá, D. C., 9 de agosto de 2005

Doctora

GINA MARIA PARODY D¿ECHEONA

Presidenta Comisión Primera Cámara de Representantes

Ciudad

Referencia: Informe de ponencia para primer debate en primera vuelta del Proyecto de Acto Legislativo 005 de 2005 Cámara.

Señora Presidenta:

De acuerdo con el encargo impartido por usted, procedemos a rendir informe de ponencia para primer debate en primera vuelta correspon-diente al Proyecto de Acto Legislativo 005 de 2005, por el cual se modifica el artículo 171 de la Constitución Política, cuya autoría se encuentra acreditada por el número mínimo de parlamentarios para presentar una propuesta de reforma constitucional.

Mediante esta reforma a la Carta Política, se pretende garantizar que todos los habitantes del territorio obtengan representación en el Senado de la República, así como hoy está garantizada en la Cámara de Representantes. Esta necesidad deviene del diseño constitucional de la estructura del Congreso de la República, en atención a que por la configuración del Senado de la República mediante circunscripción nacional, su aplicación ha implicado la ausencia en la denominada Cámara Alta de parlamentarios provenientes de las entidades territoriales erigidas como departamentos en el artículo 309 constitucional.

Así como la Carta Política previó que en razón de la nueva configuración del Congreso, algunos sectores sociales o demográficos podrían quedarse sin representación, y por ello estableció la circunscripción especial indígena en el Senado y las circunscripciones especiales para minorías en la Cámara, no previó que por el carácter nacional de la circunscripción senatorial y por la composición demográfica de los nuevos departamentos, sus habitantes, considerados incluso como un todo, no alcanzarían a ver representados sus intereses en el Senado de la República.

Por ello y sin afectar la integración actual de esa Corporación, la presente...

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