Informe de ponencia positiva para segundo debate, pliego de modificaciones, texto propuesto y texto aprobado en primer debate por la Comisión Quinta al Proyecto de ley número 124 de 2022 Senado, por medio del cual se declara zona de interés ambiental, turístico y ecológico del Sistema Cenagoso de la Zapatosa y la Ciénaga de Mallorquín en los departamentos del Cesar, el Magdalena y el Atlántico, se reconoce su potencial pesquero y se dictan otras disposiciones - 2 de Junio de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 934503216

Informe de ponencia positiva para segundo debate, pliego de modificaciones, texto propuesto y texto aprobado en primer debate por la Comisión Quinta al Proyecto de ley número 124 de 2022 Senado, por medio del cual se declara zona de interés ambiental, turístico y ecológico del Sistema Cenagoso de la Zapatosa y la Ciénaga de Mallorquín en los departamentos del Cesar, el Magdalena y el Atlántico, se reconoce su potencial pesquero y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación02 Junio 2023
Número de Gaceta606
Gaceta del Congreso 606 Viernes, 2 de junio de 2023 Página 23
los que surjan con posterioridad a la transferencia, sin perjuicio de las acciones
indemnizatorias que procedan según la ley.
Para el saneamiento de pasivos que afecten estos inmuebles, las asambleas
departamentales y los concejos municipales o distritales podrán implementar programas de
condonación y compensación de los impuestos que afecten los inmuebles destinados a la
reforma rural integral. En caso de que sean condonadas deudas en virtud del presente
artículo, las entidades territoriales no podrán ser penalizadas, ser objeto de ningún tipo de
sanción o ser evaluadas de forma negativa para la obtención de créditos, con motivo de
una reducción en el recaudo tributario respectivo.
ARTÍCULO 10. De los bienes en proceso de extinción de dominio.La Nación a través de la
Sociedad de Activos Especiales, o quien haga sus veces, destinará la administración
provisional de los bienes muebles e inmuebles ubicados en los Distritos establecidos por la
Constitución y la Ley que sean de interés del Distritorespectivo; mientras culmina el proceso
de declaratoria de extinción de dominio; momento en el cual el Distrito los recibirá a título
gratuito o en dación de pago por deudas de carácter fiscal de tipo territorial.
Parágrafo 1°. Para los bienes muebles e inmuebles otorgados en dación de pago; los
mismos deberán cubrir el valor total de la deuda fiscal que se pretenda saldar, sin que
queden excedentes por cruzar.
Parágrafo 2°. La cesión de la administración de los bienes de extinción de dominio no será
procedente sobre aquellos que tengan la destinación específica establecida en la Ley 1448
de 2011.
ARTÍCULO 11. Reglamentación. El Gobierno Nacional reglamentará lo dispuesto en la
presente ley dentro de los seis (6) meses siguientes a su promulgación.
ARTICULO 12. Los Alcaldes locales podrán participar en la elaboración del Plan de
Planificación Distrital para la asignación de recursos de los Planes Operativos de
inversionesen el Distrito.
ARTICULO 13. Vigencia. La presente ley rige a partir de su publicación y deroga todo lo
que sea contrario.
_________________________
ALFREDO DELUQUE ZULETA
Senador de la República
INFORME DE PONENCIA POSITIVA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 124 DE 2022 SENADO
por medio del cual se declara zona de interés ambiental, turístico y ecológico del Sistema Cenagoso
de la Zapatosa y la Ciénaga de Mallorquín en los departamentos del Cesar, el Magdalena y el Atlántico,
se reconoce su potencial pesquero y se dictan otras disposiciones.
INFORME DE PONENCIA POSITIVA PARA SEGUNDO DEBATE A PROYECTO
DE LEY NÚMERO 124 DE 2022 SENADO
“Por medio del cual se declara zona de interés ambiental, turístico y ecológico del
sistema cenagoso de la Zapatosa y la ciénaga de Mallorquín en los departamentos
del Cesar, el Magdalena y el Atlántico, se reconoce su potencial pesquero y se
dictan otras disposiciones”
Senador
INTI RAÚL ASPRILLA REYES
Presidente Comisión Quinta de Senado
Comisión Quinta Constitucional Permanente
Senado de la República
Bogotá, D.C.
Referencia: PL No. 124 de 2022 Senado ““Por medio del cual se declara zona de
interés ambiental, turístico y ecológico del sistema cenagoso de la Zapatosa y la
ciénaga de Mallorquín en los departamentos del Cesar, el Magdalena y el Atlántico,
se reconoce su potencial pesquero y se dictan otras disposiciones”
Asunto: Ponencia para segundo debate.
Ponente: Senador Didier Lobo Chinchilla
Honorable Senador:
En cumplimiento de la designación hecha por la Presidencia de la Comisión Quinta
Constitucional Permanente del Senado de la República, y de conformidad con lo
establecido en el artículo 174 y siguientes de la Ley 5a de 1992, sometemos a
consideración de las Honorables Senadoras y Senadores de la plenaria el presente
informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de Ley No. 124 de 2022
Senado ““Por medio del cual se declara zona de interés ambiental, turístico y
ecológico del sistema cenagoso de la Zapatosa y la ciénaga de Mallorquín en los
departamentos del Cesar, el Magdalena y el Atlántico, se reconoce su potencial
pesquero y se dictan otras disposiciones”.
1.1 Antecedentes del Proyecto
El Proyecto de ley número 124 de 2022 titulado “por medio del cual se declara
zona de interés ambiental, turístico y ecológico del sistema cenagoso de
Zapatosa en los departamentos del Cesar y el Magdalena, se reconoce su
potencial pesquero y se dictan otras disposiciones”, fue radicado por mi,
inspirado1 y fundamentado en la experiencia del Departamento del Atlántico
con la ciénaga del Guajaro convertida en la ley de la república, 2175 de 2021.
El proyecto de ley fue presentado el 17 de agosto de 2022, enviado a reparto
a la Comisión Quinta de Senado el 30 de agosto de 2022, que me designó
como ponente coordinador junto con el Senador MIGUEL ÁNGEL BARRETO
CASTILLO como ponente y finalmente, se le dio primer debate el 17 de mayo
de 2023.
1.2 Objeto del Proyecto
Inicialmente, cuando se presentó el proyecto de ley tenía como objeto: declarar
la ciénaga del sistema cenagoso de la Zapatosa ubicada en los departamentos
del Cesar y el Magdalena como zona de interés ambiental, turístico y ecológico
para efectos de resaltar su recuperación ambiental, implementar su estrategia
turística y resaltar su vocación pesquera que pretende promover la seguridad
alimentaria de los habitantes de la zona.
Con las modificaciones recibidas en el primer debate y con la ponencia para el
debate de plenaria el objeto es el siguiente: declarar la ciénaga del sistema
cenagoso de la Zapatosa y la ciénaga de Mallorquín ubicadas en los
departamentos del Cesar y el Magdalena y en el Distrito de Barranquilla,
Atlántico, como zona de interés ambiental, turístico y ecológico para efectos de
resaltar su recuperación ambiental, implementar su estrategia turística y
resaltar su vocación pesquera que pretende promover la seguridad alimentaria
de los habitantes de la zona.
1.3.- Ubicación y descripción del sistema cenagoso de zapatosa2
El sistema cenagoso de la Zapatosa está ubicado en el norte de Colombia, en
jurisdicción de los municipios de El Banco (Magdalena), Chimichagua,
Tamalameque, Curumaní y Chiriguaná, los cuatro últimos pertenecientes al
departamento del Cesar. Su extensión promedio es de 36.000 hectáreas (360
kilómetros cuadrados) y en épocas de inundaciones llega a 50.000 hectáreas
(500 kilómetros cuadrados)3.
En su desembocadura, el río Cesar se convierte en un río sinuoso, con un
caudal promedio de 202 metros cúbicos por segundo, en donde se forma el
espejo de agua conocido como ciénaga de Zapatosa. El Cesar nace en la
Sierra Nevada y transcurre en dirección norte-sur, en un recorrido de 380
1 Tomado como un espejo o ejemplo a seguir para el complejo cenagoso de la zapatosa que también califica o
merece tener similares beneficios a la ciénaga del Guajaro.
2 En este acápite y en muchos más citamos in extenso la investigación; “ Economía extractiva y pobreza en la
ciénaga de Zapatosa” JOAQUÍN VILORIA DE LA HOZ
3 Corpocesar. (1996). Plan decenal de manejo integral del complejo cenagoso de Zapatosa 1996-2006. Resumen
Ejecutivo, Valledupar página 420

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