Informe de ponencia positiva para primer debate en Senado, pliego de modificaciones y texto propuesto del Proyecto de Ley número 85 de 2023 Senado, por medio de la cual se establece el marco de la gestión integral de residuos sólidos, se promueve la producción y consumo sostenible y se impulsa la economía circular; acumulado con el Proyecto de Ley número 21 de 2023 Senado, por medio de la cual se crea la política pública Colombia Consume responsable para prevenir la pérdida y el desperdicio de bienes duraderos y se dictan otras disposiciones - 22 de Abril de 2024 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 1032130709

Informe de ponencia positiva para primer debate en Senado, pliego de modificaciones y texto propuesto del Proyecto de Ley número 85 de 2023 Senado, por medio de la cual se establece el marco de la gestión integral de residuos sólidos, se promueve la producción y consumo sostenible y se impulsa la economía circular; acumulado con el Proyecto de Ley número 21 de 2023 Senado, por medio de la cual se crea la política pública Colombia Consume responsable para prevenir la pérdida y el desperdicio de bienes duraderos y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación22 Abril 2024
Número de Gaceta442
Página 6 Lunes, 22 de abril de 2024 G 442
INFORME DE PONENCIA POSITIVA PARA PRIMER DEBATE EN SENADO
DEL PROYECTO DE LEY NÚMERO 85 DE 2023 SENADO,
por medio de la cual se establece el marco de la gestión integral de residuos sólidos, se promueve
la producción y consumo sostenible y se impulsa la economía circular
ACUMULADO CON EL PROYECTO DE LEY NÚMERO 21 DE 2023 SENADO
por medio de la cual se crea la política pública Colombia Consume Responsable para prevenir la pérdida
y el desperdicio de bienes duraderos y se dictan otras disposiciones.
Bogotá D.C., 17 de abrilde 2024
Señor Doctor
DAVID DE JESUS BETTÍN GÓMEZ
Secretario
COMISIÓN QUINTA CONSTITUCI ONAL
SENADO DE LA REPÚBLICA
Ciudad.-
Asunto:Informe de ponencia para Primer debate en Senado del Proyecto de Ley No.085
de 2023 Senado, acumulado con el Proyecto de Ley No.021de 2023 Senado
Respetado Señor Secretario:
Atendiendo la designación de la Mesa Directiva de la Comisión Quinta Constitucional Permanente del
Senado de la República, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política y en la Ley 5ª de
1992 y de acuerdo con su oficio No. CQU-CS-CV19-0221-2024 del 5 de marzo de 2024, nos permitimos
rendir Informe de Ponencia Positiva para Primer Debate en Senado de los Proyectos de Ley No.085 de
promueve la producción y consumo sostenible y se impulsa la economía con el
Proyecto de Ley No.
Consume Responsable para prevenir la pérdida y el desperdicio de bienes duraderos y se dictan otras
Cordialmente,
DIDIER LOBO CHINCHILLA PABLO PABLO CATATUMBO TORRES VICTORIA
Senador de la Republica Senador de la Republica
Coordinador Ponente
INTI RAÚL ASPRILLA REYES MIGUEL ÁNGEL BARRETO CASTILLO
Senador de la Republica Senador de la Republica
JAIME ENRIQUE DURÁN BARRE RA JOSÉ DAVID NAME CARDOZO
Senador de la Republica Senador de la Republica
ANDRÉS GUERRA HOYOS
Senador de la Republica
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE DEL PROYECTO DE LEY NÚMERO 085 DE
2023 SENADO ACUMULADO CON EL PROYECTO DE LEY 021 DE 2023 DE SENADO
1. ANTECEDENTES
A continuación, se hace una breve reseña sobre los antecedentes de los proyectos de ley que
fueron acumulados por la Mesa Directiva con el fin de establecer el marco que cubre la ponencia
unificada:
1) Proyecto de Ley No. 085 de 2023 Senado,
gestión integral de residuos sólidos, se promueve la producción y consumo sostenible y se
El 08 de agosto de 2023 fue radicado en la Secretaria
General del Senado de la República el proyecto de ley suscrito por los honorables Senadores
Miguel Ángel Barreto Castillo, Jaime Enrique Durán Barrera, Inti Raúl Asprilla Reyes, Andrés
Felipe Guerra Hoyos, José David Name Cardozo, Andrea Padilla Villarraga, Nicolas Albeiro
Echeverry Alvarán, Angelica Lozano Correa, Miguel Uribe Turbay, Gustavo Moreno Hurtado,
Jairo Castellanos Serrano, Alfredo Deluque Zuleta, Alejandro Vega Pérez, Juan Pablo Gallo
Maya, Marcos Daniel Pineda García, y los honorables representantes Ingrid Sogamoso Alfonso,
Julia Miranda Londoño, Wilmer Castellanos Hernández, Andrés Forero Molina, Nicolas Barguil
Cubillos, Liliana Rodríguez Valencia, Daniel Carvalho Mejía, Juan Felipe Corzo Álvarez, Carlos
Felipe Quintero, Oscar Leonardo Villamizar. El proyecto fue remitido a la Comisión Quinta
Constitucional Permanente del Senado de la República.
2) Proyecto de Ley No. 021 de 2023 Senado "Por medio de la cual se crea la política pública
Colombia consume responsable para prevenir la perdida y el desperdicio de bienes duraderos y
se dictan otras disposiciones.": El día 25 de julio del año 2023 fue radicado ante la Secretaría
General del Senado de la República, suscrito por el honorable Senador Fabián Diaz Plata, que
en su parte general expresa su propósito de establecer una política pública para la prevención
de pérdida y desperdicio de bienes duraderos.
Mediante oficio de la Secretaría General No. CCQU-CS-CV19-1073-2023 DEL 4 de octubre de 2023,
se decidió que se acumularan Acumulación de proyectos de ley No. 021 de 2023 Senado 085 de
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2023 Senado y 148 de 2023, este último definido como el Proyecto de Ley No. 148 de 2023. "Por la
cual se establecen los lineamientos para la gestión integral de residuos sólidos especiales (RSE), en el
marco de la responsabilidad extendida del productor", de autoría del Senador Nicolás Albeiro Echeverry
Alvarán y del Representante a la Cámara por Antioquia Andrés Felipe Jiménez Vargas.
Tanto el articulado propuesto como la respectiva exposición de motivos de los proyectos antes
mencionados se publicaron en la Gaceta N° 1066/23 y la Gaceta N° 948/23, respectivamente. La
Mesa Directiva de la Comisión Quinta Constitucional permanente designó al H.S Didier Lobo
Chinchilla (Coordinador) y comoPonentes a Los Honorables Senadores Isabel Cristina Zuleta López,
Jaime Enrique Durán Barrera y José David Name Cardozo, Inti Asprilla, Andrés Guerra Hoyos, Pablo
Catatumbo Torres Victoria y Miguel Ángel Barreto Castillo, para rendir ponencia y efectuar el primer
debate en el Senado del proyecto 085/23 Senado, acumulado con los proyectos 021/23 y 148 /23
Senado.
El 23 de Octubre de 2023, la Senadora Isabel Cristina Zuleta López solicitó el retiro como ponente
de los proyectos acumulados.
Después de varias reuniones entre el coordinador Ponente y los ponentes de los proyectos de ley
antes referidos, junto con asesores del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y Asocapitales, el
29 de Noviembre de 2023, los senadores a cargo de la ponencia de esta iniciativa solicitaron a la
mesa directiva de la Comisión Quinta, solicitaron reconsiderar la acumulación del proyecto de ley
No.148 de 2023 Senado a los PL. No.021 de 2023 Senado 085 de 2023 Senado. Lo anterior,
considerando el pronunciamiento del señor Viceministro de Agua y Saneamiento Básico donde
peligrosos, contenido en el artículo 38 del Decreto-Ley 2811 de 1974 y en la Ley 1252de 2008, entre
otras disposiciones, lo mismo que en los artículos 2.2.6.1.1 y siguientes del Decreto 1076 de 2015,
único reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, se sugiere excluirlo del marco de
este proyecto de ley. De esta manera, se sugiere que la peligrosidad no haga parte de los principios
Mediante oficio de la Secretaría General dela Comisión Quinta, No. CQU-CS-CV19-0221-2024 del
5 de marzo de 2024, se les comunicó a los ponentes que la Mesa Directiva de la Comisión, que la
Mesa Directiva concluyó que era procedente desacumular el proyecto de Ley en mención y designar
nuevo ponente para ser discutido como materia individual.
En el mes de Octubre de 2023, se recibió un Concepto del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
, suscrito por el Dr. Aníbal José Pérez García, Viceministro de Agua y Saneamiento Básico, en donde
se hacen unas consideraciones y recomendaciones respecto del Proyecto de Ley 085 de 2023
Senado. Si bien se acogieron varias recomendaciones y cambios, se decidió no eliminar los artículos
propuestos en el concepto, habida cuenta que el argumento de la base para tal eliminación es que
en el artículo 277 de la ley del PND, definido en el marco de la Ley 2294 de 2023, el cual no se
encuentra aún reglamentado.
Consideramos pertinente también poner de presente la necesidad de establecer metas puntuales en
el aprovechamiento y disposición de residuos, con miras a cumplir los compromisos del Acuerdo de
Paris en materia de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, así como definir los
incentivos al aprovechamiento y tratamiento de residuos, así como la financiación de la gestión
integral de residuos, la creación del Fondo Nacional para la Gestión Integral de Residuos para
impulsar la Economía Circular FONGIRS.
2. OBJETIVOS DE LOS PROYECTOS DE LEY
1) Proyecto de Ley No. 085 de 2023 Senado,
la gestión integral de residuos sólidos, se promueve la producción y consumo sostenible y
Objeto: Establecer medidas para impulsar la gestión integral de residuos sólidos mediante la
prevención, reducción de la generación, reutilización de bienes y productos, el aprovechamiento
con participación activa de la población recicladora y la valorización de las diferentes corrientes de
residuos para lograr la transición a la economía circular, promover la producción y consumo
sostenible en el país, proteger el medio ambiente y la salud humana y fomentar acciones para
enfrentar el cambio climático..
2) Proyecto de ley Numero 021 de 2023 Senado "Por medio de la cual se crea la política pública
Colombia consume responsable para prevenir la perdida y el desperdicio de bienes
duraderos y se dictan otras disposiciones.".
Objeto. El objeto de la presente ley es crear la política pública "Colombia Consume responsable",
que busca prevenir la pérdida y el desperdicio de bienes duraderos estableciendo medidas para
prevenir y reducir estos fenómenos, contribuyendo al desarrollo sostenible desde la inclusión social,
la sostenibilidad ambiental y el desarrollo económico, promoviendo una vida digna para todos los
habitantes. La prevención y la reducción de pérdidas y desperdicios de bienes duraderos implican
sensibilizar, formar, movilizar y responsabilizar a los productores, procesadores, distribuidores de
bienes duraderos, consumidores y asociaciones a nivel local, departamental y nacional para
realizar un manejo adecuado de los estos priorizando como destino final el uso humano. Para
efectos de esta norma se entenderán como Bienes duraderos los productos destinados al vestido,
a la construcción, al deporte, a la música y la cultura, electrodomésticos, tecnologías, y mobiliarios
del hogar.
3. JUSTIFICACIÓN
Colombia a pesar de los avances en la gestión de residuos enfrenta problemas estructurales asociados
al crecimiento constante en la generación, la baja separación en la fuente, el deficiente
aprovechamiento, la finalización de la vida útil de los rellenos sanitarios, la disposición en botaderos a
cielo abierto en algunos municipios, así como la incipiente valorización y tratamiento de residuos. Esto
conlleva a la necesidad de impulsar cambios estructurales en la gestión de las diferentes corrientes de
residuos que impacten a todos los municipios, impulsando la producción y consumo responsables y el
cambio de la economía lineal a la economía circular.
Los residuos en el país vienen aumentando de forma importante; así, en la última década el volumen
de residuos gestionados en el marco del servicio público de aseo creció más del 30% con más 13.5
millones de toneladas anuales en 2020 y acorde con proyecciones en 2050 la población urbana crecerá
en 14.5 millones lo que puede representar un incremento de más del 30% de residuos; aspecto que se
vuelve más complejo si se consideran residuos como los de demolición y construcción con más de 20
millones de toneladas al año.
Figura 1. Generación de Residuos Sólidos en Colombia en el marco del servicio público de aseo
Fuente: Asocapitales, 2022 a partir de datos del SUI de la SSPD
El cambio en el comportamiento en la generación y gestión de residuos debe partir del establecimiento
de la jerarquía de la gestión integral de residuos sólidos. Se requiere el fortalecimiento de las políticas
desde la perspectiva de la economía circular, considerando diferentes tipos de industrias, que generan
altos impactos ambientales y con crecimiento incesante, que presentan, además, bajas tasas de
reutilización. Problemática que se repite con múltiples bienes que aunque, aprovechables por su vida
útil no caducada, o en su posible reparación, simplemente se decide volverlos residuos, lo cual lleva a
la necesidad de impulsar políticas de producción y consumo responsables.
Esto implica también una mirada regional pues, aunque el mayor volumen de residuos está centrados
en las grandes ciudades, se deben buscar soluciones que incluyan a los pequeños municipios y que
tengan en cuenta las condiciones y distancias geográficas que requieren medidas diferenciales, como
el caso de los municipios de la Orinoquía, Amazonía, el Pacífico y de condiciones especiales como los
municipios PDET.
La disposición final de los residuos es la actividad de mayor complejidad social y ambiental. El país ha
avanzado de forma muy importante pasando de niveles muy bajos de disposición adecuada en 1994 al
98,51% de residuos en sitios autorizados, contando con 66 sitios regionales que reciben residuos de
927 municipios (2020); sin embargo, aún 84 municipios (con el 1,49% de total de residuos generados)
siguen disponiendo en botaderos a cielo abierto (SSPD; 2020). El 45,23% de los residuos dispuestos
corresponden a ocho de las ciudades (Bogotá D.C., Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena, San José
de Cúcuta, Soacha y Soledad); los tres departamentos con mayor número de residuos dispuestos por
cada mil habitantes son el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Bolívar y
Atlántico.
Acorde con SSPD (2022) en 2020 se tenían 18 sitios con la vida útil vencida y 29 con un periodo de
vencimiento de 3 años o menos, lo cual implica un alto riesgo ambiental, de salud pública y económico
que podría impactar más de 15 millones de habitantes; aunado a la dificultad en la adquisición de
predios para la ubicación de nuevos sitios de disposición final, por limitaciones de usos del suelo,
trámites ambientales, rechazo de las comunidades y fallos judiciales.
Por su parte, el aprovechamiento se presta en 200 municipios, principalmente en aquellos con
población superior a 65 mil habitantes, lo cual deja un amplio margen aún para la expansión de la
prestación de esta actividad en el territorio nacional. Así, los residuos aprovechables gestionados dentro
del servicio público de aseo (SSPD, 2021), corresponden al 14% del total (1,89 millones de toneladas
en 2020).
El aprovechamiento en Colombia tiene dos enfoques, uno desde el marco ambiental con los
posconsumos y la responsabilidad extendida del productor REP de envases y empaques y el otro en
el contexto del servicio público de aseo, respondiendo a diferentes marcos normativos y de política, lo
cual dificulta la gestión eficiente y hace compleja la trazabilidad de los materiales. Por lo tanto, resulta
necesario definir claramente como se deben desarrollar de la forma más eficiente para permitir la
consecución de objetivos y metas comunes, aprovechando las ventajas que cada esquema tiene para
ofrecer y para generar mayores beneficios en el total de toneladas aprovechadas y menores impactos
a los usuarios y consumidores.
De acuerdo con el Tercer Informe de Economía Circular del DANE, en 2019 se utilizaron un total de
5.278.488 toneladas de materias primas provenientes de residuos en la industria manufacturera.. Los
principales tipos de materias primas vienen de residuos que se reutilizaron en procesos productivos
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manufactureros en 2019 fueron: chatarra de hierro, desechos de vidrio, desechos de papel Kraft
plegadizas y cartón corrugado, y chatarra de acero, que representaron, en promedio, el 53,2% del total
de materias primas residuales reutilizadas.
El DANE para 2030 proyecta una población total en el país de 55 millones de personas,
aproximadamente y el DNP estima la producción per cápita nacional de 321 kilogramos por persona al
año. Con esta información, y asumiendo una composición fija en los residuos generados (24% para los
residuos aprovechables) se tiene un panorama nacional donde en 2030 se generarían 17 millones de
toneladas residuos, con una participación de 3.8 millones de residuos de carácter aprovechable. Por
su parte, el DNP estima un déficit de capacidad instalada de sitios de disposición final de 10,28 millones
de toneladas para el año 2030, presentándose un acumulado para el período 2015-2030 de 95,39
estos residuos a
relleno sanitario, y que su destino sea la reincorporación del ciclo productivo, apalancado con metas de
aprovechamiento para así aliviar la presión sobre los sistemas de disposición existentes.
En el aprovechamiento se debe tener en cuenta de manera prioritaria a la población recicladora, la cual
pasó de 6.442 en 2016 a 40.691 en 2020 (SSPD, 2021) . En 2020 el 57% de las organizaciones están
conformados por menos de 120 recicladores, el 40% entre 120 y 400 y el 3% más de 400; distribuidos
de trabajo en las que se ha venido desempeñando la población recicladora se han caracterizado por la
precariedad tecnológica c on los enormes esfuerzos físicos que ello conlleva , sanitaria y de seguridad
industrial. Sus bajos ingresos constituyen un importante obstáculo para poder crecer en la cadena de
valor. Además de ello, quienes se dedican a esta labor deben competir entre s, y con otros actores por
los residuos reciclables dispuestos en el espacio público, donde la regla es que el reciclaje le pertenece
a quien llegue primero, salvo que haya acuerdos preexistentes entre el dueño de los residuos o que se
ejerza
organización y adoptar medidas para su fortalecimiento.
En algunas zonas del país se han implementado proyectos de tratamiento de residuos sólidos, a pesar
del limitado desarrollo normativo y regulatorio en la materia. La CRA (2019) a partir de la información
del MVCT, señala que existen 21 municipios del país que cuentan con plantas de tratamiento de
residuos instaladas y un esquema regional de gestión integral de residuos y, por lo tanto, es la actividad
del servicio público de aseo con menor desarrollo en el país.
Una de las principales limitantes para la expansión de la actividad de tratamiento radica en la
sostenibilidad financiera de los proyectos . De acuerdo con el Banco Mundial, las empresas
pertenecientes al servicio público de aseo no logran cubrir los costos de inversión ni de operación en
los que incurren, dado que el precio de la venta del producto final (hummus/compost/abono) es
insuficiente para cubrir los costos. Para operar, utilizan recursos provenientes de otras actividades del
servicio, o de la prestación otros servicios (Banco Mundial, MVCT, 2021). Estas particularidades del
desarrollo de la actividad resultarán de gran relevancia al momento de establecer los costos
reconocidos por el regulador para la remuneración de la actividad en el marco tarifario del servicio
público de aseo.
La Unión Europea, en sus esfuerzos de transición hacia una economía circular, en su Directiva de
Rellenos Sanitarios (1999), introduce restricciones sobre la disposición de todos los residuos aptos para
el reciclaje u otro material o recuperación de energía a partir de 2030, y limita la proporción de residuos
municipales dispuestos (totales, incluyendo los orgánicos) al 10 % para 2035. Restricciones que se
deben considerar en Colombia, acorde con la realidad del país.
Desde la perspectiva del tratamiento y valorización de residuos es necesario generar las reglas para
impulsar la generación de energía, biogás y compost, así como el coprocesamiento, acompañado no
solo de políticas, normas y regulación sino con el apoyo en el cierre financiero de proyectos que
reduzcan impactos en la tarifas si se hace en el marco del servicio público de aseo, incentivos para la
comercialización de los productos desde los sectores de energía, gas y agricultura.
La Agencia Europea Ambiental (2020) establece que para la implementación de un sistema exitoso
para la recolección y gestión separada de los residuos orgánicos requiere una estrategia integral que
tenga en cuenta las circunstancias locales.
Los RCD (especialmente de pequeños generadores) junto con los voluminosos y otros residuos
especiales con deficientes sistemas de gestión y manejo están llevando a una constante e incremental
aparición de puntos críticos en el espacio público y las vías urbanas que tienen que ser atendidos por
las administraciones municipales con el apoyo de los prestadores del servicio público de aseo; o a
disponerse en sitios inadecuados o en sitios de disposición final.
De forma general, el marco institucional de la gestión integral de los residuos sólidos está cimentado
en las disposiciones contenidas en la Constitución Política de Colombia, la Ley 99 de 1993 y la Ley 142
de 19941. En ese sentido, la responsabilidad a nivel del gobierno nacional ha estado bajo las carteras
de ambiente y las asociadas a la gestión del agua potable y el saneamiento básico que actualmente
corresponden al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y al Ministerio de Vivienda, Ciudad y
Territorio respectivamente. Existe una clara asignación de responsabilidades en la planeación,
vigilancia, control y regulación de la prestación del servicio público de aseo, pero no se tiene un marco
institucional expresamente establecido y falta definir roles específicos que permitan impulsar una
gestión de residuos sólidos más allá del modelo lineal (Conpes 3874 de 2016).
En las recientes décadas, la gestión de los residuos sólidos, en la mayoría de los países de América
Latina ha avanzado hacia la formalización y engranaje de todos los sectores que intervienen en el
1
proceso de gestión. Si bien la responsabilidad del diseño de política pública y la definición de
lineamientos generales está a cargo de los gobiernos nacionales, se observa una mayor participación
ciudadana y de los diferentes agentes desde la producción de los residuos hasta la disposición final y
aprovechamiento.
A partir de las conclusiones del diagnóstico de desempeño ambiental realizado por la OCDE en el año
2014 y las entrevistas realizadas a los actores del sector en el marco de la Estrategia Nacional de
Infraestructura para el sector Residuos (DNP y BM, 2015) se concluyen que en el sector persiste la
descoordinación interinstitucional, la cual crea cuellos de botella y barreras para la gestión y desarrollo
de proyectos, dispersión y ambigüedad de la información, duplicidad de procesos, y requerimientos y
conceptos contradictorios (DNP, 2016 Conpes 3874), aspecto que sigue vigente a 2023 pues no se han
implementado cambios en ese sentido.
La coordinación entre los diferentes actores que componen la cadena de producción y gestión de
residuos y del gobierno nacional, departamental, organizaciones regionales, autoridades ambientales,
municipios, productores, consumidores, usuarios, etc., es fundamental para lograr el bienestar social y
las metas propuestas. Es importante resaltar que los municipios son los grandes responsables de
garantizar la planeación, elaboración, seguimiento y evaluación de la gestión de residuos y son
garantes de la prestación del servicio público de aseo.
Ahora bien, para una correcta articulación de dichos aspectos es necesaria una planificación estratégica
para la gestión integral de residuos sólidos a nivel nacional, regional y local que permita una
transformación, cuyas responsabilidades se encuentran dispersas en los diferentes instrumentos
normativos expedidos por el gobierno nacional, y que debe quedar claramente definidas en la presente
ley.
A nivel territorial, una de las tareas fundamentales de los municipios es la definición de los planes de
gestión integral de residuos sólidos, los cuales son la hoja de ruta para dicha gestión y son un
instrumento básico para el diagnóstico, planeación, evaluación y control. A pesar de los avances hay
una disparidad muy grande frente al compromiso de una adecuada y eficaz planeación en los
municipios, especialmente en los medianos y pequeños; por lo tanto, es necesaria consolidar un modelo
de planeación de GIRS que, a partir de los avances del país, permita generar los cambios de forma
articulada y con visión regional, dado que la gestión de residuos no se circunscribe a un municipio en
especial.
Dentro de las soluciones propuestas para resolver las causas de la problemática, hay algunas que
están íntimamente ligadas con la adopción de un modelo de valorización de residuos sólidos, por ello,
es importante extraer aquellos elementos que puedan ser útiles para cumplir con el objeto del presente
proyecto de ley.
A partir de ello, lo primero será articular a todos los actores que participan de la gestión integral de
residuos sólidos y así poder determinar competencias y funciones, fuentes disponibles de recursos e
instancias de coordinación claras con el fin de organizar los procesos que se surten en cada una de las
etapas de la gestión de residuos que permitan ejecutar de manera eficiente los Planes de Gestión
Integral de Residuos Sólidos.
Bajo un marco de gobernanza de todos los actores que participan de la gestión de los residuos, se
deberán establecer medidas tendientes a impulsar programas de educación dirigidos tanto a la
ciudadanía, como para aquellos actores, como los recicladores, que requieran de tecnificar sus
conocimientos, con el fin de generar una conciencia ambiental respecto de las virtudes de la
valorización y aprovechamiento de los residuos sólidos. Esto tendrá un efecto significativo en una de
las primeras etapas de la gestión de los residuos sólidos para mejor selección y separación en la fuente,
aspecto que hará más fáciles las siguientes etapas y sus consiguientes procesos, haciendo la gestión
mucho más eficiente. Por último, serían estas condiciones básicas las que darían cabida a la creación
del mercado de valorización de residuos sólidos, contando con unas reglas básicas de regulación, que
permitan a los actores interactuar y llevar a cabo sus procesos con certeza y seguridad.
Acorde con lo anterior, Colombia requiere un marco legal que permita, en un horizonte de corto,
mediano y largo plazo, realizar los cambios estructurales para lograr la transición a un modelo de
economía circular. La apuesta es que entre 2024 y 2040 se logre esta transición, lo cual requerirá el
compromiso de todos los actores y contar con las políticas, instrumentos y recursos necesarios para
lograr esta apuesta.
La gestión de residuos sólidos ha sido objeto de más de 25 iniciativas legislativas dentro del Honorable
Congreso de la República en el periodo 2018 2022 como respuesta a la necesidad del país de
avanzar en soluciones a la problemática por el incremento en la generación y la disposición final, así
como también por el impulso a la economía circular como un objetivo de la política pública, iniciativas
que siguen creciendo cada año. Sin embargo, ninguna de ellas considera la integralidad frente a las
diferentes corrientes de residuos que se generan, sus impactos y las medidas que se deben adoptar
para impulsar los cambios hacia una economía circular y la promoción de la producción y consumo
responsables.
Así mismo, en los últimos días, hemos asistido a nuevas crisis en la recolección de basuras y colapsos
de los rellenos sanitarios de las ciudades de Medellín y Tunja y los municipios vecinos que deben
recolectar sus basuras para disponerlos en los rellenos sanitarios de estas ciudades capitales, que
se suman a la problemática ya conocida de ciudades como Bucaramanga, Bogotá D.C., e Ibagué, sólo
a título ilustrativo.
Adicionalmente, otro hecho que no es menor, radica en que el sector de residuos contribuye al 6,8%
de las emisiones de gases de efecto Invernadero de la matriz de Colombia, tal y como se demuestra
en esta gráfica del IDEAM:

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