Informe de ponencia negativa para primer debate del Proyecto de ley número 232 de 2020 Senado, 347 de 2020 Cámara, por medio de la cual la Nación exalta y rinde homenaje a la memoria del Presidente de la República Marco Fidel Suárez al cumplirse el primer centenario de su Gobierno - 30 de Noviembre de 2020 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 900359383

Informe de ponencia negativa para primer debate del Proyecto de ley número 232 de 2020 Senado, 347 de 2020 Cámara, por medio de la cual la Nación exalta y rinde homenaje a la memoria del Presidente de la República Marco Fidel Suárez al cumplirse el primer centenario de su Gobierno

Fecha de publicación30 Noviembre 2020
Número de Gaceta1399
Tipo de documentoColombian History Events
Gaceta del Congreso 1399 Lunes, 30 de noviembre de 2020 Página 3
V. DEL CONTENIDO NORMATIVO DE LA INICIATIVA
De lo anterior, es necesario que el Ordenamiento Jurídico de Colombia contemple como medida
accesoria a las sanciones administrativas y condenas penales la causal de pérdida de beneficiario
de los subsidios por parte del Estado.
Así las cosas, la iniciativa prop uesta en su primer a rtículo se refier e al objeto de la m isma, la cual
busca establecer mecanismos para garantizar la correcta focalización de los subsidios sociales,
con el fin de velar por la preservación del orden público y el equilibrio social, garantizar la
convivencia, y salvaguardar los derechos de la sociedad colombiana promoviendo la
manifestación pública y pacífica de todas las personas en el Territorio Nacional.
El artículo segundo adiciona una causal para que una familia no pueda ser o deje de ser
beneficiaria, por el término de dos años, del programa Familias en Acción cuando medie condena
por conductas de daño en bien ajeno y/o violencia contra servidor público, desarrolladas en
ejercicio de la manifestación pública contra el titular o uno de los beneficiarios del programa.
El artículo tercero segundo adiciona una causal para que un hogar no pueda ser o deje de ser
beneficiario, por el término de dos años, del programa Red Unidos cuando medie condena por
conductas de daño en bien ajeno y/o violencia contra servidor público, desarrolladas en ejercicio
de la manifestación pública contra el titular o uno de los beneficiarios del programa.
El artículo cuarto establece el límite de ser beneficiario de subsidios por un término de cinco (5)
años a quienes hayan sido sancionados o condenados por segunda vez o de manera reiterativa,
siempre y cuando haya sentencia judicial.
El artículo quinto, previa ejecución de un subsidio, establece el límite de continuar con la calidad
de beneficiario de subsidios por un término de cinco (5) años a quienes sean sancionados o
condenados por segunda vez o de manera reiterativa, siempre y cuando haya sentencia judicial.
El artículo sexto, busca limitar el acceso y permanencia de los subsidios a quienes cometan más
de un delito de manera concurrente, y se decrete o falle en un solo acto judicial.
El artículo séptimo, determina la naturaleza jurídica de las causales descritas, entendiéndola como
una sanción o pena accesoria a la principal. Además, de manera especial, establece que la
aplicación de este límite será efectiva por la comisión de única ejecución de actos vandálicos
relacionados con la manifestación pública, así como de los delitos de asonadas, homicidio,
secuestro, narcotráfico y actos de terrorismo, en cualquier tiempo.
El artículo octavo busca garantizar la participación de todas las personas en la manifestación
pública y que su ejercicio se desarrolle manera pacífica manteniendo el orden público.
El artículo noveno es el de la vigencia y derogatorias.
VI. CONFLICTO DE INTERESES
De conformidad con la ley 2003 de 2019, que reformó la Ley 5ª de 1992 en lo relativo al régimen
de conflicto de interés de los congresistas, se señala que esta propuesta legislativa se enmarca
dentro de las causales de ausencia de conflicto de interés, específicamente la prevista en el literal
a “a) Cuando el congresista participe, discuta, vote un proyecto de ley o de acto legislativo que
otorgue beneficios o cargos de carácter general, es decir, cuando el interés del congresista coincide
o se fusione con los intereses de los electores”, dado que, el objeto del proyecto versa sobre
causales para perder la calidad de beneficiario de subsidios por parte del Estado y ningún
congresista califica dentro d e esta población.
VII. PROPOSICIÓN
Con fundamento en las anteriores consideraciones, de manera respetuosa solicito a los honorables
Congresistas dar trámite y aprobar en PRIMER DEBATE en la Comisión Primera del Senado de
la República, el Proyecto de Ley No. 304 de 2020 Por medio de la cual se garantiza la correcta
focalización de los subsidios, se promueve la manifestación pública y pacífica y se dictan otras
dispos iciones conforme al texto original del proyecto.
De los Honorables senadores,
MARIA FERNANDA CABAL MOLINA
Senadora de la República
INFORME DE PONENCIA NEGATIVA PARA PRIMER DEBATE DEL PROYECTO
DE LEY NÚMERO 232 DE 2020 SENADO, 347 DE 2020 CÁMARA
por medio de la cual la Nación exalta y rinde homenaje a la memoria del Presidente de la República Marco
Fidel Suárez al cumplirse el primer centenario de su Gobierno.
Bogotá D.C., 30 de noviembre de 2020
Doctor
JUAN DIEGO GÓMEZ JIMÉNEZ
Presidente Comisión Segunda Const itucional Permanente
Senado de la República
Ciudad
Ref.: Informe de ponencia negativa para primer debate del proyecto de ley
232/2020 Senado 347/2020 Cámara Po r medi o de la cual la
Nación exalta y rinde homenaje a l a memoria del Presidente de la
República Marco Fidel Su árez al cumplirse el primer centenario
de su Gobierno”.
Respetado señor Presidente:
De conformidad con la designación hecha por la Mesa Directiva de la Comisión
Segunda Constitucional Permanente del Senado de la República, mediante
comunicación de 15 de octubre de 202 0, me permito presentar informe de ponencia
negativa para primer debate del proyecto de ley 232/2020 Senado 347/2020
Cámara Por medio de la cual la Nación exalta y rinde homen aje a la memoria
del Presidente de la República Marco Fidel Suárez al cumplirse el primer
centenario de su Gobierno”. La ponencia se estructura con los siguientes
elementos:
I. Antecedentes legislativos
II. Objeto del proyecto de ley
III. Contenido del proyecto de ley
IV. Justificación del proyecto de ley
V. Consideraciones
VI. Potenciales conflictos de interés
VII. Proposición
I. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
Este proyecto de ley fue radicado el 30 de marzo de 2020 y es de autoría del
representante a la Cámara John Jairo Bermúdez Garcés. El tipo de ley que
contiene esta iniciativa es ordinaria; siendo repartido a la Comisión Segunda
Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes, en donde fue
designado como ponente el representante a la Cámara César Eugenio Martínez,

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