Informe de Ponencia Positiva para primer debate y texto propuesto del Proyecto de Ley número 219 de 2024 Senado, por medio de la cual se establecen medidas de protección al usuario en los procesos de reconexión de servicios de telefonía voip, móvil y fija, internet y televisión -reconexión gratuita ya - 12 de Marzo de 2024 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 1027999084

Informe de Ponencia Positiva para primer debate y texto propuesto del Proyecto de Ley número 219 de 2024 Senado, por medio de la cual se establecen medidas de protección al usuario en los procesos de reconexión de servicios de telefonía voip, móvil y fija, internet y televisión -reconexión gratuita ya

Fecha de publicación12 Marzo 2024
Número de Gaceta230
Gaceta del Congreso 230 Martes, 12 de marzo de 2024 Página 7
SECCIÓN DE LEYES
SENADO DE LA REPÚBLICA SECRETARIA GENERAL
TRAMITACIÓN
LEYES
Bogotá D.C., 21 de febrero de 2024
Señor Presidente:
Con el fin de repartir el Proyecto de Ley No.223/24 Senado POR MEDIO DE LA CUAL
SE MODIFICA LA LEY 1979 DE 2019 O LEY DEL VETERANO, Y SE DICTAN OTRAS
DISPOSICIONES, me permito remitir a su despacho el expediente de la mencionada
iniciativa, presentada el día de hoy ante la Secretaria General del Senado de la
República por los Honorables Senadores ANTONIO CORREA JIMÉNEZ, JONATHAN
PULIDO HERNÁNDEZ, ANDRÉS FELIPE GUERRA HOYOS, ESTEBAN QUINTERO
CARDONA, JOSUÉ ALIRIO BARRERA, GUIDO ECHEVERRI PIEDRAHITA,
ALEJANDRO CARLOS CHACÓN, JOSÉ LUIS PÉREZ OYUELA, JUAN FELIPE
LEMOS, GERMÁN BLANCO ÁLVAREZ; y los Honorables Representantes GERMAN
ROGELIO ROZO ANIS, LINA MARIA GARRIDO MARTIN, JAIRO HUMBERTO CRISTO
CORREA, HUGO ALFONSO ARCHILA SUAREZ, CARLOS EDWARD OSORIO
AGUIAR. La materia de que trata el mencionado Proyecto de Ley es competencia de la
Comisión SEGUNDA Constitucional Permanente del Senado de la República, de
conformidad con las disposiciones Constitucionales y Legales.
GREGORIO ELJACH PACHECO
Secretario General
PRESIDENCIA DEL H. SENADO DE LA REPÚBLICA FEBRERO 21 DE 2024
De conformidad con el informe de Secretaria General, dese por repartido el precitado
Proyecto de Ley a la Comisión SEGUNDA Constitucional y envíese copia del mismo a
la Imprenta Nacional para que sea publicado en la Gaceta del Congreso.
CÚMPLASE
EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
IVÁN LEONIDAS NAME VÁSQUEZ
SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
GREGORIO ELJACH PACHECO
PONENCIAS
INFORME DE PONENCIA POSITIVA PARA PRIMER DEBATE DEL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 219 DE 2024 SENADO
por medio de la cual se establecen medidas de protección al usuario en los procesos de reconexión de
servicios de telefonía VoIP, móvil y ja, internet y televisión -Reconexión gratuita ya-.
Bogotá D.C., 12 de marzode 2024
Honorable Senador
GUSTAVO ADOLFO MORENO HURTADO
Presidente de la Comisión Sexta Constitucional
Senado de la República
Ciudad
Referencia: Ponencia para primer debate del
proyecto de ley No. 219 de 2024 “Por medio de la
cual se establecen medidas de protección al
usuario en los procesos de reconexión de servicios
de telefonía VoIP, móvil y fija, internet y
televisión”- RECONEXIÓN GRATUITA YA-
Respetado Senador:
En cumplimiento de la designación realizada por la Mesa Directiva de la Comisión
Sexta Constitucional del Senado de la República y de conformidad con las
disposiciones establecidas en la Ley 5a de 1992, me permito rendir informe de
ponencia POSITIVA para PRIMER DEBATE al proyecto de ley No. 219 de 2024“Por
medio de la cual se establecen medidas de protección al usuario en los procesos
de reconexión de servicios de telefonía VoIP, móvil y fija, internet y televisión”-
RECONEXIÓN GRATUITA YA -
Cordialmente,
JULIO ALBERTO ELÍAS VIDAL
Senador de la República
PROYECTO DE LEY No. 219 de 2024
“Por medio de la cual se establecen medidas de protección al usuario en los
procesos de reconexión de servicios de telefonía VoIP, móvil y fija, internet y
televisión”- RECONEXIÓN GRATUITA YA–
I. TRÁMITE DE LA INICIATIVA
El 23 de agosto de 2023, radiqué la iniciativa legislativa en la Secretaría General del
Senado de la República, la cual fue publicada en la gaceta 101/2024.
Posteriormente, el 5 de marzo de 2024, el proyecto fue repartido a la Comisión Sexta
Constitucional Permanente del Senado, donde el mismo día fui designado como
ponente único por la mesa directiva.
II. OBJETO
La presente ley tiene por objeto garantizar la gratuidad en la reconexión de
servicios de telecomunicaciones, incluidos la telefoníaVoIP, móvil y fija, internet y
televisión, para proteger los derechos de los usuarios y asegurar prácticas justas y
transparentes por parte de los proveedores de servicios.
III. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En la actualidad, el acceso a servicios de telecomunicaciones como la telefonía
móvil y fija y VoIP, internet y televisión se ha convertido en un pilar fundamental
para la participación activa en la sociedad, además de un servicio esencial. Estos
servicios no solo facilitan la comunicación y el intercambio de información a escala
global, sino que también son fundamentales para la educación, el empleo, la
inclusión social y el ejercicio de una ciudadanía plena. Sin embargo, pese a su
indiscutible importancia, aún existen barreras que impiden el acceso equitativo a
estos servicios esenciales, particularmente los costos asociados a la reconexión de
los mismos.
A septiembre de 2023, Colombia registra un total de 52.144.934 accesos a internet,
según informa la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC). Este número
no solo refleja la extensa penetración de los servicios de internet en el país, sino que
también subraya la creciente dependencia de la sociedad en las tecnologías
digitales para la comunicación, la educación, el comercio y el acceso a la
información. Este panorama resalta la urgencia de adoptar medidas que

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR