Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 115 de 2016 Cámara - 7 de Octubre de 2016 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 651614029

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 115 de 2016 Cámara

por medio de la cual se modifica parcialmente la Ley 1209 de 2008 y se dictan otras disposiciones. Trámite del proyecto

Origen: Congresual

Autor: Honorable Representante Alfredo Rafael Deluque Zuleta

Antecedentes

La presente iniciativa es presentada a consideración del Congreso de la República por el honorable Representante Alfredo Rafael Deluque Zuleta, radicada el pasado 18 de agosto de 2016, publicada en la Gaceta del Congreso número 652 de 2016.

Hoy rindo ponencia para primer debate debido a que fui designado como único coordinador ponente, acto notificado mediante comunicación recibida el 31 de agosto de 2016.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Objetivo

La presente ley tiene por objeto ampliar el ámbito de aplicación de la Ley 1209 de 2008 para que bajo su regulación se encuentren todas las piscinas y estructuras similares que tengan una profundidad mayor a 30 centímetros, indistintamente del número de posibles usuarios y su titularidad.

Contexto

El ahogamiento de niños y niñas es la segunda causa de mortalidad infantil por causa externa en Colombia y en el mundo. Según cifras del DANE 2015, entre los años 2004 a 2015 han muerto por ahogamiento 3.843 menores de 0 a 14 años de edad. Esta cifra resulta ser muy alarmante, así como el hecho de que por cada niño que se ahoga, 4 sufren semiahogamiento, lo que significa que es necesario seguir tomando medidas de prevención y de protección para nuestros niños y niñas.

El semiahogamiento deja en los niños discapacidades que pueden ser permanentes o transitorias, afectando el aprendizaje, el desarrollo mental cognitivo y sicomotor. Así como pueden presentar dificultades para recordar, trastornos de atención y problemas emocionales, como lo expone el padre de sicomotricidad, doctor Henri Wallon.

Son los menores de 5 años los que se encuentran en mayor riesgo porque sienten una atracción innata por el agua, no pueden entender el peligro y escapan fácilmente de la supervisión de los adultos, razón por la cual, los testigos en un ahogamiento siempre han manifestado que en este evento, en niños pequeños, es silencioso porque por lo general ellos no producen ruido al caer y van directamente al fondo.

En la siguiente tabla se muestra la estadística por edades del número de niños y niñas ahogados en Colombia, entre los años 2004 y 2015:

CONSULTAR GRÁFICO EN FORMATO PDF

Fuente: DANE 2015.

Las estadísticas han sido decisivas para que los Estados hayan iniciado la implementación de normas que regulan la seguridad en piscinas, haciéndolas más estrictas en los meses de verano o vacaciones, considerando que ningún costo adicional en las medidas de seguridad se compara con la pérdida de la vida o la salud de un ser humano y menos de un niño.

En Colombia se expidió la Ley 1209 del 2008 ¿por medio de la cual se establecen normas de seguridad en piscinas¿, regulación que se ha convertido en un referente para otros países como Brasil y Chile, quienes han empezado a construir su reglamentación basados en ella, reconocida también en los Estados Unidos como una de las normas más completas en esta materia; sin embargo, con este proyecto presento modificaciones tendientes a que sea mucho más protectora y preventiva.

Inicialmente la Ley de Piscinas nació por la necesidad de evitar, principalmente, más ahogamientos infantiles, que en promedio enlutaban una familia colombiana por día, ya que el clima tropical colombiano permite el uso de piscinas y ambientes similares durante todo el año, situación que aumenta el riesgo, si no se toman las medidas preventivas.

La siguiente tabla ilustra el número de niños y niñas ahogados por departamento en el período comprendido entre 2006 y 2015, revelando a Antioquia como el departamento con mayor cifra, seguido de Valle del Cauca, Bolívar y Córdoba.

NÚMERO DE NIÑOS AHOGADOS POR DEPARTAMENTO

CONSULTAR GRÁFICO EN FORMATO PDF

Fuente: DANE 2015.

Por su parte, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, revela que en el 2015 perdieron la vida 54 niñas y 121 niños menores de 14 años de edad a causa de accidentes por inmersión o sumersión, con estadísticas que arrojan un promedio de muerte por ahogamiento de un menor cada 48 horas.

Según cifras del DANE, de enero a marzo de 2016 han fallecido 10 niñas y 18 niños por ahogamiento.

La dimensión y gravedad del problema también ha llevado a la creación de diferentes organizaciones gubernamentales y privadas en el mundo, dedicadas únicamente a la prevención de ahogamientos. En Colombia, una de las abanderadas es la ¿Fundación Mari ana Novoa¿, cuyo principal objetivo misional es la seguridad y prevención de accidentes infantiles.

Toda la prevención que se ha generado alrededor de esta problemática ha hecho eco positivo, a tal punto que las estadísticas de los últimos años han empezado a mostrar una disminución del 62% en la mortalidad infantil por este factor, como lo evidencia la siguiente gráfica:

AHOGAMIENTO Y SUMERSIÓN NIÑOS DE 0 A 14 AÑOS

2004 -2015

CONSULTAR GRÁFICO EN FORMATO PDF

Fuente: DANE 2015.

Según fuente de la Policía Nacional, durante las vacaciones de diciembre de 2015 a enero de 2016, se han registrado 16 ahogamientos, de los cuales 11 son niños menores de 14 años. Mirando los acontecimientos de los últimos años se ha demostrado, que desconocer el riesgo y la ausencia de las medidas de seguridad, nos hace vulnerables a todos y en cualquier lugar.

Así las cosas, el Estado debe implementar estrategias y campañas constantes que divulguen el contenido de esta ley que hasta el momento solo ha sido difundida por pequeñas organizaciones privadas, y debe velar por que las piscinas y los ambientes similares en Colombia cumplan cada uno de los lineamientos que el legislador consagra, con el fin de lograr la disminución de factores de riesgo del ahogamiento infantil.

Es importante aclarar que la seguridad física en piscinas, está dada en tres niveles que en conjunto disminuyen el peligro que representan los cuerpos de agua en todas las personas, estos son: supervisión de los menores, dispositivos de seguridad y capacitación, los cuales se describen de la siguiente manera:

Nivel 1: Supervisión

¿ Mantener a los niños en permanente contacto visual y al alcance de la mano es la medida más importante de seguridad dentro y alrededor del agua.

¿ Nunca dejar un niño solo en el agua ni por un segundo.

¿ Si un niño se pierde, buscar primero en la piscina.

¿ Nunca dejar un niño solo en la bañera. Alistar de antemano todos los elementos para el baño.

¿ Desocupar baldes y contenedores de agua después de usarlos.

¿ Almacenar los contenedores de agua fuera de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR