Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 063 de 2016 Cámara - 11 de Noviembre de 2016 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 653310357

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 063 de 2016 Cámara

por la cual se rinde honores a la memoria de Jorge Eliécer Gaitán Ayala y se dictan otras disposiciones. Bogotá, D. C., 8 de noviembre de 2016

Honorable Representante

JOSÉ LUIS PÉREZ OYUELA

Presidente

Comisión Segunda Constitucional

Cámara de Representantes

En cumplimiento del encargo hecho por la Mesa Directiva de la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes con fundamento en los artículos 150, 153 y 156 de la Ley 5ª de 1992, me permito rendir ponencia para primer debate en la Comisión Segunda de la honorable Cámara de Representantes, al Proyecto de ley número 063 de 2016 Cámara, por la cual se rinde honores a la memoria de Jorge Eliecer Gaitán Ayala y se dictan otras disposiciones.

Origen y trámite del proyecto

Se radicó en Secretaría General de la Cámara de Representantes, el 3 de agosto de 2016 el proyecto de ley a iniciativa de los siguientes congresistas:

Honorable Representante Clara Leticia Rojas González

Honorable Representante Fabio Arroyave

Honorable Representante Carlos Julio Bonilla

Honorable Representante Nancy Denise Castillo

Honorable Representante Germán Carlosama

Honorable Representante Nilton Córdoba

Honorable Representante Alejandro Chacón

Honorable Representante Antenor Durán

Honorable Representante Ángel María Gaitán

Honorable Representante Edgar Gómez Román

Honorable Representante Harry González

Honorable Representante Kelyn González

Honorable Representante Óscar Hurtado

Honorable Representante Pedro de Jesús Orjuela

Honorable Representante Diego Patiño Amariles

Honorable Representante Miguel Ángel Pinto

Honorable Representante Crisanto Pizo

Honorable Representante Rafael Romero

Honorable Representante Óscar Sánchez

Honorable Representante Hernán Sinisterra

Honorable Representante José Neftalí Santos

Honorable Representante Ángelo Villamil

Honorable Senador Juan Manuel Galán

El proyecto, con su respectiva exposición de motivos fue publicado en la Gaceta del Congreso número 601 de 2016. Por competencia y contenido se remitió a la Comisión Segunda que, conforme a la Ley 3ª de 1992, determina que este tipo de asuntos los conoce dicha célula legislativa.

Constitucionalidad y pertinencia

El artículo 72 de la Constitución Política señala que el Patrimonio Cultural de la Nación está bajo la protección del Estado y que los bienes culturales conforman la identidad nacional, la cual pertenece a la nación.

De conformidad con lo expuesto en el proyecto de ley, esta iniciativa se ajusta a las disposiciones constitucionales y legales que desarrollan principios fundamentales, tales como el Estado Social de Derecho, la democracia de participación y los principios de igualdad, solidaridad y concurrencia, entre otros.

Igualmente, nuestra Carta Política en su artículo 150 numeral 15 faculta al Congreso para decretar honores que exalten el aporte de ciudadanos a la construcción de la nacionalidad y, por lo tanto, es competente para presentar, debatir y aprobar el proyecto de ley en mención.

En consecuencia esta iniciativa cumple con las disposiciones de nuestra Carta Fundamental, así como con los lineamientos legales establecidos en la Ley 715 de 2001 y la Ley 819 de 2003.

Introducción Proyecto de ley número 063 de 2016 Cámara

La iniciativa busca honrar la vida y obra de Jorge Eliecer Gaitán, rescatando la memoria histórica popular, para que las nuevas generaciones, que no fueron testigos de aquella epopeya, constaten que sí es posible, por la vía electoral, la conformación de una organización poderosa de masas, en lucha por sus reivindicaciones y por la equidad y la justicia.

Justificación

La presente ley tiene como objeto subsanar el hecho deplorable de que en la actualidad no existe ninguna ley vigente en honor al prócer colombiano Jorge Eliécer Gaitán, por haber sido derogadas las que a través de los años se habían expedido para honrar su memoria y que, habiendo señalado Gaitán que los verdaderos héroes de las jornadas que llevaron al gaitanismo ad portas del poder fueron las masas populares, que en todo el territorio colombiano lo acompañaron en su lucha, de igual manera se busca honrar a ese pueblo heroico que dio ejemplo de compromiso con los destinos de Colombia. Reconociendo memoria histórica es el nodo por el que atraviesan todas las variables que estructuran la cultura inmaterial de los pueblos, por lo que honrar a los hombres insignes de la patria y enaltecer la lucha del pueblo, es obligación esencial de la Nación para despertar la autoestima colectiva, como factor fundamental para el desarrollo participativo del país y el bienestar general.

La presente ley exalta el legado perenne que heredó del líder popular el pueblo colombiano y que, por lo tanto, el lugar donde está sembrado y no sepultado, por ser semilla y no cadáver el cuerpo del mártir asesinado en su lucha a favor del pueblo colombiano en tierra traída, por orden del entonces Presidente Virgilio Barco, de todos y cada uno de los municipios de Colombia, debe ser un sitio que simbolice los altos anhelos de repudio de la violencia y memoria histórica de la patria y, por lo tanto, el complejo arquitectónico que lo abriga, El Exploratorio, debe ser declarado patrimonio cultural y monumento nacional, adicionalmente esta ley rinde honores a la vida ejemplar, tanto en lo intelectual y lo profesional, como en el campo de la lucha p olítica a la persona del doctor Jorge Eliécer Gaitán, por lo que no es cuestión de honrar su cadáver, sino de caracterizar su tumba como lugar que expresa el criterio del propio líder popular cuando, refiriéndose a quienes entregaron su vida al servicio de un ideal dijera en la llamada Oración por los Humildes: ¿Vuestro silencio es grito, vuestra muerte es vida de nuestro destino final¿.

Se demuestra que la presente ley incluye:

a) Su legado ideológico. Al rendirle honores al líder colombiano se rechaza todo culto a la personalidad, ya que se traicionaría al propio Gaitán cuando dijo: ¿Hay que destruir esas concepciones idolátricas que hacen creer que unos cuantos hombres privilegiados hacen...

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