Informe de Ponencia para primer debate, pliego de modificaciones y texto propuesto al Proyecto de Ley número 346 de 2023 Cámara, 19 de 2023 Senado, por la cual se reducen las barreras para la adquisición de vivienda, por medio de los créditos hipotecarios, se promueve la utilización de energías limpias para vivienda y se dictan otras disposiciones" -vivienda al alcance de todos - 11 de Abril de 2024 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 1032130621

Informe de Ponencia para primer debate, pliego de modificaciones y texto propuesto al Proyecto de Ley número 346 de 2023 Cámara, 19 de 2023 Senado, por la cual se reducen las barreras para la adquisición de vivienda, por medio de los créditos hipotecarios, se promueve la utilización de energías limpias para vivienda y se dictan otras disposiciones" -vivienda al alcance de todos

Fecha de publicación11 Abril 2024
Número de Gaceta385
G 385 Jueves, 11 de abril de 2024 Página 7
A partir de la entrada en vigencia de la
presente ley, el Gobierno nacional garantizará de
     
asegurar la gratuidad en el valor de los derechos
de inscripción de los jóvenes colombianos que se
inscriban para cursar un programa de pregrado
en una de las instituciones de educación superior
públicas, priorizando los pertenecientes a los
grupos poblacionales más vulnerables de acuerdo
      
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Departamento de Planeación Nacional.
Parágrafo.      
tendrá derecho a que le sean reconocidos hasta tres
(3) derechos de inscripción, los cuales podrá utilizar
en forma simultánea o en cualquier momento, en
todo caso sin superar el tope establecido.
Una vez el joven se encuentre matriculado en un
      
nuevamente.
Artículo 3°. Financiación. El pago de los
derechos de inscripción se realizará de acuerdo con
la disponibilidad presupuestal, el Marco Fiscal de
Mediano Plazo y el Marco de Gasto de Mediano
Plazo del Gobierno nacional.
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ley estarán a cargo del Presupuesto General de la
Nación.
Parágrafo 1°. En ningún caso lo aquí
dispuesto podrá afectar los presupuestos anuales,
ni las transferencias que por ley se realizan a las
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será exclusivamente proveniente de recursos
adicionales dispuestos por el Gobierno nacional
para dar cumplimiento a esta ley.
Parágrafo 2°. Los municipios, distritos y
departamentos quedan facultados para disponer
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inscripción de la población objeto de la iniciativa,
según lo disponga cada ente territorial.
Artículo 4º. Reglamentación. El Gobierno
nacional reglamentará la presente ley en un plazo no
superior de seis (6) meses a partir de su expedición.
Artículo 5°. Vigencia. La presente ley rige a
partir de la fecha de su promulgación y deroga las
demás disposiciones que le sean contrarias.
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE AL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 346 DE 2023 CÁMARA, 19 DE
2023 SENADO
por la cual se reducen las barreras para la
adquisición de vivienda, por medio de los créditos
hipotecarios, se promueve la utilización de
energías limpias para vivienda y se dictan otras
disposiciones” -vivienda al alcance de todos-.
Bogotá, D. C., abril de 2024
Doctora
MARÍA EUGENIA LOPERA MONSALVE
   
Permanente.
Cámara de Representantes.
E. S. D.
Asunto. Informe de Ponencia para Primer
Debate al Proyecto de Ley número 346 de 2023
Cámara, 19 Senado, por la cual se reducen las
barreras para la adquisición de vivienda, por
medio de los créditos hipotecarios, se promueve la
utilización de energías limpias para vivienda y se
dictan otras disposiciones, -vivienda al alcance de
todos-.
Respetada Presidenta:
En cumplimiento de las instrucciones impartidas
       
Constitucional Permanente de la Cámara de
Representantes y de los deberes establecidos en
la Ley 5ª de 1992, presentamos a continuación
Ponencia para Primer Debate al Proyecto de Ley
número 346 de 2023 Cámara, 19 Senado, por la
cual se reducen las barreras para la adquisición de
vivienda, por medio de los créditos hipotecarios, se
promueve la utilización de energías limpias para
vivienda y se dictan otras disposiciones -vivienda al
alcance de todos.
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 346 DE 2023
CÁMARA, 19 DE 2023 SENADO
por la cual se reducen las barreras para la
adquisición de vivienda, por medio de los créditos
hipotecarios, se promueve la utilización de
energías limpias para vivienda y se dictan otras
disposiciones” -vivienda al alcance de todos.
I. INTRODUCCIÓN
El objetivo del presente documento es realizar
un análisis detallado del Proyecto de Ley número
346 de 2023 Cámara (de ahora en adelante, “el
      
Página 8 Jueves, 11 de abril de 2024 G 385
de los cambios propuestos al ordenamiento jurídico
colombiano.
La presente Ponencia consta de las siguientes
secciones:
I. Introducción.
II. Trámite y Antecedentes.
III. Objeto y contenido del Proyecto de Ley.
IV. Argumentos de la Exposición de Motivos.
V. Marco normativo.
VI. 
VII. 
VIII. Conclusión.
IX. Impacto Fiscal
X. Declaración de impedimentos o relación de

XI. Proposición.
XII. Texto Propuesto.
II. TRÁMITE Y ANTECEDENTES
El proyecto de ley fue radicado el 27 de julio
de 2023 en la Secretaría General del Senado de
la República. Son autores de este los honorables
Congresistas: Julio Alberto Elías Vidal, José Alfredo
Gnecco Zuleta y Juan Felipe Lemos. Fue publicado
en la Gaceta del Congreso número 948 de 2023.
Luego de esto, el expediente del proyecto
        
Constitucional Permanente del Senado de la
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Ponentes a la Senadoras Norma Hurtado Sánchez
y Beatriz Lorena Ríos Cuéllar, quienes rindieron
Ponencia para Primer Debate cuya publicación tuvo
lugar en la Gaceta del Congreso número 1238 de
2023.
El día 31 de octubre de 2023, tuvo lugar la
discusión y aprobación de la iniciativa. Una vez
aprobado el proyecto de ley, se reitera la designación
de las Ponentes para Segundo Debate.
El día 6 de diciembre fue aprobado en Segundo
Debate en la Plenaria del Senado de la República,
por unanimidad.
El día 6 de marzo de 2024, fue designado como

la Cámara, el Representante Víctor Manuel Salcedo
Guerrero.
III. OBJETO Y CONTENIDO DEL
PROYECTO DE LEY
El proyecto de ley -que cuenta con 6 artículos-
pretende “incluir la posibilidad para los usuarios
de incorporar los gastos de escrituración y registro
      
establecer la responsabilidad de los bancos de cubrir

Además, se busca crear planes de socialización para
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      
desagrega como sigue a continuación:
Artículo 1°. Objeto. Incluir gastos de
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que los bancos cubran costos de avalúos.
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
Artículo 2°.      
para permitir que los derechos notariales,
impuestos y gastos de registro asociados a

vivienda a largo plazo puedan ser incluidos
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     
     
de 1999 ofrezcan a los solicitantes la opción
      
hipotecarios, con la aprobación previa del
solicitante.
Artículo 3°. Busca incorporar los derechos
notariales y gastos de registro en los
préstamos hipotecarios destinados a
viviendas de interés social.
       
solicitantes la opción de incluir los costos
de escrituración, impuestos y registro en el

solicitante. El artículo se aplica considerando
posibles tarifas más favorables para actos

• Artículo 4°. Permite a establecimientos
      
      
o metodologías adecuadas para valorar
inmuebles. Esta valoración puede realizarse
 
de mecanismos digitales, siempre que se
asegure la autenticidad, disponibilidad e
integridad de la información.
Artículo 5°. Promueve el uso de energía
solar fotovoltaica en proyectos y mejoras de
vivienda para familias de bajos recursos. El

de Vivienda y Minas y Energía, respalda esta
iniciativa.
Artículo 6°. El Fondo Nacional de Garantías

de bajos recursos que deseen adquirir
equipos de energía solar para viviendas,
priorizando áreas con problemas constantes

Artículo 7°. Para estimular la adopción de
tecnologías solares en viviendas, las entidades
     
hipotecarios los costos de adquisición e
instalación de sistemas fotovoltaicos, sin
 
 

Artículo 8°. El Ministerio de Vivienda y el
Consejo Superior de Vivienda crearán planes


una plataforma gratuita con el respaldo del
Ministerio de Tecnologías de la Información.

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