Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 157 de 2015 Senado - 28 de Abril de 2015 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 568194854

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 157 de 2015 Senado

por medio de la cual se prorroga el artículo 155 de la Ley 1448 de 2011. Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras; ampliando el periodo para que las víctimas presenten ante el Ministerio Público solicitud de inscripción en el Registro Único de Víctimas y se dictan otras disposiciones. Acumulado con el Proyecto de ley número 140 de 2015 Senado. Doctor

Juan Manuel Galán Pachón

Presidente Comisión Primera

Honorable Senado de la República

E.S.M.

Referencia: Proyecto de ley número 157 de 2015 Senado, por medio de la cual se prorroga el artículo 155 de la Ley 1448 de 2011. Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras; ampliando el periodo para que las víctimas presenten ante el Ministerio Público solicitud de inscripción en el Registro Único de Víctimas y se dictan otras disposiciones¨. Acumulado con el Proyecto de ley número 140 de 2015 Senado.

En los siguientes términos rindo el informe de primer debate del proyecto de la Referencia, al cual fui designado como ponente por la Mesa Directiva de Comisión Primera de Senado.

Antecedentes del proyecto:

El 17 de marzo del presente año fue radicado en Secretaría General de Senado el Proyecto de ley número 140 de 2015, por la cual se prorroga el artículo 155 de la Ley 1448 de 2011 ¿Ley de Víctimas y Restitución de Tierras¿, respecto del período de toma de declaración para la solicitud de inscripción en el Registro Único de Víctimas, presentado por el Procurador General de la Nación doctor Alejandro Ordóñez Maldonado y como coadyuvantes los honorables Senadores Manuel Enríquez, Roy Barreras, Juan Manuel Galán y otros. Este proyecto fue consignado en la Gaceta del Congreso número 125 de 2015.

Este proyecto tenía por objeto la prórroga del artículo 155 de la Ley 1448 de 2011, bajo la justificación de que la vigencia del mismo para hacer el registro de víctimas se cumple el 10 de Junio de 2015 y que hasta el momento no se ha podido atender la totalidad de la población que tiene derecho debido a los problemas de cobertura que se han presentado y a la implementación hasta hace 2 años de la inscripción de las víctimas colectivas.

Es por ello que en el proyecto de ley presentado por el señor Procurador General de la Nación se argumenta que ¿(e)n consecuencia y ante la imposibilidad de que al 10 de junio de 2015, se le haya garantizado a la totalidad de la población que se considere víctima del conflicto, la activación del sistema para hacer efectivas las medidas a las que considera tiene derecho, a través de la declaración ante el Ministerio Público de los hechos victimizantes y de la solicitud de su inclusión en el Registro Único de Víctimas, este proyecto de ley pone en consideración del órgano legislativo la prórroga por un (1) año del artículo 155 de la Ley 1448 de 2011, a fin de ampliar el plazo o tiempo establecido para el ejercicio de tal derecho, a partir de la promulgación de la ley, y así entregar a las víctimas una garantía material a su solicitud de inclusión en el Registro Único de Víctimas, hasta el año 2016[1][1]¿.

El día 22 de abril de 2015 fue radicado en Secretaría General de Senado el Proyecto de ley número 156 de 2015, por medio de la cual se prorroga el artículo 155 de la Ley 1448 de 2011. Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras. Ampliando el periodo para que las víctimas presenten ante el Ministerio Público solicitud de inscripción en el registro único de víctimas y se dictan otras disposiciones, presentado por la honorable Representante Clara Rojas. Este proyecto fue consignado en la Gaceta de Congreso número 228 de 2015.

El presente proyecto tiene por objeto, al igual que el Proyecto de ley número 140 de 2015 Senado, prorrogar el artículo 155 de la Ley 1448 de 20011 pero por un término de dos años. Ad icional trata otras disposiciones que formalizan aspectos que la jurisprudencia ya ha establecido.

El día 28 de abril de 2015 la Mesa Directiva de la Comisión Primera de Senado, mediante Acta MD-31, teniendo en cuenta que el objeto principal de ambas iniciativas es ampliar la vigencia del artículo 155 de la Ley 1448 de 2011, decidió acumular ambos proyectos.

Contenido del proyecto:

El presente proyecto de ley acumulado tiene por objeto realizar ajustes a la Ley 1448 de 2011, adecuando la misma a la realidad del conflicto, la situación de las víctimas y el desarrollo jurisprudencial en materia de garantías, beneficios y derechos.

Esta iniciativa busca en su primer artículo dotar de una mayor garantía a las víctimas del conflicto armado en lo que respecta a la inscripción en el Registro Único de Víctimas ampliando la vigencia del artículo 155 de la Ley 1448 de 2011 por dos años.

En el artículo 2° se busca que la Autoridad Nacional de Televisión conceda un minuto en televisión nacional en franja de alta audiencia para que se informe a todos los colombianos y colombianas, y en especial a las víctimas, en que conste el programa de víctimas y cómo se accede a este.

En el artículo 3° pretende formalizar el concepto de desplazamiento ¿intraurbano¿ como una forma de desplazamiento para que el operador no desconozca los avances que ha realizado la jurisprudencia.

En su artículo 4° el proyecto pretende ¿garantizar el acceso real y efectivo de las víctimas del conflicto armado al beneficio de exención de prestar servicio militar y que respecto de la obtención de la libreta militar, la misma se pueda obtener sin mayores obstáculos que el cumplimiento de los requisitos que ya impone la ley, sin revictimización, sin cobros extraordinarios y sin incorporaciones...

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