Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 130 de 2016 Cámara - 21 de Octubre de 2016 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 651810477

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 130 de 2016 Cámara

por medio de la cual se crean los Consejos de Residentes en el Exterior y se dictan otras disposiciones. Bogotá, D. C., 20 de octubre de 20 16

Honorable Representante

JOSÉ LUIS PÉREZ OYUELA

Presidente Comisión Segunda Constitucional

Cámara de Representantes

Asunto: Informe de Ponencia para Primer Debate al Proyecto de ley 130 de 2016 Cámara, por medio de la cual se crean los Consejos de Residentes en el Exterior y se dictan otras disposiciones.

Respetado señor Presidente:

En cumplimiento del encargo hecho por la Mesa Directiva de la Comisión Segunda Constitucional Cámara de Representantes y acatando lo establecido en la Ley 5ª de 1992, Reglamento del Congreso, procedemos a rendir ponencia positiva para primer debate, al Proyecto de ley 130 de 2016 Cámara, por medio de la cual se crean los Consejos de Resident es en el Exterior y se dictan otras disposiciones.

1. Antecedentes

Título: ¿Por medio de la cual se crean los consejos de residentes en el exterior y se dictan otras disposiciones¿

Fecha de radicación Cámara: agosto 24 de 2016

Número: 130-2016 Cámara

Origen: Congresional

Tipo: Ley Ordinaria

Autores: honorables Representantes Jaime Buenahora Febres, Ana Paola Agudelo García, Eduardo Crissien Borrero, Alfredo Rafael Deluque Zuleta, Eduardo Agatón Díaz Granados Abadía, Efraín Antonio Torres Monsalvo, Jaime Armando Yepe s Martínez.

Publicación Gaceta del Congreso número 684 de 2016.

2. Síntesis del proyecto de ley

Los colombianos residentes en el exterior viven diferentes realidades dependiendo de la situación política, económica, social y cultural del país receptor. Por ejemplo, un colombiano en Venezuela vive una situación distinta a la que vive un colombiano en Estados Unidos o España. Es por eso, que este proyecto de ley tiene por objeto crear los Consejos de Residentes en el Exterior (CRE) con el fin de que se constituyan como un espacio de diálogo y cooperación entre connacionales de cada jurisdicción consular para encauzar sus principales inquietudes hacia las respectivas representaciones consulares, gracias al conocimiento que cada colonia tiene de sus propias circunstancias.

Asimismo, este proyecto de ley busca fomentar en los colombianos residentes en el exterior la participación en la vida política de Colombia, el acercamiento y sensibilización de los ciudadanos inmigrantes en el nuevo contexto social, económico y cultural en que se encuentran, y difundir las medidas de interés general adoptadas por las autoridades nacionales.

3. Normatividad

La Constitución Política de Colombia garantiza el derecho de participación democrática en sus artículos 103, 270, desarrollado por la Ley 134 de 1994 del 31 de mayo de 1994, por la cual se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana, que concretamente vienen a establecer los siguientes instrumentos de participación política:

La iniciativa popular legislativa y normativa; el referendo; la consulta popular, del orden nacional, departamental, distrital, municipal y local; la revocatoria del mandato; el plebiscito y el cabildo abierto.

En el año 2011, y a raíz del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, Prosperidad para Todos, se creó el Programa Colombia nos Une, creado especialmente para vincular a los colombianos en el exterior y hacerlos sujetos de políticas públicas, gestionado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la dirección de asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano.

Por otra parte, se promulgó la Ley 1465 de 2011, que creó el Sistema Nacional de Migraciones, que en su artículo 4°, estableció dentro de sus objetivos, fortalecer los canales de comunicación de los colombianos en el exterior. Así mismo, en sus artículos 5° y 7°, creó mecanismos con los cuales se tenía por objetivo generar espacios de participación e integración de la población colombiana en el exterior.

4. Contenido y Alcance del proyecto de ley

Esta iniciativa se encuentra conformada por 11 artículos, que responden claramente qué son los Consejos Residentes en el Exterior, cómo se conforman y se constituyen, cuándo se inicia su proceso de elección, quiénes hacen parte de ellos, para qué sirven, quiénes se benefician, y cuáles son sus funciones. El articulado puede sintetizarse de la siguiente manera:

Artículo 1°. Objeto de la ley. Crear los Consejos de Residentes en el Exterior (en adelante CRE).

Artículo 2°. Naturaleza de los CRE. Son una instancia asociativa y representativa autónoma e independiente, sin ánimo de lucro, que no se encuentra dentro de la estructura orgánica del Estado y que no constituye un ente interventor, supervisor o fiscalizador de la respectiva oficina consular.

Artículo 3°. Finalidad. Es finalidad de los CRE constituir un espacio de diálogo y cooperación entre la comunidad y los consulados para la atención a necesidades y apoyo a la misión consular.

Artículo 4°. Composición. Los CRE están conformados por un número máximo de cinco (5) y mínimo de tres (3) miembros llamados consejeros, por 4 años sin reelección.

Artículo 5°. Requisitos para ser consejero.

Artículo 6°. Reuniones. Sobre la...

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