Informe de ponencia positiva para primer debate, pliego de modificaciones y texto propuesto del Proyecto de Ley número 317 de 2023 Cámara, por medio del cual se declara el Sonsureño como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación - 1 de Abril de 2024 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 1032130351

Informe de ponencia positiva para primer debate, pliego de modificaciones y texto propuesto del Proyecto de Ley número 317 de 2023 Cámara, por medio del cual se declara el Sonsureño como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación

Fecha de publicación01 Abril 2024
Número de Gaceta320
Página 14 Lunes, 1° de abril de 2024 G 320
la entidad que haga sus veces, en las convocatorias
públicas deberá incluir dentro de los requisitos
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permanente en el departamento y que hable los tres
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presente ley y en el Decreto número 2762 1991.
Parágrafo 2°. Los funcionarios ya nombrados,
que debido a su cargo deban tener trato directo
con las personas, dispondrán de dos (2) años para
adquirir la competencia comunicativa oral en las
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Parágrafo 3°. Las entidades públicas del
orden nacional o departamental estarán obligadas
a incorporar, en los programas de inducción y
reinducción a servidores públicos, la cátedra de la
Afroraizalidad.
Artículo 7°. El Gobierno nacional tendrá un
plazo de doce (12) meses para la reglamentación y
aplicación de esta ley.
Artículo 8°. La presente ley rige a partir de
la fecha de su promulgación y deroga todas las
disposiciones que le sean contrarias.
INFORME DE PONENCIA POSITIVA
PARA PRIMER DEBATE DEL PROYECTO
DE LEY NÚMERO 317 DE 2023 CÁMARA
por medio del cual se declara el Sonsureño como
Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación.
Bogotá D.C., 20 de marzo de 2024
Doctor
JULIÁN DAVID LÓPEZ TENORIO
Presidente Comisión Sexta
Cámara de Representantes
E. S. D.
Referencia: Informe de ponencia positiva
para primer debate del Proyecto de Ley número
317 de 2023 Cámara, por medio del cual se declara
el Sonsureño como Patrimonio Cultural Inmaterial
de la Nación.
Señor Presidente,
Atendiendo la designación que la Mesa Directiva
de la Comisión Sexta Constitucional Permanente
de la Cámara de Representantes llevó a cabo, y de
conformidad con lo dispuesto en la Constitución
Política y en la Ley 5a de 1992, me permito rendir
informe de ponencia positiva del PL 317/2023 para
primer debate en la Cámara de Representantes de la
República de Colombia.
Adjunto a la presente la ponencia en original y 3
copias.
Cordialmente,
INFORME DE PONENCIA POSITIVA PARA
PRIMER DEBATE DEL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 317 DE 2023 CÁMARA
por medio del cual se declara el Sonsureño como
Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación.
A continuación, se presenta Informe de Ponencia
correspondiente al Primer Debate del Proyecto de
Ley número 317 de 2023 Cámara, por medio del
cual se declara el Sonsureño como Patrimonio
Cultural Inmaterial de la Nación”. La presente
ponencia consta de la siguiente estructura:
1. Objeto del proyecto
2. Trámite de la iniciativa
3. Contenido de la iniciativa
4. Análisis del Ponente
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7. Impacto Fiscal
8. Proposición
1. OBJETO DEL PROYECTO
De acuerdo con el texto del proyecto radicado
por el autor, el objeto del proyecto de ley es declarar
al Sonsureño como Patrimonio Cultural Inmaterial
de la Nación, con el propósito esencial de impulsar y
estimular procesos, proyectos y actividades culturales
alrededor de esta expresión cultural. Así mismo,
pretende impulsar su incorporación en las Listas
Representativas de Patrimonio Cultural Inmaterial
(LRPCI), en el Banco de Proyectos del Ministerio de
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difusión, conservación, protección y desarrollo. Lo
anterior, en un marco de reconocimiento y respeto
por la diversidad cultural de la Nación, a través de
la valoración, protección y difusión del patrimonio
cultural de la región nariñense.
2. TRÁMITE DE LA INICIATIVA
El día 23 de noviembre de 2023 fue radicado ante
la Secretaría General de la Cámara de Representantes
el Proyecto de Ley número 317-2023, por medio
del cual se declara el Sonsureño como Patrimonio
Cultural Inmaterial de la Nación”, por iniciativa
del honorable Representante Erick Adrián Velasco
Burbano.

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