Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 020 de 2014 Cámara - 10 de Septiembre de 2014 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 528233370

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 020 de 2014 Cámara

por la cual se consagra el derecho humano al agua y se dictan otras disposiciones. Bogotá D. C., 2 de septiembre de 2014

Honorable Representante

Jaime Buenahora Febres-Cordero

Presidente Comisión Primera

Cámara de Representantes

Dando cumplimiento al término establecido en el artículo 153 de la Ley 5a de 1992, me permito presentar ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 020 de 2014 Cámara, por la cual se consagra el derecho humano al agua y se dictan otras disposiciones, en los siguientes términos:

EXPOSICIÓN DEL PROYECTO

La consolidación y garantía del derecho al agua como un derecho fundamental en Colombia, requiere no solo de su consagración como un derecho fundamental en el ordenamiento jurídico, sino que ello en primer lugar reclama la consolidación de una política pública consecuente con la realidad nacional que no solo erija al agua como un derecho fundamental, sino que garantice su acceso y conservación a través de mecanismos como la preservación del ciclo hidrológico, la gestión sustentable del recurso y la coordinación institucional de todos los organismos con competencia en materia de aguas a nivel nacional, entre otros.

Estas medidas demandan un inmenso compromiso político a largo plazo y la adopción de un sinnúmero de instrumentos de naturaleza financiera y técnica sobre las cuales se construya una directriz transversal capaz de permear el aparato estatal que dote a este de las herramientas necesarias para la conservación del recurso hídrico en el país y de este modo asegurar el acceso de este a la totalidad de la población.

En este sentido, para ello es necesaria una planificación a nivel nacional, regional y local ejercida mediante planes que contengan los lineamientos generales de la actuación pública y privada en materia de aguas que garanticen:

¿ El acceso en forma equitativa al recurso hídrico.

¿ La coordinación institucional entre los organismos con competencia en materia de aguas.

¿ Criterios para seleccionar los mecanismos de acceso al recurso.

¿ Toma de decisiones sobre las políticas a nivel local, regional y nacional sobre la conservación y administración del recurso.

¿ Mecanismos de vigilancia para obtener resultados equitativos y sostenibles.

¿ Políticas para la preservación del ciclo hidrológico.

¿ Gestión sustentable del recurso.

¿ Adopción de medidas de prevención, mitigación y recomposición de recurso hídrico en el país.

¿ Promoción y gestión de acuerdos de cooperación internacional en materia de protección y políticas de gestión del agua.

¿ La capacitación y la formación para la participación en la planificación, la gestión y el control de los recursos hídricos y de los sistemas de agua potable y de saneamiento, que deberán ser promovidas por el Estado.

¿ La promoción de la investigación científica y tecnológica en materia de aguas.

¿ Los incentivos de cualquier naturaleza para su uso sustentable.

En consecuencia, quienes formulen y ejecuten estas políticas deberán dedicar tiempo y recursos para identificar las regiones con mayor vulnerabilidad para realizar un seguimiento y asegurar el acceso al recurso hídrico, así como las principales dificultades para acceder al recurso a nivel local, regional y nacional, por lo que se hace imperativo consolidar y armonizar una política nacional en el que se inserten las entidades estatales competentes y se asegure la intervención activa y coordinada de estos entes para garantizar en debida forma el derecho fundamental al agua.

Así, el espíritu de la norma debe girar en torno al establecimiento de los principios rectores de la política nacional de agua en Colombia, la reducción de las brechas en el acceso al recurso, la protección y conservación de las fuentes de agua y el ciclo hidrológico y el apoyo a las zonas del país en las que se presenta escasez del mismo. Adoptando medidas nacionales, regionales y locales que garanticen y prioricen la atención en las...

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