Informe de ponencia positiva para segundo debate, en sesión de Comisión, pliego de modificaciones, texto propuesto y texto aprobado en primer debate por la Comisión Sexta al Proyecto de ley número 447 de 2020 Cámara, por la cual se Reglamenta la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN) - 12 de Julio de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879263786

Informe de ponencia positiva para segundo debate, en sesión de Comisión, pliego de modificaciones, texto propuesto y texto aprobado en primer debate por la Comisión Sexta al Proyecto de ley número 447 de 2020 Cámara, por la cual se Reglamenta la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN)

Fecha de publicación12 Julio 2021
Número de Gaceta756
Página 8 Lunes, 12 de julio de 2021 Gaceta del Congreso 756
Artículo 6°. Vigencia: La presente Ley rige a partir de su promulgación y deroga
todas las disposiciones que le sean contrarias.
CAMARA DE REPRESENTANTES. COMISION SEXTA CONSTITUCIONAL
PERMANENTE. 15 de junio de 2021. En sesión de la fecha fue aprobado en
primer debate y en los términos anteriores el Proyecto de Ley No. 092 DE 2020
CÁMAR A “POR MEDIO DE LA CUAL SE PROHÍBE A LOS
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS IMPEDIR EL INGRESO Y PERMANENCIA
EN SUS INSTALACIONES A ESTUDIANTES BAJO SU CUIDADO", (Acta No.
043 de 2021) previo anuncio de su votación en ses ión ordinaria del día 8 de junio
de 2021 según Acta No. 042 de 2021; respectivamente, en cumplimiento del
artículo 8º del Acto Legislativo 01 de 2003.
Lo anterior con el fin de que el citado proyecto siga su curso legal en segundo
debate en la plenaria de la Cámara de Representantes.
OSWALDO ARCOS BENAVIDES
Presidente
DIANA MARCELA MORALES ROJAS
Secretaria General
CÁMARA DE REPRESENTANTES
COMISIÓN SEXTA CONSTITUCIONAL PERMANENTE
SUSTANCIACIÓN
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE
Bogotá, D.C., 06 de julio de 2021
Autorizo la publicación del presente informe de ponencia para segundo debate, el
pliego de modificaciones, el texto propuesto para segundo debate, y el texto
aprobado en primer debate del Proyecto de Ley No. 092 de 2020 CÁMARA
“POR MEDIO DE LA CUAL SE PROHÍBE A LOS ESTABLECIMIENTOS
EDUCATIVOS IMPEDIR EL INGRESO Y PERMANENCIA EN SUS
INSTALACIONES A ESTUDIANTES BAJO SU CUIDADO.
La ponencia para segundo debate fue firmada por los Honorables
Representantes WILMER LEAL (Coordinador Ponente), LEON FREDY
MUÑOZ.
Mediante Nota Interna No. C.S.C.P. 3.6 403 / del 6 de julio de 2021, se solicita
la publicación en la Gaceta del Congreso de la República.
DIANA MARCE LA MORALES ROJAS
Secretaria General
INFORME DE PONENCIA POSITIVA PARA SEGUNDO DEBATE EN SESIÓN DE
COMISIÓN AL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 447 DE 2020 CÁMARA
por la cual se Reglamenta la Comisión
Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN).
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE PROYECTO DE LEY
NÚMERO 447 DE 2020 C ÁMARA “POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA
COMISIÓN INTERSECTORIAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y
NUTRICIONAL CI SAN”
1. Origen y trámite del Proyecto de Ley
El Proyec to de Ley es de autorí a de los Represent antes J orge Enrique Burgos, Milene
Jaraba Dí az, Astrid Sánchez Monte s de Oca, Jorge E liécer Tamay o, Elberth Dí az Lozano,
Mónica Valencia, Mónica Raigoza, Hernando Guida Ponce, Edward Rodríguez, Niltón
Córdoba Manyom a, Erasmo Zulet a, Harold Valencia, Faber Muñoz, Anat olio Hernández,
Martha V illalba y No rma Hurtad o.
El Proyec to de ley fue r adicado el 2 0 de julio de 20 20 y le corresp ondió el núm ero 447 de
2020 en la Cámara de Representantes; publicado en la Gaceta del Congreso número 1199
de 2020, p osteriorm ente fue rem itido a la H onorable Com isión Sé ptima de la Cám ara, quien
procedi ó a designar nos como pon entes para pr imer debat e el día 5 de nov iembre de 20 20.
Fuimos nombrados como ponentes para primer debate los H onorabl es Repr esent antes
Faber Alberto Muñoz Cerón, José Luis Correa López y Omar de Jesús Restrepo Correa.
El día m artes 15 de Junio de 2 021 fue aprobad o en primer debat e el proyecto de ley 447
de 2020 p or parte de l a Honorabl e Comisión Séptima de l a Cámara de Rep resentan tes. El
día 16 de J unio de 2021 la Honorable Mesa dir ectiva procedió a designarnos como
ponentes para segundo deb ate a los Honor ables Representantes Faber Alberto Muñoz
Cerón, J osé Luis Corr ea López y Om ar de Jesús R estrepo Cor rea.
2. Objeto y explicación del articulado del Proyecto de Ley.
El Proyec to de Ley busca r eglamentar l a Comisión I ntersectori al de Seguridad Alimentari a
y Nutric ional - CISA N. Lo anterior , dentro de las competenci as fijadas por el Decreto 20 55
de 2009 p ara coordinar y seguir el Plan de coordinaci ón y seguimiento de la Política
Nacion al de Segurid ad Aliment aria y Nutri cional - P NSAN.
El text o aprobado en primer deb ate se comp one de cuatro ( 4) artícu los:
Artículo 1°- Objeto
Artículo 2°- Integración
Artíc ulo 3°- Func iones
Artículo 4°- Vigencia
3. Consideraciones generales.
3.1 Relevancia de la iniciativa:
El docum ento Conpe s Social 11 3 de 2008, s omete a con siderac ión la Polí tica Nacion al de
Seguridad Alim entari a y Nutricional . La Seguridad Alim entaria N acional se refiere a la
disponibilidad sufic iente y estable de alimentos, el acceso y el consum o oportuno y
permanente de los mismos en cantidad, cali dad e inocuidad por parte d e todas las
personas, bajo condiciones que permitan su adecuada utilización biológica, para llevar una
vida sal udable y ac tiva.
El conc epto sobre seg uridad ali mentaria y nutrici onal conteni do en el docum ento CONPES
113, parte del reconoc imiento del derecho de toda persona a n o padec er hambre
1
.La
segurid ad alimentar ia y nutrici onal es la dispon ibilidad su ficiente y est able de alim entos, el
acceso y el consu mo oportuno y p ermanente de los mism os en cant idad, calidad e
inocuidad por parte de todas las personas, bajo condiciones que permitan su adecuada
biológi ca para lle var una vid a saludable y activa
2
.
El fin último de la seguridad alimentaria y nutricional es que todas las personas tengan una
alimentación suficiente, oportuna y adecuada una persona está en privación si: 1) Carece
de la posibilidad de alcanzar una c anasta que incluya los niveles mí nimos de al imentos
necesarios para una alimentación suficiente (dimensión de los medios económicos) y 2) Si
no tiene l a posibili dad o la facul tad de transf ormar los m edios e instr umentos di sponibles (y
a los cu áles tiene acc eso) que les p ermita alim entarse de m anera adecuad a y (dimensi ón
de calid ad de vida y fin es del bienest ar). En el caso p articular de s eguridad ali mentaria y
nutri cional, el es tado o acc ión consti tutiva de l a vida es ten er una alim entación suficient e y
adecuad a y en consecu encia una vi da saludabl e y activa
3
Para dar c uenta de los avances en el ámbito de l a Seguridad A limentar ia y Nutric ional, el
país cuenta con una serie de instituciones y progr amas, que desd e diferentes s ectores
respald an este proc eso.
CUMBRE MUNDIAL SOBRE ALIMENTACIÓN 1996 Y 2002: Renovar el compromi so
1
La Declaración Univ ersal de los Dere chos Humanos, el Pacto I nternacional de D erechos Económicos,
Sociales y Culturales, reconocen el derecho fundamental de toda persona a no padecer hambre. Derecho
que también está ratif icado en las Cumbre s Mundiales sobr e Alimentación, en la Dec laración del Milen io y
en la Constitución Política de Colomb ia.
2
Documento CONPE S SOCIAL 113, Con sejo Nacional de Polític a Económica, So cial, Departamento Nac ional
de Planeación, Bogotá, 31 de Marzo de 2007.
3
Ibidem

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