Informe de Ponencia para Primer Debate al Proyecto de Acto Legislativo 091 de 2016 Cámara
por medio de la cual se modifican los artículos 303, 314 y 323 de la Constitución Política de Colombia. Bogotá, D. C., octubre 12 de 2016
Presidente
TELÉSFORO PEDRAZA ORTEGA
Comisión Primera
Cámara de Representantes
Referencia: Informe de ponencia para primer debate del Proyecto de Acto Legislativo número 091 de 2016 Cámara, por medio de la cual se modifican los artículos 303, 314 y 323 de la Constitución Política de Colombia.
Respetado Presidente:
En cumplimiento a la designación hecha por la Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional de la Cámara, por medio de la presente rendimos informe de ponencia para primer debate del Proyecto de Acto Legi slativo número 091 de 2016 Cámara, por medio de la cual se modifican los artículos 303, 314 y 323 de la Constitución Política de Colombia, con el fin de que se ponga a consideración para discusión de la Honorable Cámara de Representantes.
Trámite de la iniciativa
El 11 de agosto de 2016 se radicó en la Secretaría General de la Cámara, el Proyecto de Acto Legislativo número 091 de 2016 Cámara, por medio de la cual se modifican los artículos 303, 314 y 323 de la Constitución Política de Colombia, de iniciativa de los congresistas, honorables Representantes Rodrigo Lara Restrepo, Fabián Gerardo Castillo Suárez, Carlos Alberto Cuenca Chaux, Karen Violette Cure Corcione, Carlos Abraham Jiménez López, Hernando José Padaui Álvarez, José Luis Pérez Oyuela, Eloy Chichi Quintero Romero, Édward David Rodríguez Rodríguez, Jorge Enrique Rozo Rodríguez.
La iniciativa fue publicada en la Gaceta del Congreso número 614 de 2016 y remitido a la Comisión Primera para su estudio, pues de conformidad con la Ley 3ª de 1992, la clase de asuntos que pretende regular este proyecto de ley son conocidos por esta célula administrativa. El 26 de agosto de 2016 fue recibido en la Comisión Primera.
Por designación de la Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional de la Cámara, del 5 de septiembre de 2016, fueron nombrados como ponentes los Representantes Albeiro Vanegas Osorio ¿C¿, Pedrito Tomas Pereira Caballero, Silvio José Carrasquilla Torres, Angélica Lisbeth Lozano Correa, Samuel Alejandro Hoyos Mejía, Rodrigo Lara Restre po, Carlos Germán Navas Talero y Fernando de la Peña Márquez.
Objeto del proyecto de ley
Este proyecto de ley propone una adición a los artículos 303, 314 y 323 de la Constitución Política, con el fin de implementar una segunda vuelta en las elecciones de los 32 gobernadores y los alcaldes de municipios con 150.000 o más habitantes, mediante la creación de un sistema de balotaje a nivel municipal y departamental, con el objetivo de elegir estos mandatarios locales y regionales por la mitad más uno de los votos que depositen los ciudadanos, tal como está consagrado en la Carta en el artículo 190 para las elecciones presidenciales.
Justificación del proyecto
Existe en la actualidad una crisis de representatividad a nivel de los ejecutivos locales por cuanto quienes gobiernan los municipios y departamentos, por regla general, ganan las elecciones con votaciones mínimas respecto del total del correspondiente censo electoral.
Por lo anterior, al establecerse un modelo de elección de mayoría simple, se permite que ¿consecuencia de los altos niveles de abstención electoral¿ la persona que detenta el poder municipal o departamental, sea elegida con cifras que oscilan entre el 30 y el 40% del total de los votos, como ha ocurrido por ejemplo en las últimas dos elecciones en el Distrito Capital.
Por la importancia que reviste el municipio como estructura administrativa nodal del sistema político colombiano ¿1.122 m unicipios¿ y el departamento, es sensato pensar en realizar una segunda vuelta en los casos en que no exista una mayoría absoluta de algún candidato en el resultado de los comicios electorales. De esta manera, se garantizaría una mayor estabilidad en la gobernabilidad tanto de los alcaldes como de los gobernadores que sean elegidos a través del sistema de balotaje por cuanto revestirán de una mayor legitimidad para ejecutar su programa de gobierno.
Del mismo modo, es importante tener en cuenta que este esquema de elección o bien fortalecerá a los partidos políticos en términos programáticos para presentar sus candidatos a nivel local o acercará a los partidos afines para lograr una elección en primera vuelta sobre la base de un programa de gobierno fuertemente respaldado por la comunidad, lo cual puede conllevar al fortalecimiento de la democracia municipal y departamental.
Actualmente el censo electoral nacional es de 34.899.945 ciudadanos. Existen 1.122 municipios en Colombia. La abstención promedio para alcaldías en el año 2015 fue 59.44% (votaron 20 millones de 33 millones) y para gobernaciones fue del 60.55% (votaron 17 millones de 28 millones)[1][1].
Así las cosas, además de la falta de legitimidad que tienen los ejecutivos locales pues en la mayoría de los municipios son elegidos con menos de la mitad de los votos, también es evidente la abstención en las elecciones locales. A pesar de ello, la Ley 1757 de 2015, artículo 34, permite el abstencionismo activo y tal como lo ha señalado la Corte Constitucional ¿[l]a abstención es considerada como una decisión política válida, una expresión de rechazo, individual o colectiva de unos ciudadanos libres, acerca de unas propuestas de reforma constitucional que son sometidas a la aprobación del pueblo, que está llamada a producir determinados efectos jurídicos y que goza de una debida protección constitucional. Otro tanto sucede con los demás mecanismos de participación ciudadana¿.[2][2]
Aclaremos que de los 1.122 municipios, solo 37 tienen más 150.000 habitantes, tal como se enuncia a continuación (Cuadro 1).
Cuadro 1.
POBLACIÓN MUNICIPALES POR ÁREA
N° | Departamento | Municipio | 2015 | 2016 |
1 | Antioquia | Medellín | 2.464.322 | 2.486.723 |
2 | Antioquia | Apartadó | 178.257 | 183.716 |
3 | Antioquia | Bello | 455.807 | 464.560 |
4 | Antioquia | Envigado | 222.410 | 227.599 |
5 | Antioquia | Itagüí | 267.872 | 270.920 |
6 | Antioquia | Turbo | 159.268 | 163.525 |
7 | Atlántico | Barranquilla | 1.218.737 | 1.223.967 |
8 | Atlántico | Soledad | 615.349 | 632.014 |
9 | Bogotá, D. C. | Bogotá, D. C. | 7.878.783 | 7.980.001 |
10 | Bolívar | Cartagena | 1.001.680 | 1.013.454 |
11 | Boyacá | Tunja | 188.340 | 191.878 |
12 | Caldas | Manizales | 396.102 | 397.488 |
13 | Caquetá | Florencia | 172.341 | 175.395 |
14 | Cauca | Popayán | 277.441 | 280.107 |
15 | Cesar | Valledupar | 453.205 | 463.218 |
16 | Córdoba | Montería | 441.260 | 447.716 |
17 | Cundinamarca | Soacha | 511.262 | 522.442 |
18 | Huila | Neiva | 342.221 | 344.130 |
19 | La Guajira | Riohacha | 259.509 | 268.758 |
20 | La Guajira | Maicao | 157.054 | 159.675 |
21 | La Guajira | Uribía | 174.287 | 180.385 |
22 | Magdalena | Santa Marta | 483.722 | 491.387 |
23 | Meta | Villavicencio | 484.429 | 495.200 |
24 | Nariño | Pasto | 440.040 | 445.511 |
25 | Nariño | Tumaco | 199.659 | 203.971 |
26 | Quindío | Armenia | 296.691 | 298.197 |
27 | Risaralda | Pereira | 469.644 | 472.023 |
28 | Risaralda | Dosquebradas | 198.874 | 200.829 |
29 | Santander | Bucaramanga | 527.985 | 528.352 |
30 | Santander | Barrancabermeja | 191.768 | 191.704 |
31 | Santander | Girón | 180.305 | 185.248 |
32 | Santander | Piedecuesta | 149.219 | 152.665 |
33 | Sucre | Sincelejo | 275.218 | 279.027 |
34 | Tolima | Ibagué | 553.526 | 558.815 |
35 | Valle del Cauca | Cali | 2.369.829 | 2.394.870 |
36 | Valle del Cauca | Buenaventura | 399.619 | 407.539 |
37 | Norte de Santander | Cúcuta | 649.983 | 656.414 |
Fuente: DANE. Proyecciones de población municipal por área.
En estos municipios, para las elecciones locales del 2015, a continuación se anuncia el número total de votaciones por municipio y el ganador a alcaldía cuántos votos y qué porcentaje obtuvo (Cuadro 2).
VOTACIONES PARA ALCALDES 2015 - GANADORES POR MUNICIPIO CON MÁS DE 150,000 HABITANTES[3] [3]
Municipio | Votación | Porcentaje | Alcalde |
Medellín | 49,55% | % | 35,81% |
No. de Votos | 246.221 | ||
Apartadó | 56,12% | % | 43,68% |
No. de Votos | 20.333 | ||
Bello | 49,36% | % | 36,96% |
No. de Votos | 54.543 | ||
Envigado | 48,36% | % | 36,44% |
No. de Votos | 37.930 | ||
Itagüí | 50,46% | % | 50,16% |
No. de Votos | 57.485 | ||
Turbo | 59,07% | % | 52,82% |
No. de Votos | 24.572 | ||
Barranquilla | 54,69% | % | 73,28% |
No. de Votos | 355.844 | ||
Soledad | 62,24% | % | 46,20% |
No. de Votos | 67.111 | ||
Bogotá, D.C. | 51,54% | % | 33,18% |
No. de Votos | 906.058 | ||
Cartagena | 52,53% | % | 37,52% |
No. de Votos | 127.440 | ||
Tunja | 67,64% | % | 32,53% |
No. de Votos | 24.818 | ||
Manizales | 56,83% | % | 29,32% |
No. de Votos |
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