Informe de ponencia negativa para segundo debate al Proyecto de ley número 027 de 2021 Cámara y 46 de 2021 Senado, por medio del cual se expide la Ley de Inversión Social y se dictan otras disposiciones - 6 de Septiembre de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879264061

Informe de ponencia negativa para segundo debate al Proyecto de ley número 027 de 2021 Cámara y 46 de 2021 Senado, por medio del cual se expide la Ley de Inversión Social y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación06 Septiembre 2021
Fecha06 Septiembre 2021
Número de Gaceta1165
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXX - Nº 1165 Bogotá, D. C., lunes, 6 de septiembre de 2021 EDICIÓN DE 25 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l C o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
INFORME DE PONENCIA NEGATIVA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO
DE LEY NÚMERO 027 DE 2021 CÁMARA Y 46 DE 2021 S ENADO
por medio del cual se expide la Ley de Inversión Social y se dictan otras disposiciones.
Bogotá D.C 06 de septiembre de 2021
Doctor
JUAN DIEGO GÓMEZ JIMÉNEZ
Presidente del Senado de la Repúb lica
Doctor
GREGORIO ELJACH PACHECO
Secretario General del Senado d e la República
ASUNTO: Informe de ponencia negativa para segundo debate al Proyecto de
Ley No. 027-21Cámara, 046-21 Senado “Por medio de la cual se expide la Ley
de Inversión Social y se dictan otras disposiciones”
Cordial saludo,
Atendiendo la designación h echa por las Mesas Directivas de las Comisiones Económicas d e
Senado y Cámara de Representantes, presento informe de ponencia negativa para segundo
debate al Proyecto de Ley No. 027-21 Cámara, 046-21 Senado, “Por medio de la cual se
expide la Ley de Inversión Social y se dictan otras disposiciones” y como cons ecuencia de
ello SOLICITO a los miembros de la Honorable Plenaria del Senado ARCHIVAR este
Proyecto de Ley de acuerdo con los argumentos y razones sustentadas en la siguiente
exposición.
Cordialmente,
Wilson Neber Arias Castillo
Senador de la República
Polo Democrático Alternativo - Partido declarado en oposición
INFORME DE PONENCIA
Esta reforma fiscal no contribu ye a la superación de la crisis, es la continu idad de un
modelo de desarrollo empobrecedor, rentista y fracasado
1. OBJETO DE LA PONENCIA
El objeto de la presente ponencia es presentar las razones que justifican su archivo al tiempo
que se exponen las propuestas de una reforma estructural que dé solución de fondo a los
problemas sociales y financieros que aquejan al pa ís. Desde antes de la presentación del
proyecto de ley denominado “de Inversión Social”, en las comisiones económicas del
Congreso de la República, el Ministro de Hacienda ha repetido en diversos espacios qu e esta
iniciativa emana de un consenso, aludiendo a una seri e de reuniones que mantuvo el Gobierno
Nacional con algunos sectores de la sociedad, exceptuando a la ciudadanía qu e se mantenía
en el paro nacional y a los sectores políticos que representan a la oposición, en suma, el
gobierno no contó con la aprobación de la ciudadanía indignada y victimizada por las
políticas estatales y por el pésimo manejo de la pandemia; ciudadanía que se expresó
haciendo uso legítimo de su derecho a la protesta y que como respuesta a sus demandas el
gobierno reprimió.
Por el contrario, como se lee en el informe de la CIDH para Colombia, el gobierno respondió
con el uso desproporcionado de la fuerza policial, violencias basadas en género, violencia
étnico-racial, violencia contr a periodistas, violencia contra defens ores de DDHH y misiones
médicas, con arbitrariedades y abusos en los traslados por protección, con desapariciones;
también con el uso de la asis tencia militar, de las facu ltades disciplinarias s esgadamente
selectivas y de la jurisdicción penal militar en contra de la población civil. En honor a las
juventudes asesinadas, desapar ecidas y violentadas, pero s obre todo por lealtad a ellos y ellas,
me niego a legitimar ese falso co nsenso y en uso de las facultades constitucion ales de mi
fuero legislativo, presento ponencia de archivo a este proyecto de ley por las razones
expuestas en este informe de ponenc ia.
2. ANTECEDENTES
El pasado 5 de abril de 2021 el Minis terio de Hacienda y Crédito Público presentó ante el
Congreso de la República el proyecto de Ley de Solidaridad Sostenible que más que una
reforma tributaria anunciaba una reforma fiscal de 163 artículos que contenían cambios en la
estructura tributaria, soportando más peso sobre la clase media y vulnerable.

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