Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 028 de 2016 Cámara - 7 de Octubre de 2016 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 651614037

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 028 de 2016 Cámara

por la cual se establece la cátedra de educación financiera en la educación básica y media en Colombia. Bogotá, D. C., octubre 5 de 2016

Doctor

IVÁN DARÍO AGUDELO ZAPATA

Presidente

Comisión Sexta

Cámara de Representantes

Ciudad

Referencia: Informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 028 de 2016 Cámara

En mi condición de Ponente designada por la Mesa Directiva de la Comisión Sexta Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 156 de la Ley 5ª de 1992, me permito rendir informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 028 de 2016 Cámara, por la cual se establece la cátedra de educación financiera en la educación básica y media en Colombia.

Antecedentes legislativos del proyecto

La iniciativa fue radicada ante la Secretaría General de la Cámara de Representantes por el honorable Senador Antonio Guerra de la Espriella,

En el mes de julio del año 2014 se puso a consideración del Congreso una iniciativa semejante, el Proyecto de ley número 49 de 2014 Senado, 165 de 2015 Cámara, por los honorables Senadores Antonio Guerra de la Espriella, Eugenio Prieto Soto, Carlos Fernando Motoa, Daira Galvis y Rosmery Martínez Rosales.

Consideraciones generales

Fundamentos legales y constitucionales

El presente proyecto de ley tiene una extensa fundamentación en el marco de la ley y la Constitución, estando este profundamente ligado al desarrollo de los objetivos de la educación y la autonomía institucional. De esta forma se plantea desarrollar los preceptos consagrados en los artículos 67 de la Constitución Política, el 5° y 77 de la Ley 115 de 1994 y el objeto principal de Ley 1328 de 2009.

Así, los mencionados fundamentos jurídicos son los siguientes:

Artículo 67 de la Constitución Política: ¿La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.

La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.

El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo un año de preescolar y nueve de educación básica.

La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos.

Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo.

La Nación y las entidades territoriales participarán en la dirección, financiación y administración de los servicios educativos estatales, en los términos que señalen la Constitución y la ley¿.

Artículo 5° de la Ley 115 de 1994: ¿Fines de la educación. De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines:

1. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.

2. La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.

3. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

4. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios.

5. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber.

6. El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad.

7. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el...

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