Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 142 de 2012 cámara 214 de 2012 senado - 30 de Noviembre de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451040162

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 142 de 2012 cámara 214 de 2012 senado

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 142 DE 2012 CÁMARA, 214 DE 2012 SENADOpor medio de la cual se aprueba el ¿Tratado de extradición entre la República de Colombia y los Estados Unidos Mexicanos¿, suscrito en la ciudad de México, el 1° de agosto de 2011.

Bogotá, D. C.,

Doctor

ÓSCAR DE JESÚS MARÍN

Presidente

Comisión Segunda

Honorable Cámara de Representantes

Ciudad

Respetado Presidente:

En virtud a la solicitud realizada por la Mesa Directiva de la Comisión Segunda de la honorable Cámara de Representantes y con fundamento en los artículos 150, 153 y 156 de la Ley 5ª de 1992, me permito rendir ponencia para primer debate del Proyecto de ley número 142 de 2012 Cámara, 214 de 2012 Senado, por medio de la cual se aprueba el ¿Tratado de extradición entre la República de Colombia y los Estados Unidos Mexicanos¿, suscrito en la ciudad de México, el 1° de agosto de 2011.

La extradición y algunos antecedentes de su operatividad

En Colombia la extradición se enfatiza en dar captura, a las personas que son solicitadas desde distintas partes del hemisferio, lo que en un tiempo fue lo más temido para el narcotráfico colombiano, hoy en día es una oportunidad legal para obtener beneficios en otros países, para el caso concreto de la extradición con los Estados Unidos, en donde la política criminal de ese país, permite rebajas de penas supremamente altas, por entregar los delincuentes, rutas, inmuebles, depósitos de drogas, etc. Lo anterior con la mirada pasiva, y permisiva del gobierno colombiano.

Pero el país debe hacer la reflexión con relación a los derechos de las víctimas, quienes están por encima de cualquier Tratado de Cooperación Internacional de Extradición, traigo a colación a manera de ejemplo la extradición de jefes paramilitares de Colombia a los Estados Unidos, de los cuales están siendo juzgados en su mayoría por delitos de narcotráfico, ¿Pero dónde quedan las víctimas en Colombia, de masacres, torturas, violaciones a los Derechos Humanos, reclutamiento de menores en las filas de estos grupos delincuenciales?

Nos preocupamos por enviar personas a la justicia de otro país a través de la extradición, pero no hacemos nada para realizar una verdadera política criminal en Colombia, que permita iniciar un proceso judicial que conduzca a condenar a los culpables, y que se les reconozca justicia, paz y reparación a las víctimas, y que se genere un cambio penitenciario radical.

La extradición de comandantes paramilitares en algunos casos ha obstruido el proceso de justicia y paz en nuestro país, esto queda demostrado por qué muchos de estos líderes de las AUC se niegan a dar los testimonios de su accionar criminal, evitando que los familiares de las víctimas conozcan la verdad de lo que realmente sucedió con sus familias, o en qué fosa común se encuentran enterrados, lo que evita una reconciliación en nuestra Nación.

La extradición de una persona necesariamente debe estar ligada al derecho de justicia en ambos países, tanto quien otorga la extradición como quien la concede, tiene el deber legal y constitucional de velar por que dicho mecanismo de cooperación internacional, no cercene las posibilidades de esclarecer hechos punibles cometidos por el extraditado en sus países.

Finalmente la internacionalización de la justicia penal, obliga a que se ajuste a un marco normativo, para que Colombia no abuse de extradición frente a la debilidad de su sistema criminal, y no se utilice como arma para luchar en contra de algunos grupos al margen de la ley o silenciar a otros.

FUENTES DE BIBLIOGRAFÍA/la Revista Encrucijada Americana Año 5. Número 2012 en su artículo ¿UNA REFLEXIÓN CRÍTICA SOBRE LA EXTRADICIÓN EN COLOMBIA COMO DEBILIDAD DEL SISTEMA JUDICIAL Y POLÍTICO¿ /Sentencia C-243 DE 2009 CORTE CONSTITUCIONAL /EXTRADICIÓN DERECHO PENAL INTERNACIONAL DOCTOR ÉDGAR SAAVEDRA ROJAS/

Origen del Proyecto de ley número 214 de 2012 Senado

El Proyecto de ley número 214 de 2012 Senado, fue presentado al honorable Congreso de la República por la Ministra de Relaciones Exteriores y el Ministro de Justicia y del Derecho, según registro de la Secretaría General del Senado, el 23 de marzo del presente año. Para el inicio del trámite correspondiente, se publicó en la Gaceta del Congreso número 096 de 2012.

Objeto

Por solicitud del Gobierno Nacional se busca que el Congreso apruebe el ¿Tratado de Extradición entre la República de Colombia y los Estados Unidos Mexicanos¿, suscrito en la ciudad de México, el 1° de agosto de 2011, con fundamento en lo ordenado por los artículos 150 numeral 16, 189 numeral 2 y 224 de la Constitución Política de Colombia.

Se advierte que la finalidad de suscribir este Tratado, según la voluntad de los Estados Partes, fue la de sustituir el ¿Tratado de Extradición entre Colombia y México¿, suscrito el 12 de junio de 1928, con el fin de actualizar sus disposiciones para ajustarlas a las necesidades actuales de los dos países en temas comunes como la lucha contra la delincuencia, a efectos de fortalecer la figura de la extradición como mecanismo de cooperación judicial en materia penal.

Se indica igualmente que el tratado que se somete a consideración del honorable Congreso de la República se ajusta a las actuales formas de cooperación internacional para la persecución y represión de la delincuencia, especialmente la transnacional organizada, con respeto por los principios que guían las relaciones internacionales, entre otros, los de la soberanía nacional y de no injerencia en los asuntos internos de cada Estado.

Se resalta que el...

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