Informe de ponencia negativa para primer debate al Proyecto de Ley Numero 108 de 2022 Senado, por medio del cual se establece el marco regulatorio para el cannabis de uso adulto, con el fin de promover los derechos humanos, la salud pública y la seguridad de la población colombiana y se dictan otras disposiciones; acumulado con el Proyecto de ley número 246 de 2022 Cámara, por medio del cual se regula el cannabis y uso adulto y se dictan otras disposiciones - 5 de Diciembre de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 916320089

Informe de ponencia negativa para primer debate al Proyecto de Ley Numero 108 de 2022 Senado, por medio del cual se establece el marco regulatorio para el cannabis de uso adulto, con el fin de promover los derechos humanos, la salud pública y la seguridad de la población colombiana y se dictan otras disposiciones; acumulado con el Proyecto de ley número 246 de 2022 Cámara, por medio del cual se regula el cannabis y uso adulto y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación05 Diciembre 2022
Número de Gaceta1579
PONENCIAS
DIRECTORES:
(Artículo 36, Ley 5ª de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXI - Nº 1579 Bogotá, D. C., lunes, 5 de diciembre de 2022 EDICIÓN DE 20 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l C o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
(Artículo 36, Ley 5ª de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
INFORME DE PONENCIA NEGATIVA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY
NUMERO 108 DE 2022 SENADO,
por medio del cual se establece el marco regulatorio para el cannabis de uso adulto, con el n de promover los
derechos humanos, la salud pública y la seguridad de la población colombiana y se dictan otras disposiciones.
ACUMULADO CON EL PROYECTO DE LEY NÚMERO 246 DE 2022 CÁMARA
por medio del cual se regula el cannabis y uso adulto y se dictan otras disposiciones.
Bogotá D.C., 05 de diciembre de 2022
Honorable Senador
FABIO RAÚL AMÍN SALEME
Presidente
Comisión Primera Constitucional Permanente
Senado de la República
Ciudad
Asunto: Informe de ponencia negativa para primer debate al Proyecto
de Ley No. 108 de 2022 Senado “Por medio del cual se establece el marco
regulatorio para el cannabis de uso adulto, con el fin de promover los derechos
humanos, la salud pública y la seguridad de la población colombiana y se
dictan otras disposiciones”, acumulado con el Proyecto de Ley No. 246
de 2022 Cámara “Por medio del cual se regula el cannabis y uso adulto y se
dictan otras disposiciones”.
Reciba un cordial saludo respetado señor Presidente,
En cumplimiento de la designación efectuada por la Mesa Directiva de la Comisión
Primera Constitucional del Senado de la República y de acuerdo con lo establecido
en el Artículo 156 de la Ley 5 de 1992, nos permitimos rendir informe de ponencia
negativa para primer debate al Proyecto de Ley No. 108 de 2022 Senado “Por medio
del cual se establece el marco regulatorio para el cannabis de uso adulto, con el fin
de promover los derechos humanos, la salud pública y la seguridad de la población
colombiana y se dictan otras disposiciones”, acumulado con el Proyecto de Ley No.
246 de 2022 Cámara “Por medio del cual se regula el cannabis y uso adulto y se dictan otras
disposiciones”, en los siguientes términos:
I.TRÁMITE DE LA INICIATIVA
El Proyecto de Ley No. 108 de 2022 Senado bajo estudio fue radicado el 5 de agosto
de 2022 en la Secretaría General del Senado de la República, por los Honorables
Senadores: Gustavo Bolívar Moreno, Aida Marina Quilcue Vivas, Ermes Evelio Pete
Vivas, Polivio Leandro Rosales Cadena, Gloria Ines Florez Schneider, Pedro
Hernando Florez Porras; y los Honorables Representantes: Erick Adrian Velasco
Burbano, Norman David Bañol, Jorge Alejandro Ocampo Giraldo, Juan Pablo
Salazar, Susana Gomez Castaño, Juan Carlos Lozada Vargas. El proyecto original
fue publicado en la Gaceta 901 de 2022.
El día 17 de agosto de 2022, mediante Acta MD-04, la Mesa Directiva de la Comisión
Primera Constitucional Permanente del Senado de la República designó como
ponente única del proyecto bajo estudio a los Senadores Alexander Lopez Maya
(Coordinador), Alejandro Chacon Camargo, Julian Gallo Cubillos, Berner Zambrano
Erazo, German Blanco Alvarez, Rodolfo Hernandez Suarez, Carlos Motoa Solarte,
Paloma Valencia Laserna y Ariel Ávila Martínez.
Adicionalmente, mediante Resolución No. 096 del 8 de noviembre de 2022 los
Presidentes del Senado de la República y la Cámara de Representantes decidieron
acumular Proyecto de Ley No. 108 de 2022 Senado “Por medio del cual se establece
el marco regulatorio para el cannabis de uso adulto, con el fin de promover los
derechos humanos, la salud pública y la seguridad de la población colombiana y se

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