Informe de ponencia positiva para primer debate (segunda vuelta) y pliego de modificaciones del Proyecto de Acto legislativo número 254 de 2022 Cámara, 19 de 2022 Senado, por medio del cual se reconoce al campesinado como sujeto de especial protección Constitucional - 26 de Mayo de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 932645457

Informe de ponencia positiva para primer debate (segunda vuelta) y pliego de modificaciones del Proyecto de Acto legislativo número 254 de 2022 Cámara, 19 de 2022 Senado, por medio del cual se reconoce al campesinado como sujeto de especial protección Constitucional

Fecha de publicación26 Mayo 2023
Número de Gaceta550
PONENCIAS
DIRECTORES:
(Artículo 36, Ley 5ª de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXII - Nº 550 Bogotá, D. C., viernes, 26 de mayo de 2023 EDICIÓN DE 58 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
                
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA POSITIVA PARA
PRIMER DEBATE (SEGUNDA VUELTA)
DEL PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO
NÚME RO 254 DE 2022 CÁ MARA, 19 DE 2022
SENADO
por medio del cual se reconoce al campesinado
como sujeto de especial protección
Constitucional.
Bogotá, D. C., 25 de mayo de 2023
Presidente
JUAN CARLOS WILLS OSPINA
Comisión Primera de la Cámara de Representantes
de Colombia
Ciudad
Referencia: Informe de Ponencia para Primer
debate (segunda vuelta) del Proyecto de Acto
Legislativo número 254 de 2022 Cámara, 19 de
2022 Senado, por medio del cual se reconoce al
campesinado como sujeto de especial protección
constitucional.
En nuestra calidad de Representantes a la
Cámara y con base en la designación que nos
hizo la Mesa Directiva de la Comisión Primera
de Cámara de Representantes mediante Acta
número 030 del 23 de mayo de 2023, con recibido
del 24 de mayo de 2023, nos permitimos rendir
ponencia positiva para primer debate en segunda
vuelta en Cámara al Proyecto de Acto Legislativo
número 254 de 2022 Cámara, número 19 de
2022 Senado, por medio del cual se reconoce al
campesinado como sujeto de especial protección
constitucional.
Cordialmente,
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE (SEGUNDA VUELTA) DEL
PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO
NÚME RO 254 DE 2022 CÁMA RA, 19 DE 2022
SENADO
por medio del cual se reconoce al campesinado como
sujeto de especial protección constitucional.
1. ANTECEDENTES DEL PROYECTO DE
ACTO LEGISLATIVO
Con la instalación de un gran Mercado Campesino
en el Congreso de la República; y con el respaldo del
Coordinador Nacional Agrario; la Cumbre Agraria,
Campesina Étnica y Popular, y Congresistas de
distintos partidos políticos de dicha legislatura; el 5
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de abril de 2016 el ex Senador campesino Alberto
Castilla Salazar radicó por primera vez el Proyecto
de Acto Legislativo número 12 de 2016 Senado, por
medio del cual se reconoce al campesinado como
sujeto de derechos, se reconoce el derecho a la
tierra y a la territorialidad campesina y se adoptan
disposiciones sobre la consulta popular.
Este proyecto se construyó con los aportes de las
comunidades campesinas que se expresaron en tres
audiencias públicas senatoriales durante los años
2014 y 2015 en los departamentos de Antioquia,
Cundinamarca y Nariño, y una audiencia pública
nacional desarrollada el 30 de octubre de 2014, en la
que participaron comunidades campesinas de todas
las regiones del país.
Así mismo, el proyecto de acto legislativo
recoge los aportes de la comunidad académica y
la comunidad internacional expresados en el Foro:
El Campesinado a la Constitución, desarrollado
en 2016 y convocado por el ex Senador Alberto
Castilla, Instituto de Estudios Ambientales (IDEA)
de la Universidad Nacional de Colombia, Estrategia
Colaborativa en Colombia por la Garantía de
los Derechos a la Tierra y al Territorio (CINEP),
Planeta Paz, Coordinador Nacional Agrario,
Cloc-Vía Campesina, OXFAM, CENSAT, Grupo
Semillas, Comisión Colombiana de Juristas y FIAN
Internacional.
Así entonces, este proyecto se ha radicado tres
veces en el período comprendido entre 2018-2022 y
dos veces en el período 2014-2018. En la legislatura
2018-2019 fue radicado en el Senado bajo el número
           
por los y las Congresistas: Alberto Castilla Salazar,
Alexánder López Maya, Gustavo Francisco Petro
Urrego, Feliciano Valencia Medina, Gustavo Bolívar
Moreno, Victoria Sandino, Julián Gallo, Antonio
Sanguino Páez, Iván Cepeda Castro, Griselda Lobo
Silva, Ángela María Robledo, María José Pizarro,
Omar Restrepo, León Fredy Muñoz, David Racero,
Luis Alberto Albán, John Jairo Cárdenas. Este
proyecto, pese a que se presentó ponencia para
cursar su trámite en Comisión Primera Senado, fue
archivado dado que no se agendó para ser debatido
en esta instancia.
De la misma manera, en la legislatura 2019-2020
fue nuevamente radicado, esta vez bajo el número
  
por los y las Congresistas: Jesús Alberto Castilla
Salazar, Alexánder López Maya, Iván Cepeda
Castro, Wilson Arias Castillo, Antonio Sanguino
Páez, Aída Avella Esquivel, Gustavo Bolívar
Moreno, Victoria Sandino Simanca, Griselda Lobo
Silva, María José Pizarro Rodríguez, David Ricardo
Racero Mallorca, Luis Alberto Albán Urbano, Omar
de Jesús Restrepo Correa, Carlos Carreño Marín,
Abel David Jaramillo Largo, Jairo Reinaldo Cala
Suárez. En esta legislatura también se presentó la
ponencia para primer debate en Comisión Primera
Senado, sin embargo, también fue archivado dado
que no fue debatido en este órgano legislativo.
Para la Legislatura 2021-2022 el proyecto de acto
legislativo le fue asignado el número 08 de 2021
  
por los y las Congresistas: Alberto Castilla Salazar,
Alexánder López Maya, Iván Cepeda Castro, Wilson
Neber Arias Castillo, Antonio Eresmid Sanguino
Páez, Aida Avella Esquivel, Gustavo Bolívar
Moreno, Victoria Sandino Simanca Herrera, Israel
Zúñiga Iriarte, Gustavo Francisco Petro Urrego,
Jorge Eduardo Londoño Ulloa, Feliciano Valencia
Medina, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Julián
Gallo Cubillos, Angélica Lozano Correa, Germán
Navas Talero, Carlos Carreño Marín, María José
Pizarro, Luis Alberto Albán, Omar Restrepo Correa,
Inti Raúl Asprilla Reyes, César Ortiz Zorro, Wilmer
Leal Pérez, Abel David Jaramillo Largo, Fabián
Díaz Plata, Ángela María Robledo.
El proyecto fue asignado a la Comisión Primera
Senado en donde fue debatido y aprobado con
  
septiembre de 2021. Posteriormente, fue debatido
en plenaria de Senado en donde fue aprobado en
esta instancia el 17 de noviembre de 2021. El 12
de diciembre de 2021 fue radicado en Cámara y
asignado a la Comisión Primera Constitucional
Permanente bajo el número 402 de 2021 Cámara, 08
de 2021 Senado, por medio del cual se reconoce al
campesinado como sujeto de derechos, se reconoce
el derecho a la tierra y a la territorialidad campesina
y se adoptan disposiciones sobre la consulta
popular”, sin embargo, por no haber sido debatido
en Cámara de Representantes fue archivado por esa
Célula Legislativa.
El miércoles 17 de agosto de 2022, fue radicado
por el Ministerio de Agricultura y la Bancada del
Pacto Histórico el Proyecto de Acto Legislativo
número 19 de 2022 Senado, por medio del cual se
reconoce al campesinado como sujeto de especial
protección constitucional y se integra el bloque
de constitucionalidad el texto de la declaración
de las Naciones Unidas sobre los derechos de los
campesinos y de otras personas que trabajan en las
zonas rurales.
El martes 27 de septiembre de 2022 fue debatida
la ponencia positiva para primer debate del Proyecto
de Acto Legislativo número 254 de 2022 Cámara
y número 19 de 2022 Senado y fue aprobada por
unanimidad por el pleno de la Comisión Primera
de Senado, logrando un consenso multipartidista
que denota la importancia y la unidad que genera
esta iniciativa que pretende superar la exclusión
del campesinado en la constitución para avanzar
hacia un reconocimiento pleno de esta población
como sujetos de derechos con base a su particular
relacionamiento con la tierra basado en la producción
de alimentos conforme a la economía campesina y
la protección del ambiente, así como en tradiciones
y costumbres compartidas que los distinguen de
otros grupos sociales.
En el mismo sentido, el día 19 de octubre de
2022, fue debatido en la plenaria de Senado de la
República el Proyecto de Acto Legislativo número
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254 de 2022 Cámara, número 19 de 2022 Senado
en su segunda ponencia, logrando la aprobación
unánime de todos los partidos políticos con base en
la especial importancia que reviste esta iniciativa
presentada por el Gobierno y dando así, paso a su
traslado a la Cámara de Representantes para su
debido trámite.
El día 16 de noviembre de 2022, la Secretaría
de la Comisión Primera Constitucional Permanente
de la Cámara de Representantes recibió ponencia
para primer debate del Proyecto de Acto Legislativo
número 19 de 2022 Senado, 254 de 2022 Cámara
(primera vuelta), suscrita por los honorables
Representantes a la Cámara Óscar Hernán Sánchez
León, Diógenes Quintero Amaya, Juan Daniel
Peñuela Calvache, Duvalier Sánchez Arango, Jorge
Alejandro Ocampo Giraldo, Jorge Eliécer Tamayo
Marulanda, Óscar Rodrigo Campo Hurtado y
Luis Alberto Albán Urbano en la cual se propone
dar primer debate en primera vuelta, y se envía a
Secretaría General de la Cámara de Representantes
para su publicación en la Gaceta del Congreso
número 1445 del 16 de noviembre de 2022.
El día 17 de noviembre de 2022 fue considerado y
aprobado el Proyecto de Acto Legislativo número 19
de 2022 Senado, 254 de 2022 Cámara por parte de la
Comisión Primera de la Cámara de Representantes
(primera vuelta) tal como consta en el Acta número
28 del 17 de noviembre de 2022.
El 5 de diciembre de 2022, en sesión plenaria de la
Cámara de Representantes, fue aprobado en segundo
      
Proyecto de Acto Legislativo número 19 de 2022
Senado, 254 de 2022 Cámara (primera vuelta).
Lo anterior consta en el Acta número 036 del 5 de
diciembre de 2022, previo su anuncio en sesión
plenaria ordinaria del 036 de 5 de diciembre de 2022
correspondiente al Acta número 035 y publicado
en la Gaceta del Congreso número 1651 del 13 de
diciembre de 2022.
Ante las diferencias entre los textos aprobados
por el Senado de la República y la Cámara de
Representantes, el 13 de diciembre de 2022 se resolvió
la discrepancia con la siguiente conciliación aprobada
por cada uno de los plenos de la cámara legislativa:
TEXTO DEFINITIVO PLENARIA
SENADO
GACETA DEL CONGRESO 2022
TEXTO DEFINITIVO PLENARIA
CÁMARA
GACETA DEL CONGRESO 2022
TEXTO QUE SE ACOGE
Proyecto de Acto Legislativo número
19 de 2022
por medio del cual se reconoce al cam-
pesinado como sujeto de especial pro-
tección constitucional y se integra el
bloque de constitucionalidad el texto de
la Declaración de las Naciones Unidas
sobre los Derechos de los Campesinos y
de Otras Personas que Trabajan en las
Zonas Rurales.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Proyecto de Acto Legislativo número
254 de 2022
por medio del cual se reconoce al cam-
pesinado como sujeto político de de-
rechos y de especial protección cons-
titucional y se integra el bloque de
constitucionalidad el texto de la Decla-
ración de las Naciones Unidas sobre los
Derechos de los Campesinos y de Otras
Personas que Trabajan en las Zonas
Rurales.
El Congreso de Colombia
DECRETA
Se acoge el de Cámara.
Artículo 1º. Modifíquese el artículo 64
de la Constitución Política, el cual que-
dará así:
Artículo 64. Es deber del Estado pro-
mover el acceso progresivo a la propie-
dad de la tierra de los trabajadores agra-
rios, en forma individual o asociativa,
y a los servicios de educación, salud,
vivienda, seguridad social, recreación,
crédito, comunicaciones, comercializa-
ción de los productos, asistencia técnica
      
ingreso y calidad de vida de los campe-
sinos.
El campesinado es sujeto de especial
protección. Las comunidades campesi-
nas tienen un particular relacionamiento
con la tierra basado en la producción de
alimentos, en garantía de la soberanía
alimentaria, conforme a la economía
campesina agraria y familiar, todas las
actividades de trasformación tendientes
a mejorar la productividad de sus culti-
Artículo 1º. Modifíquese el artículo 64
de la Constitución Política de Colombia.
Artículo 64. Es deber del Estado pro-
mover el acceso progresivo a la propie-
dad de la tierra para el campesinado y
otros trabajadores agrarios, en forma
individual o asociativa, y a los derechos
con enfoque diferencial, de género y
etéreo, a la educación, salud, vivienda,
servicios públicos domiciliarios, seguri-
dad social, recreación, crédito, comuni-
caciones, producción, transformación y
comercialización de los productos, asis-
  

de vida del campesinado.
El campesinado es un sujeto político
de derechos y de especial protección,
intercultural, involucrado vitalmente
en el trabajo directo con la naturaleza y
la tierra para la producción de alimen-
tos como garantía para la seguridad, las
autonomías y la soberanía alimentaria.
Está inmerso en formas de organización
social basadas en el trabajo familiar y
Se acoge el texto de Senado agregando
la expresión “sujeto político” del segun-
do inciso del texto aprobado en Cámara.

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