Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 172 de 2011 cámara 114 de 2011 senado
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 172 DE 2011 CÁMARA, 114 DE 2011 SENADOpor medio de la cual se aprueba el ¿Convenio Interamericano sobre Permiso Internacional de Radioaficionado¿, adoptado el 8 de junio de 1995 en Montrouis, República de Haití, y el ¿Protocolo de Modificaciones al Convenio Interamericano sobre el Permiso Internacional de Radioaficionado¿, adoptado el 10 de junio de 2003 en Santiago de Chile, República de Chile.
Doctor
JUAN CARLOS SÁNCHEZ FRANCO
Presidente Comisión Segunda
Honorable Cámara de Representantes
Ciudad
Respetado señor Presidente:
En cumplimiento a la honrosa designación que me hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Segunda Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes procedo a rendir ponencia positiva para primer debate al Proyecto de Ley número 114 de 2011 Senado, 172 de 2011 Cámara, por medio de la cual se aprueba el ¿Convenio Interamericano sobre Permiso Internacional de Radioaficionado¿, adoptado el 8 de junio de 1995 en Montrouis, República de Haití, y el ¿Protocolo de Modificaciones al Convenio Interamericano sobre el Permiso Internacional de Radioaficionado¿, adoptado el 10 de junio de 2003 en Santiago de Chile, República de Chile.
Trámite legislativo
El proyecto de ley objeto de la presente ponencia fue radicado en el Senado de la República el día 7 de septiembre de 2011 por los Ministros de Comunicaciones y Relaciones Exteriores de la República de Colombia. Este texto fue el aprobado en primer debate en sesión ordinaria de la Comisión Segunda del Senado de la República, el día veintinueve (29) de noviembre del año dos mil once (2011). El día 13 de noviembre de 2011, fue aprobado en sesión plenaria del Senado de la República sin modificación alguna.
Antecedentes del proyecto
En 1914 se crea la ARRL (American Radio Relay League), que ha sido la liga de radioaficionados más grande de Estados Unidos. En 1925 se creó en Francia la IARU (International Amateur Radio Union), quien es el órgano rector de la radioafición.
Las radiocomunicaciones, incluyendo las comunicaciones por los radioaficionados, están reguladas a nivel internacional por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), un organismo de las Naciones Unidas, a través de su Reglamento de Radiocomunicaciones. Este reglamento de radiocomunicaciones define los servicios de aficionados como:
¿1.56. Servicios de aficionados: Servicio de radiocomunicación que tiene por objeto la instrucción individual, la intercomunicación y los estudios técnicos, efectuado por aficionados, esto es, por personas debidamente autorizadas que se interesan en la radiotecnia con carácter exclusivamente personal y sin fines de lucro.
1.57. Servicio de aficionados por satélite...
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