Informe de ponencia positiva para primer debate, pliego de modificaciones y texto propuesto al Proyecto de Ley número 037 de 2023 Cámara, por medio de la cual se fortalece el Programa de Alimentación Escolar (PAE) en materia de dignificación laboral, mecanismos de control y participación ciudadana y los porcentajes mínimos de compra local a pequeños productores y productores de la agricultura campesina, familiar y comunitaria y se dictan otras disposiciones - 19 de Septiembre de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 950422301

Informe de ponencia positiva para primer debate, pliego de modificaciones y texto propuesto al Proyecto de Ley número 037 de 2023 Cámara, por medio de la cual se fortalece el Programa de Alimentación Escolar (PAE) en materia de dignificación laboral, mecanismos de control y participación ciudadana y los porcentajes mínimos de compra local a pequeños productores y productores de la agricultura campesina, familiar y comunitaria y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación19 Septiembre 2023
Número de Gaceta1291
PONENCIAS
DIRECTORES:
(Artículo 36, Ley 5ª de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXII - Nº 1291 Bogotá, D. C., martes, 19 de septiembre de 2023 EDICIÓN DE 43 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
                
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA POSITIVA PARA
PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 037 DE 2023 CÁMARA
por medio de la cual se fortalece el Programa
de Alimentación Escolar (PAE) en materia de
dignicación laboral, mecanismos de control y
participación ciudadana y los porcentajes mínimos de
compra local a pequeños productores y productores
de la agricultura campesina, familiar y comunitaria
y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, D. C., 15 de septiembre de 2023
Doctoras
MARÍA EUGENIA LOPERA MONSALVE
Presidenta
KAREN JULIANA LÓPEZ SALAZAR
Vicepresidenta
Comisión Séptima Constitucional - Cámara de
Representantes
Bogotá, D. C.
Referencia: Informe de ponencia positiva para
primer debate del Proyecto de Ley número 037
de 2023 Cámara por medio de la cual se fortalece
el Programa de Alimentación Escolar (PAE) en
materia de dignicación laboral, mecanismos de
control y participación ciudadana y los porcentajes
mínimos de compra local a pequeños productores y
productores de la agricultura campesina, familiar y
comunitaria y se dictan otras disposiciones.
Honorable Presidenta.
En cumplimiento de la designación realizada
por la mesa directiva de la Comisión Séptima
Constitucional permanente, comunicada por parte
del secretario general de esta célula legislativa
doctor Ricardo Alfonso Albornoz  
CSCP 3.7-448-2023 calendado el 16 de agosto
del año 2023, conforme al artículo 150 de la Ley
5ª de 1992, y atendiendo los artículos 153 y 156
de la misma ley, los suscritos y suscritas ponentes
  informe de
ponencia positiva para primer debate al Proyecto
de Ley número 037 de 2023 Cámara, por medio
de la cual se fortalece el Programa de Alimentación
Escolar (PAE) en materia de dignicación laboral,
mecanismos de control y participación ciudadana y
los porcentajes mínimos de compra local a pequeños
productores y productores de la agricultura
campesina, familiar y comunitaria y se dictan otras
disposiciones”.
1. ANTECEDENTES Y TRÁMITE DE LA
INICIATIVA DE LEY
El proyecto de ley que nos ocupa es de iniciativa
parlamentaria, fue radicado el día 26 de julio del
año 2023 por el Representante a la Cámara por
el Departamento de Nariño, Juan Daniel Peñuela
Calvache del Partido Conservador Colombiano.
      
las Leyes 720 de 2001, 2042 de 2020 y 2046 del
    
garantías laborales y los derechos prestacionales de
los manipuladores y manipuladoras de alimentos,
incrementando de igual manera los porcentajes de
vinculación de estas personas en lo que respecta
al Programa de Alimentación Escolar (PAE). De
igual manera se pretende incrementar el porcentaje
de compra a los productores locales y economías
campesinas, familiares y/o comunitarias.
Página 2 Martes, 19 de septiembre de 2023 G 1291
Por último, la iniciativa establece unos
lineamientos para crear planes de mejoramiento y
seguimiento a estos programas, propendiendo por
la transparencia y la celeridad en las actuaciones
de estos programas que son de vital importancia
para los niños, niñas y adolescentes de nuestra
nación.
Posterior a la radicación de la iniciativa
legislativa, la Secretaría General de la Cámara
de Representantes envió este proyecto a la
Comisión Séptima Constitucional Permanente,
el cual se encuentra publicado en la Gaceta del
Congreso número 970 del año 2023, una vez
en esta célula legislativa, quien preside doctora
María Eugenia Lopera Monsalve, designó como
ponentes a los Representantes Leider Alexandra
Vásquez del Pacto Histórico y a Jorge Alexánder
Quevedo del Partido Conservador. En virtud de
dicha designación presentamos a continuación
el desarrollo de la ponencia positiva para este
proyecto de ley.
2. OBJETO Y CONTENIDO DEL
PROYECTO DE LEY
Esta iniciativa de ley, como ya se manifestó,
tiene por objeto mejorar las condiciones laborales de
aquellas personas que fungen como manipuladores
de alimentos en el Programa de Alimentación
Escolar, teniendo en cuenta que en muchas
ocasiones esta actividad es realizada de manera
voluntaria, sin recibir una remuneración digna
por dicha labor. Sumado a lo anterior se pretende
que desde las Secretarías de Educación de los
departamentos de esta nación se establezcan planes
de seguimiento y mejoramiento, con el objetivo de
    
programa y las soluciones para los futuros contratos
que se suscriban entre las entidades territoriales y
los contratistas del PAE.
De igual manera el proyecto de ley pretende
establecer unas medidas de publicidad frente a los
procesos de contratación y de ejecución contractual
del Programa de Alimentación Escolar, buscando que
los ciudadanos tengan acceso a estos documentos en
el marco de la celeridad y transparencia que debe
existir en la ejecución de los recursos públicos.
A su vez, la iniciativa busca incentivar la compra a
productores locales, estableciendo unos porcentajes
mínimos de compra a economías, familiares,
campesinas y comunitarias.
3. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA
INICIATIVA DE LEY
La exposición de motivos que fue presentada
por el autor del proyecto de ley se dividió en 5
partes, a saber, 1) Generalidades del Programa de
Alimentación Escolar (PAE); 2) Contextualización
de la problemática; 3) Normatividad actual; 4)
      

Así las cosas, procederemos a desarrollar las
mismas en el presente apartado.
3.1. Programa de Alimentación Escolar (PAE)
Generalidades del Programa de Alimentación
Escolar
(I) Denición del Programa de Alimentación
(II) Unidad Administrativa Especial de
Alimentación Escolar
(III) Operadores (AS)
(IV) Manipuladores (AS)
(I) Del Programa de Alimentación Escolar
(PAE)
El Programa de Alimentación Escolar (PAE)
es una estrategia estatal que promueve el acceso
con permanencia de los niños/as, adolescentes y
  
suministro de un complemento alimentario durante
la jornada escolar, para mantener los niveles de
atención, impactar de forma positiva los procesos
de aprendizaje, el desarrollo cognitivo, disminuir el
ausentismo y la deserción y fomentar estilos de vida
saludables1.
(II) Unidad Administrativa Especial de
Alimentación Escolar, Alimentos para
Aprender
Como antecedentes de la Unidad Administrativa
Especial de Alimentación Escolar, se encuentra el
Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, que en el
parágrafo 4° del artículo 136 señala que ya no estará
a cargo del ICBF, sino del Ministerio de Educación
Nacional, toda la orientación, ejecución y articulación
del programa, de alimentación escolar, sobre la base
de estándares mínimos de obligatorio cumplimiento
para su prestación, de manera concurrente con las
entidades territoriales.
Posteriormente, la Unidad Administrativa
Especial de Alimentación Escolar fue creada por
el Plan Nacional de Desarrollo 2018-20222, con
autonomía administrativa, personería jurídica y
patrimonio independiente, su domicilio es en Bogotá
y tiene los siguientes objetivos:
   
Programa de Alimentación Escolar.
     
transparencia en la contratación del Programa
de Alimentación Escolar.
3. Ampliar su cobertura y garantizar la
continuidad con criterios técnicos de
focalización.
1 Presidente de la República. Decreto número 1852 de
2015, “por el cual se adiciona el Decreto número 1075
de 2015 Único Reglamento del Sector Educación, para
reglamentar el parágrafo 4° del artículo 136 de la Ley
1450 de 2011, el numeral 20 del artículo 6° de la Ley
1551 de 2012, el parágrafo 2° del artículo 2° de la Ley
715 de 2001 y los artículos 16, 17, 18 y 19 de la Ley 1176
de 2007, en lo referente al Programa de Alimentación Es-
colar (PAE)” Artículo 2.3.10.2.1
2 Congreso de la República. “Por la cual se expide el Plan
Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia,
Pacto por la Equidad”, artículo 189.

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