Informe de ponencia para primer debate al proyecto de acto legislativo 047 de 2007 cámara 014 de 2007 senado - 8 de Abril de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451336946

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de acto legislativo 047 de 2007 cámara 014 de 2007 senado

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO 047 DE 2007 CÁMARA, 014 DE 2007 SENADOSEGUNDA VUELTA EN LA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES, por el cual se reforman algunos artículos de la Constitución Política

Doctor

EMILIANO RIVERA BRAVO

Secretario Comisión Primera Constitucional Cámara de Representantes

Honorable Cámara de Representantes

Ciudad

Referencia: Informe de ponencia para primer debate segunda vuelta en la honorable Cámara de Representantes del Proyecto de Acto Legislativo número 047 de 2007 Cámara, 014 de 2007 Senado, por el cual se reforman algunos artículos de la Constitución Política.

Respetado señor Presidente:

En atención a la designación hecha por usted, el suscrito ponente se permite presentar para la consideración y primer debate¿segunda vuelta en la Comisión Primera Constitucional Permanente de la honorable Cámara de Representantes¿, el correspondienteinforme de ponencia al proyecto de acto legislativo de la referencia.

Cordialmente,

David Luna Sánchez,

Representante a la Cámara por Bogotá.

I. OBJETIVOS DEL PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL

El proyecto busca crear sanciones efectivas para los partidos y movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos cuyos miembros resulten condenados por delitos relacionados con grupos ilegales o actividades de narcotráfico, con el fin de generar en ellos mayor responsabilidad y transparencia en la escogencia de sus candidatos. Así mismo, se desea lograr el fortalecimiento de los partidos políticos como instituciones fundamentales de la democracia, y tomar medidas que impidan la infiltración de grupos ilegales en los procesos electorales.

En consecuencia, se hace necesario modificar algunas disposiciones del marco constitucional, para proteger el desarrollo del sistema político colombiano.

II. INICIATIVA LEGISLATIVA VIABILIDAD CONSTITUCIONAL DEL PROYECTO

El proyecto es de origen gubernamental (fue presentado por el Ministerio del Interior y de Justicia). El contenido del mismo no genera vicios en cuanto a la facultad de iniciativa legislativa, toda vez que al revisar el contenido jurídico esencial del mismo no se advierte que el Ejecutivo adolezca de las facultades para reglamentar las materias que aquí se proponen. Está en concordancia con lo establecido en el artículo 154 de la Constitución Política, razón por la cual cumple con el requisito de la viabilidad constitucional.

III. AUDIENCIAS PUBLICAS

El proyecto de acto legislativo que nos ocupa fue presentado en varias de las principales ciudades del país. El resultado de estas audiencias fue satisfactorio ya que permitió a los ponentes conocer las opiniones de expertos y de la ciudadanía en general sobre el particular, enriqueciendo el debate.

Es importante entonces hacer un breve recuento de los aportes realizados durante las audiencias, ya que algunas de estas opiniones han sido retomadas en la presente ponencia. Se presenta a continuación un resumen de los principales aportes realizados por los participantes, según las ponencias radicadas en el Ministerio del Interior y de Justicia:

  1. Audiencia pública realizada en Barranquilla

    ¿ Muchos de los participantes coincidieron en opinar que el aumento del umbral es inconveniente. Lo anterior dado que elimina a los partidos más pequeños que tienen propuestas novedosas y quedan solo los partidos tradicionales. Adicionalmente, en ciudades diferentes a Bogotá, implicaría la posible desaparición de partidos que han hecho aportes invaluables como fuerzas de oposición, tales como el Partido Liberal y el Polo Democrático Alternativo.

    ¿ Se debe incluir en la reforma una sanción económica para el partido que haya avalado a un candidato que resulta involucrado con grupos al margen de la ley.

    ¿ No es conveniente la financiación 100% estatal de las campañas políticas porque es oneroso y además no asegura que no entrarán dineros privados ilegales.

    ¿ Algunas de las disposiciones que contempla la reforma son demasiado específicas y deberían ser objeto de reglamentación legal y no de una modificación a la Constitución Política.

  2. Audiencia pública realizada en Villavicencio

    ¿ El proyecto responde a una situación de crisis que es coyuntural en el país. La Constitución no debería utilizarse para reaccionar ante este tipo de situaciones pues sus normas deberían estar hechas para perdurar en el tiempo. El Legislativo ha olvidado esto y por eso ha tramitado gran número de reformas a la Carta, sometiéndola a la misma precariedad en el tiempo de las normas reglamentarias. Las disposiciones del proyecto deberían ser objeto de una ley estatutaria de las materias electorales.

    ¿ El aumento del umbral es una medida que va en contra de la democracia participativa, porque atenta no solamente contra los grupos políticos minoritarios, sino contra cualquier expresión política de la ciudadanía. No es lógico buscar proteger a los partidos tradicionales, cuando gracias a ellos mismos, la política ha perdido la confianza de los colombianos.

    ¿ Sería conveniente suprimir el mecanismo de las listas con voto preferente ya que el orden de los candidatos dentro de cada lista debería ser potestad única del partido.

  3. Audiencia pública realizada en Bucaramanga

    ¿ No se requiere una reforma de la Constitución para modificar las costumbres políticas del país, como se pretende con la reforma. Las modificaciones deberían ser de orden legal y de orden cultural. Es necesario que se expida la ley estatutaria sobre materias electorales y que se reforme el Código Electoral.

    ¿ Son positivas las sanciones que se establecen para los partidos que avalen candidatos que resulten condenados por nexos con grupos ilegales. El problema es la duración que puede tener este tipo de procesos en nuestro país.

    ¿ No es conveniente el aumento del umbral porque esto terminará con las opciones políticas minoritarias que han demostrado su importancia en la democracia.

    ¿ Habría que pensar en prohibir las listas cerradas porque ningún partido las utiliza o que en aras de la disciplina partidista lo que se acabe sea el voto preferente que favorece la democracia personalista. El orden se podría establecer popularmente mediante elecciones internas, más aún cuando la nueva reforma pretende fortalecer ¿las primarias¿ como único mecanismo de elección de precandidatos en ciudades grandes.

  4. Audiencia pública realizada en Bogotá

    ¿ Sería conveniente que la reforma contemplara medidas para asegurar la participación política de las mujeres.

    ¿ El aumentar el umbral llevaría a una inconsistencia en la Constitución pues no se ha modificado el artículo 263 constitucional que plantea un umbral del 2% para acceder al Senado.

    ¿ No es conveniente aumentar el umbral pues esto limitaría la participación política de los partidos minoritarios. Son los grandes partidos tradicionales los que están involucrados mayoritariamente en el problema de la ¿parapolítica¿, así que este problema no se va a resolver eliminando a los pequeños partidos.

    ¿ Lo más importante de la reforma es el régimen de sanciones a los partidos cuyos candidatos estén involucrados con grupos ilegales. Se debe reforzar esta parte: colocar un porcentaje inferior al 50% de miembros involucrados para que el partido pierda la personería jurídica, establecer que se debe devolver el dinero de la reposición de votos.

    ¿ Se requiere realmente una ley estatutaria de materias electorales y de los partidos políticos.

    ¿ Hay que revivir la discusión sobre la pertinencia del voto preferente.

    ¿ Debe quedar claro que quienes pueden recibir las curules de quienes las pierdan son los miembros de los partidos políticos que no tengan miembros condenados por nexos con los grupos ilegales.

    ¿ El problema de los dineros que se aportan a las campañas políticas no se resuelve con la financiación 100% estatal sino con verdaderos controles.

    IV. CONSIDERACIONES POLÍTICAS

    La finalidad principal de la reforma política que se discute actualmente en el Congreso de la República es la de establecer unas sanciones para los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos cuyos miembros sean condenados por nexos con grupos ilegales o con narcotráfico. Las modificaciones que se proponen al artículo 108 constitucional en el artículo 2° de la reforma son imprescindibles para generar responsabilidad y transparencia en los partidos políticos y garantizar que los grupos al margen de la ley no puedan infiltrarse en estas organizaciones bandera de la democracia.

    Las demás modificaciones que propone la reforma no están dirigidas específicamente a este fin. Adicionalmente, se presentan tal cantidad de imprecisiones y confusiones en el articulado, que de aprobarse la presente reforma política esta puede ser inocua e, incluso, puede terminar contribuyendo a generar confusión e inconsistencias en el texto constitucional. La explicación que se presenta a continuación para cada artículo es extensa en identificar y clarificar este planteamiento.

    El legislativo tiene una responsabilidad con el país en la toma de sus decisiones. Este es la que nos obliga a considerar que los artículos de la reforma que se encuentra en discusión, a excepción de los incisos finales del artículo 2° (dirigidos a las sanciones), no están conformes con los fines de la misma y se han ido modificando a través de los debates sin guardar una coherencia con el texto de la Constitución actual. Es así como, por ejemplo, en el inciso 1° del artículo propone aumentar el umbral para que una organización pueda obtener personería jurídica. Sin embargo, no se discutió en primer debate una modificación consecuente del artículo 263 constitucional que...

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