Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 215 de 2012 cámara 74 de 2011 senado - 6 de Junio de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451031426

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 215 de 2012 cámara 74 de 2011 senado

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 215 DE 2012 CÁMARA, 74 DE 2011 SENADOpor medio de la cual se modifica la Ley 769 y se dictan otras disposiciones. (Código Nacional de Tránsito).

Honorables Representantes:

Cumpliendo el honroso encargo que me hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Sexta de la honorable Cámara de Representantes, me permito rendir ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 215 de 2012 Cámara, 74 de 2011 Senado, por medio de la cual se modifica la Ley 769 y se dictan otras disposiciones.(Código Nacional de Tránsito), en los siguientes términos:

1. Objeto y contenido del proyecto

La iniciativa sometida a estudio que cuenta con dos artículos, de autoría de la honorable Senadora Olga Lucía Suárez Mira, aprobada en segundo debate en la plenaria del Senado de la República el 28 de marzo de 2012, tiene por objeto modificar el artículo 82 de la Ley 769 de 2002 del Código Nacional de Tránsito, adecuando la norma ya existente a las necesidades actuales, para que de manera obligatoria se establezca el uso del cinturón de seguridad no solo para el conductor y los pasajeros ubicados en los asientos delanteros sino que también se extiende esta medida para los pasajeros ubicados en los asientos traseros de los vehículos particulares, de forma tal que solo podrán viajar tantos pasajeros como cinturones de seguridad posea el vehículo.

Adicionalmente, esta medida se extiende a todos los vehículos que presten servicio de transporte escolar, el cual deberá llevar cinturón de seguridad en todos los asientos y su uso será obligatorio, medida que también se aplicará a los vehículos que presten servicio intermunicipal público de pasajeros, transporte escolar, especial, de turismo y de discapacitados.

Adicionalmente, recoge aspectos de la Resolución 19200 de 2002, a través de la cual el Ministerio de Transporte había reglamentado este artículo, estableciendo como requisito que deberán cumplir los cinturones de seguridad en los vehículos observando las características técnicas, de fijación y anclaje previstas en las normas técnicas colombianas vigentes.

Como aspecto nuevo, prevé que dentro del proceso de certificación técnico-mecánica realizada en los centros de diagnóstico automotor autorizados se deberá verificar el buen funcionamiento de los cinturones de seguridad del vehículo.

2. Marco constitucional

Estudiado el texto del proyecto de ley, la exposición de motivos, cuyo objeto es modificar el artículo 82 de la Ley 769 de 2002 del Código Nacional de Tránsito, adecuando la norma ya existente a las necesidades actuales, encontramos que la iniciativa se encuentra dentro del marco de lo preceptuado por nuestra Carta Política a través de los artículos 2° inciso 1°, 24, 150 numeral 1, 154, los cuales de manera clara y expresa establecen:

Artículo 2°. Son fines esenciales del Estado . (¿)

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

Artículo 24. Todo colombiano, con las limitaciones que establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, a entrar y salir de él, y a permanecer y residenciarse en Colombia.

Artículo 150. Corresponde al Congreso hacer las leyes. Por medio de ellas ejerce las siguientes funciones:

1. Interpretar, reformar y derogar las leyes

(¿)

Artículo 154. Las leyes pueden tener origen en cualquiera de las Cámaras a propuesta de sus respectivos...

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