Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 24 de 2005 senado - 9 de Noviembre de 2005 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451449490

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 24 de 2005 senado

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 24 DE 2005 SENADO. por la cual se regula el contrato de afiliación de los establecimientos de comercio al sistema de tarjetas de crédito y débito.

Bogotá, D. C., octubre 25 de 2005

Doctor

JUAN MANUEL LOPEZ CABRALES

Presidente Comisión Tercera Constitucional

Senado de la República

Ciudad

Apreciado Presidente:

En cumplimiento de la honrosa designación que me hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Tercera Constitucional del Senado de la República, rindo informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 24 de 2005 Senado, por la cual se regula el contrato de afiliación de los establecimientos de comercio al sistema de tarjetas de crédito y débito.

Origen y objetivo. El proyecto es de origen parlamentario y fue presentado por el Senador Carlos Ferro Solanilla, el día 26 de julio de 2005, con el propósito de regular el contrato de afiliación de los establecimientos de comercio al sistema de tarjetas crédito y débito, para evitar el posible abuso de posición dominante en este tipo de contratos jurídicos y defender los intereses del consumidor final.

Contenido. La iniciativa consta de 15 artículos divididos en tres capítulos, en los que se fijan las reglas de juego para que los contratos de afiliación de los establecimientos de comercio al sistema de tarjetas crédito y débito se den en el marco del Estado Social de Derecho que consagra la Constitución Política de Colombia, en donde prima el interés general sobre el particular.

El proyecto fija un tope de comisión del uno punto cinco por ciento (1.5%), que será el valor máximo que la entidad administradora del sistema de tarjeta de crédito o la institución financiera que expide la tarjeta débito, podrá cobrar al establecimiento de comercio por la operación económica realizada por el tarjetahabiente en su negocio.

Trámite del proyecto. Estudiado el texto del proyecto, su marco legal y la exposición de motivos se ajustan a la Constitución Política y a la normatividad vigente, porque según el artículo 150 de la Constitución es facultad del Congreso de la República hacer las leyes, por lo tanto, es competencia del ente legislativo atender asuntos como el propuesto en la iniciativa del Senador Carlos Ferro Solanilla. Además, cumple con los artículos 154 y 158 de la Constitución, referentes a su origen y unidad de materia.

Consideraciones. El proyecto es de gran importancia para el país porque el sistema de tarjetas de crédito y débito se ha constituido en un medio de pago de utilización masiva con poder liberatorio equivalente al dinero, denominado comúnmente dinero plástico, haciéndose presente en todas las actividades de consumo, desde la adquisición de bienes propios a la canasta familiar, hasta el financiamiento de bienes y servicios suntuarios.

Para el año 2000 el número de tarjetahabientes en Colombia se acercaba a los 11.000.000 y más de 70.000 establecimientos de comercio se encontraban afiliados a los sistemas de tarjetas crédito y débito. El número de transacciones realizadas el mismo año con tarjetas crédito y débito en esos establecimientos fue de 270 millones y el valor de lo facturado en las operaciones fue superior a diez billones de pesos ($10 billones), representando casi el 6% del Producto Interno Bruto (PIB) de ese año.

Así mismo, tal y como se expresa en la exposición de motivos, la iniciativa garantiza la libertad económica y la contractual dentro del diseño de nuestro Estado Social de Derecho, encontrando sus límites en el ordenamiento jurídico donde la dirección de la economía se articula interviniendo moderadamente en las relaciones económicas de derecho privado en atención al interés social, al orden público, económico y al establecimiento de las condiciones idóneas para el desarrollo económico de la Nación y del mejoramiento de la calidad de vida de la población.

Tener una tarjeta de crédito o débito ya no es un lujo sino una necesidad, porque las condiciones de seguridad que existen en el país impiden que las personas carguen grandes sumas de dinero en sus billeteras. Además, el pago con dinero plástico tiene incentivos tributarios como la devolución de dos puntos del impuesto a las ventas que actualmente rige en la legislación colombiana.

El proyecto de ley sin duda alguna alivia y protege al comerciante, porque en la actualidad los contratos de afiliación de los establecimientos de comercio al sistema de tarjetas crédito y débito pagan una de las comisiones más altas del mundo por las operaciones económicas que el tarjetahabiente realiza en sus negocios. Esas comisiones...

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