Informe de ponencia positiva para primer debate del proyecto de ley número 262 de 2021 cámara -número 003 de 2020 senado, por medio de la cual se modifica el artículo 81 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y se introduce un término prudencial para la realización de acciones preventivas en caso de vía de hecho que pretendan perturbar la posesión - 30 de Septiembre de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 883986909

Informe de ponencia positiva para primer debate del proyecto de ley número 262 de 2021 cámara -número 003 de 2020 senado, por medio de la cual se modifica el artículo 81 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y se introduce un término prudencial para la realización de acciones preventivas en caso de vía de hecho que pretendan perturbar la posesión

Fecha de publicación30 Septiembre 2021
Fecha30 Septiembre 2021
Número de Gaceta1350
Gaceta del Congreso 1350 Jueves, 30 de septiembre de 2021 Página 11
38 39 40 41
p
Artículo 8. Articulación de la PolíticaPública Sacúdete. La Consejería Presidencial para
la Juventud - Colombia Joven o quien haga sus veces, tendrá la función de gestionar y
articular la implementación de la política pública Sacúdete en el marco de los lineamientos
expedidos por la Comisión Intersectorial para la Juventud Sacúdete.
Al igual que brindar asesoría y asistencia técnica a todas las entidades para el
conocimiento, difusión y correcta implementación de la política pública Sacúdete.
Artículo 9. Implementación de la Política Pública Sacúdete. El Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar tendrá a su cargo la implementación de la estrategia metodológica y
establece la línea técnica de la política pública Sacúdete, con el concurso de la Comisión
Intersectorial para la Juventud Sacúdete y de las demás entidades que esta defina, teniendo
en cuenta los lineamientos emitidos desde el Consejo Nacional de Políticas Públicas de la
Juventud.
PARÁGRAFO: Están vinculadas a la Política Pública Sacúdete todas las entidades que
integran la Comisión Intersectorial para la Juventud Sacúdete, las entidades miembros del
Consejo Nacional de Políticas Públicas de la Juventud y todas aquellas que este órgano
determine como necesarias para la implementación y ejecución.
Artículo 10. Gestión intersectorial para la implementación de Sacúdete. Las entidades
públicas de los órdenes nacional y territorial, así como los actores de la sociedad (familias,
comunidad, sociedad civil, academia, empresa privada, organizaciones no
gubernamentales, entre otras) desarrollarán una acción organizada, concurrente y
coordinada para lograr una articulación que contribuya a la protección y el goce de los
derechos de los adolescentes y jóvenes en el marco de la política pública Sacúdete.
Las entidades del orden nacional y territorial, promoverán la implementación de la política
pública Sacúdete, con su oferta dirigida a los jóvenes.
Así mismo, las entidades del orden nacional y territorial estarán obligadas a suministrar de
manera periódica a la Comisión Intersectorial para la Juventud Sacúdete, la información
que compete a sus programas, planes y estrategias dirigidas o que tengan incidencia sobre
la población joven cumpliendo con los criterios de calidad y oportunidad de acuerdo a la
reglamentación que expida el Gobierno Nacional.
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y la Consejería Presidencial para la
Juventud promoverán la participación que fortalezca la política pública Sacúdete.
Artículo 11. Alianzas para la implementación de Sacúdete. Para la implementación y
consolidación de Sacúdete, las entidades públicas, y en especial la Consejería Presidencial
para la Juventud y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), podrán realizar
alianzas con personas naturales o jurídicas de los sectores público y privado y del orden
nacional o internacional.
PARÁGRAFO: En la ejecución de las alianzas de orden internacional a las que se refiere
el presente artículo, las entidades y los contratistas, deberán observar lo dispuesto en la
Ley 80 de 1993 y el artículo 20 de la Ley1150 de 2017 y las que los modifiquen.
Artículo 12. Seguimiento y Evaluación de Sacúdete. El Departamento Nacional de
Planeación DNP, en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Gestión y
Resultados (Sinergia), desarrollará junto a la Comisión Intersectorial para la Juventud
Sacúdete un plan estratégico que permita hacer seguimiento a la implementación de la
política pública Sacúdete.
De igual forma, desarrollarán la evaluación de resultados de la política pública Sacúdete,
con el fin de generar recomendaciones que contribuyan a mejorar el desempeño y logro de
los objetivos finales de ésta.
Artículo 13. Financiación de Sacúdete.El Gobierno Nacional proyectará y garantizará los
recursos para la implementación de Sacúdete de acuerdo con el Marco Fiscal de Mediano
Plazo y el Marco de Gasto de Mediano Plazo. La proyección de recursos se hará sobre la
base de las metas de cobertura y gestión que se definan en el marco de la Comisión
Intersectorial para la Juventud Sacúdete. Por su parte, las entidades del orden nacional y
territorial incluirán en su proceso anual de planeación y programación presupuestal, los
recursos destinados para su implementación y ejecución.
Para el desarrollo e implementación de esta política pública, se podrán destinar recursos
de las entidades públicas del orden nacional y territorial en el marco de su autonomía, de
organismos multilaterales, de convenios de cooperación internacional y de convenios con
organizaciones privadas.
Artículo 14. Vigencia. La presente Leyrige desde su sanción y deroga las demás normas
que le sean contrarias.
Del honorable representante
JULIO CÉSAR TRIANA QUINTERO
Representante a la Cámara
Departamento del Huila
INFORME DE PONENCIA POSITIVA
PARA PRIMER DEBATE DEL PROYECTO
DE LEY NÚMERO 262 DE 2021 CÁMARA
-NÚMERO 003 DE 2020 SENADO
por medio de la cual se modica el artículo 81
del Código Nacional de Seguridad y Convivencia
Ciudadana y se introduce un término prudencial para
la realización de acciones preventivas en caso de vía
de hecho que pretendan perturbar la posesión.

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