Informe de ponencia primer debate proyecto acto legislativo 259 de 2008 cámara - 7 de Abril de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451336874

Informe de ponencia primer debate proyecto acto legislativo 259 de 2008 cámara

INFORME DE PONENCIA PRIMER DEBATE PROYECTO ACTO LEGISLATIVO 259 DE 2008 CÁMARA. por medio del cual se adiciona el artículo 125 de la Constitución Política

Bogotá, D. C., 2 de abril de 2008

Señor

JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO

Presidente Comisión Primera

Cámara de Representantes

Ciudad

Referencia: Informe de ponencia primer debate al Proyecto de Acto Legislativo número 259 de 2008 Cámara.

Señor Presidente:

De acuerdo con el encargo impartido por usted, procedemos a rendir informe de ponencia para primer debate en primera vuelta correspondiente al proyecto de acto legislativo de la referencia, por medio del cual se adiciona el artículo 125 de la Constitución Política, de iniciativa parlamentaria, que cumple con el número mínimo de autores para darle trámite.

Por medio de este proyecto se pretende que en los tres (3) años siguientes a su vigencia, la Comisión Nacional del Servicio Civil y las entidades que administren carreras especiales, implementen los mecanismos necesarios para inscribir extraordinariamente y sin necesidad de concurso a los servidores públicos que se encuentran en provisionalidad y que durante tres años o más se hayan desempeñado en un cargo de carrera con buen desempeño del servicio y que cumplan las calidades y requisitos para su ejercicio. Así mismo, indica que mientras se surte este procedimiento se suspendan los trámites de los concursos vigentes y no se pueda iniciar ninguno.

La sustentación de esta iniciativa está dada por el propósito de conferir estabilidad laboral en el Estado a quienes habiéndose desempeñado a su servicio por el lapso referido en el proyecto, carecen de continuidad para acceder al régimen de carrera porque su vinculación es en provisionalidad y no ha sido en planta. Esta es una situación inequitativa respecto de quienes tienen consolidados derechos de carrera, quienes, en muchos casos, tampoco ingresaron por concurso público, sino que fueron beneficiarios de incorporaciones automáticas que ni siquiera entraban a considerar si los favorecidos cumplían con los requisitos para el desempeño de los cargos.

Por lo anterior y para evitar esta situación, el proyecto propone que la incorporación extraordinaria que se realiza tenga en cuenta una permanencia mínima de tres años en cargos de carrera y la acreditación de buen desempeño y...

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