Informe de ponencia positiva para segundo debate, pliego de modificaciones, texto propuesto y texto definitivo aprobado en primer debate por la Comisión Segunda del Proyecto de ley número 93 de 2021 Senado, por medio de la cual se conmemora y exalta el bicentenario de la Batalla de Bomboná: 7 de abril de 1822-2022 y se dictan otras disposiciones - 29 de Septiembre de 2021 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 879264830

Informe de ponencia positiva para segundo debate, pliego de modificaciones, texto propuesto y texto definitivo aprobado en primer debate por la Comisión Segunda del Proyecto de ley número 93 de 2021 Senado, por medio de la cual se conmemora y exalta el bicentenario de la Batalla de Bomboná: 7 de abril de 1822-2022 y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación29 Septiembre 2021
Fecha29 Septiembre 2021
Número de Gaceta1321
Página 6 Miércoles, 29 de septiembre de 2021 Gaceta del Congreso 1321
INFORME DE PONENCIA POSITIVA PARA SEGUNDO DEBATE DEL PROYECTO
DE LEY NÚMERO 93 DE 2021 SENADO
por medio de la cual se conmemora y exalta el bicentenario de la Batalla de Bomboná: 7 de abril de 1822-
2022 y se dictan otras disposiciones.
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE EN LA PLENARIA
DEL SENADO DE LA REPÚBLICA
Proyecto de Ley No. 093 de 2021 Senado “Por medio de la cual se conmemora y
exalta el bicentenario de la batalla de Bomboná: 7 de abril de 1822-2022 y se dictan
otras disposiciones”.
La presente ponencia consta de la siguiente estructura:
1. Trámite de la iniciativa
2. Objeto de la ley
3. Justificación del proyecto
4. Marco normativo
5. Jurisprudencia
6. Impacto fiscal
7. Conflicto de intereses
8. Pliego de modificaciones
9. Proposición
1. Trámite de la iniciativa
La iniciativa puesta a consideración del Congreso de la República, es un reconocimiento
a la importancia que representó la Batalla de Bombonáen el camino a laindependencia
de Colombia, porque a pesar de que ya se había librado la batalla del puente de Boyacá,
que garantizó el éxito de la Campaña Libertadora de Nueva Granada en Agosto de
1819, existían aún aquellos que se hacían llamar enemigos de la independencia, y
seguían defendiendo los derechos del rey Fernando VII, estas personas se ubicaban en
Pasto, por lo cual Simón Bolívar emprendió este enfrentamiento militar en el contexto
de las Campañas del Sur. La Batalla de Bomboná tuvo lugar el 7 de abril de 1822, y con
la victoria del ejército libertador, se obligó a los españoles a firmar una capitulación que
sellaba la liberación total de la Nueva Granada; por locual es necesario resaltar, educar
y concientizar sobre la importancia de esta Batalla, para todos los habitantes del
territorio, y especialmente los del sur de país.
El presente Proyecto de Ley fue radicado ante el Senado de la República el pasado 29
de julio de 2021. El 17 de agosto de 2021, la Comisión Segunda del Senado, mediante
el comunicado CSE-CS-CV19-0302-2021, me designó ponente dela presente iniciativa
legislativa. La ponencia positiva para primer debate se radicó el 31 de agosto de 2021 y
el Proyecto de Ley se aprobó por unanimidad en la Comisión Segundade Senado el 21
de septiembre de 2021 y la ponencia positiva para segundo debate en la Plenaria de
Senado se radicó el 28 de septiembre de 2021.
2. Objeto de la ley
El objeto de esta ley es vincular a la nación en la conmemoración del Bicentenario de la
Batalla de Bomboná: 7 de abril de 1822 - 2022, que se rinda un homenaje públicoy se
realicen reconocimientos de carácter académico, histórico, cultural, social, educativo y
ambiental a la región de impacto. En razón a que esta batalla significó la pacificación
del sur de Colombia, los departamentos de Nariño y Cauca;así como también la región
amazónica y del pacifico sur colombiano. Esta ley también contribuye al fortalecimiento
de la identidad nacional.
3. Justificación del proyecto
Se busca resaltar la importancia histórica, social y cultural de la batallade Bomboná,
para todos los Colombianos y especialmente los que residen en el sur del país, ya que
esta batalla fue el punto final que marcó la completa liberación de la NuevaGranada
de manos de los españoles, para por fin lograr la unificación de una naciente
Colombia.
Relevancia cultural
Es de gran importancia el conmemorar los acontecimientos históricos y culturales en
Colombia, sobre todo aquellos que fueron esenciales para la fundación de la nación que
hoy conocemos, y para fortalecer el sentido de pertenencia con esta. En el presente
proyecto se busca resaltar la importancia que representó la batalla de Bomboná para el
camino de la independencia total de Colombia, y así mismo educar y concientizara las
personas para que esta no sea olvidada, puesto que hoy en día la enseñanza sobre la
historia pasa a un segundo plano en todos los ámbitos educativos, cada vez es más
normal que las cátedras sobre historia pierdan importancia frente a acontecimientos y
temas modernos que parecen más relevantes. No solo es importante garantizar la
enseñanza y pedagogía de la historia, si no verificar que esta sea impartida con
lineamientos de calidad, hacer entender que esta cátedra no essobre memorizar datos y
saber fechas específicas, que más allá de eso es importante que las generaciones
entiendan la importancia económica y social de los acontecimientos históricos; para esto
es necesario el compromiso de distintos actores, como el Gobierno Nacional, las
gobernaciones y las entidades del orden municipal.
El proyecto también busca enaltecer el valor histórico de la batalla deBomboná, por lo
cual se busca incluir al ministerio de cultura, para que seautorice que en el ejerciciode
sus competencias, brinde un asesoramiento completo a la Gobernación de Nariño y las
alcaldías locales, respecto a la elaboración, el trámite, la ejecución y el financiamiento
de varios proyectos que enaltezcan el patrimonio material, su restauración y
remodelación, y el patrimonio inmaterial con la recuperación de monumentos históricos
que sirven de base para la concertación de una memoria histórica colectiva.
Además del esfuerzo por rescatar la memoria histórica nacional, este proyecto busca
que se dé visibilidad a los lugares donde ocurrieron los hechos de la Batalla de
Bomboná, específicamente lugares como La Hacienda San Antonio de Bomboná, en el
municipio de Consacá, que según encuestas realizadas por el Sistema de Información
turística de Nariño (SITUR) no representa gran valor turístico para el departamento, y
1
por tanto se ve afectado también en la generación de empleosde este sector. Así que,
como se está proponiendo, la restauración de lugares históricos busca otorgar no solo
reconocimientos culturales, sino también una mayor difusión respecto a las actividades
que se pueden realizar en estos lugares, para así ayudar al crecimientoeconómico de la
región, a la generación de empleo y a aumentar la productividad fruto del turismode
lugares históricos.
4. Marco normativo
La presente iniciativa toma como base los siguientes fundamentos legales y
constitucionales:
Artículo 70. El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso ala
cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades.
Artículo 150. Corresponde al Congreso hacer las leyes. Por medio de ellas ejerce
las siguientes funciones:
[...] 1. Interpretar, reformar y derogar las leyes [...].
[...] 15. Decretar honores a los ciudadanos que hayan prestado servicios a la patria [...]”
El numeral 15 del artículo establece como facultad del Congresode la República, por
medio de la elaboración de leyes “decretar honores a los ciudadanos que hayan prestado
servicios a la Patria”.
Adicionalmente, la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, estableció los roles de
actuación del Estado frente a la cultura, a partir de la función social del patrimonio, su
reconocimiento, aprovechamiento y protección, en coordinación con las entidades
territoriales, estableciendo como principios, entre otros, la difusión del patrimonio
cultural de la Nación.
A demás de esto, el papel del estado en relación de la cultura tiene como objetivo
primordial de la política estatal sobre la materia son la preservación del Patrimonio
Cultural de la Nación y el apoyo y el estímulo a las personas, comunidades e
instituciones que desarrollen o promuevan las expresiones artísticas y culturales en los
ámbitos locales, regionales y nacional.
5. Jurisprudencia
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Tomado de: https://siturnarino.com/estadisticas/turismo-receptor
Al respecto de las leyes de honores, la Corte Constitucional ha dispuesto,a través de la
Sentencia C-766 de 2000 dispuso al respecto: [las leyes de honores] son cuerpos
normativos en cuyas disposiciones se exaltan valores humanos que, por suascendencia
ante la comunidad, han sido considerados como ejemplo vivo de grandeza, nobleza,
hidalguía y buen vivir. (Énfasis añadido).
Luego, en Sentencia C-817 de 2011 precisó que: “La jurisprudencia constitucional ha
fijado un grupo de reglas particulares acerca de la naturaleza jurídica de las leyes de
honores, las cuales pueden sintetizarse del modo siguiente:
1. La naturaleza jurídica de las leyes de honores se funda enel reconocimiento
estatal a personas, hechos o instituciones que merecen ser destacadas
públicamente, en razón de promover significativamente, valores que
interesan a la Constitución. Como lo ha previsto la Corte, las disposiciones
contenidas en dichas normas “[...] exaltan valores humanos que, por su
ascendencia ante la comunidad, han sido considerados como ejemplo vivo de
grandeza, nobleza, hidalguía y buen vivir, y por ello se les pone como
ejemplo ante la posteridad [...]”.
2. Contrario a como sucede con la actividad legislativa ordinaria del Congreso,
las leyes de honores carecen de carácter general yabstracto, agotándose en
su expedición de manera subjetiva y concreta, respecto de la persona,
situación o institución objeto de exaltación. Entérminos de la jurisprudencia
reiterada, esta clase de leyes, debe anotarse, producen efectos particulares sin
contenido normativo de carácter abstracto. Desde el punto de vista material,
no crean, extinguen o modifican situaciones jurídicas objetivas y generales
que le son propias a la naturaleza de la ley, pues simplemente selimitan a
regular situaciones de orden subjetivo o singulares, cuyo alcance es
únicamente la situación concreta descrita en la norma, sin que sean
aplicables indefinidamente a una multiplicidad de hipótesis o casos.
Estas leyes se limitan entonces, como lo dice el artículo 150, numeral 15 de
la Constitución vigente, a “[...] decretar honores a los ciudadanos quehayan
prestado servicios a la patria [...]” y de manera alguna pueden desprenderse
de su contenido, “[...] efectos contrarios a su origen, o interpretaciones
diversas que se aparten del sentido de la ley [...]”.
3. El legislador puede adoptar diversas acciones para exaltar o asociar a la
Nación a la persona, situación u organización objeto del decretode honores,
de manera tal que las categorías avaladas por la Corte solo tienen carácter
enunciativo. Con todo, es factible identificar tres modalidades recurrentes de
leyes de honores, a saber: “[...] (i) leyes que rinden homenaje a ciudadanos;
(ii) leyes que celebran aniversarios de municipios colombianos; y (iii) leyes
que se celebran aniversarios de instituciones educativas, de valorcultural,
arquitectónico o, en general, otros aniversarios [...]”.
Por otro lado, la Sentencia C-671 de 1999 de la Corte Constitucional, expresó: “[...]
Uno de los aspectos novedosos de la Constitución de 1991, fue el de consagrar entre los
derechos fundamentales el de acceso a la cultura de todos los colombianos enigualdad
de oportunidades, norma está en la cual, además, en forma precisa y de manera

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