Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 147 de 2016 Senado - 16 de Noviembre de 2016 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 653499373

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 147 de 2016 Senado

por medio de la cual se modifica parcialmente la Ley 769 de 2002 y se dictan otras disposiciones. Bogotá, D. C., noviembre de 2016

Señores

MESA DIRECTIVA

Comisión Sexta Senado de la República

Ciudad

Referencia: Ponencia para Primer Debate al Proyecto de ley número 147 del 2016 Senado, por medio de la cual se modifica parcialmente la Ley 769 de 2002 y se dictan otras d isposiciones.

Respetado señor Presidente:

En cumplimiento a la honrosa designación realizada por la honorable Mesa Directiva de la Comisión Sexta de Senado, y de conformidad con lo establecido en el artículo 150 de la Ley 5ª de 1992, someto a consideración de los honorables Senadores el Informe de Ponencia para Primer Debate al Proyecto de ley número 147 de 2016 Senado, por medio de la cual se modifica parcialmente la ley 769 de 2002 y se dictan otras disposiciones.

TRÁMITE LEGISLATIVO

El presente proyecto de ley fue radicado en la Secretaría General del Senado de la República el día 20 de septiembre de 2016 y se publicó en la Gaceta dentro de los términos de ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En términos generales, el país en los últimos años ha tenido un mejor desempeño en las diferentes áreas sociales, económicas y políticas. Para empezar, en el 2015 al país le fue bien en términos de pobreza monetaria, que son los ingresos recibidos, la cual cayó al 27,8%, nivel que ubica al país por primera vez debajo del promedio latinoamericano. Hay 4,6 millones de pobres menos que al iniciar la década. En pobreza multidime nsional, término que estudia parámetros como calidad de vida, acceso educación, salud, vivienda digna, disminuyó al 20,2%. Estos resultados, que son positivos, se consideran por la academia económica como los obtenidos en la década ganada en el país. En el contexto actual, el país se encuentra a punto de cerrar un gran y doloroso capítulo de su historia, que es el conflicto interno con las Farc, que lleva más de 50 años, y ha dejado problemáticas profundas como el desplazamiento forzado, masacres, destitución de tierra, entre otros. Según datos del Centro Nacional de Memoria Histórica: Entre 1958 y 2013 han muerto 220 mil personas a causa del conflicto armado colombiano, 25.000 desaparecidas y casi cinco millones de desplazadas. Al cerrar este capítulo, el país tendrá un problema menos porque preocuparse, se entendería que se está presente ante un momento social ideal de menos víctimas y menos desplazamiento.

A pesar del alentador futuro que se le predica al país, en Colombia se ha observado una problemática que va en aumento desde los últimos años, y que representa más muertes que el conflicto armado actualmente y es la alta tasa de accidentalidad en el país. Por consiguiente, el objeto de este proyecto es aportar una herramienta que ayude a combatir las causas que generan el riesgo de muerte o lesiones personales de las personas que conducen motocicletas.

FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES

Artículo 2°. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su VIDA, honra, bienes, creencias, y demás dere chos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

Artículo 11. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.

FUNDAMENTOS LEGALES

Ley 769 de 2002, por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones.

Ley 1503 de 2011, por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía y se dictan otras disposiciones.

Ley 1548 de 2012, por la cual se modifica la Ley 769 de 2002 y la Ley 1383 de 2010 en temas de embriaguez y reincidencia y se dictan otras disposiciones.

Ley 1696 de 2013, por medio de la cual se dictan disposiciones penales y administrativas para sancionar la conducción bajo el influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas.

Ley 1702 de 2013, por la cual se crea la agencia nacional de seguridad vial y se dictan otras disposiciones.

ANTECEDENTES

Los accidentes de tránsito son la segunda causa de muerte violenta en el país, después de los homicidios. Sin embargo, si segmentamos la investigación entre niños de 5 y 14 años, se convierte en la primera.

CONSULTAR GRÁFICO EN FORMATO PDF

En el año 2014, se registraron 6.352 víctimas fatales, así mismo, el Ministerio de Salud señaló que en sus registros cuentan con 36.041 personas en condición de discapacidad permanente derivada de un accidente vial. Este fenómeno tiene una desempeño distinto al homicidio, a la pobrez a, a la educación y al agro, puesto que en vez de disminuir, sus efectos cada día más van en aumento. Por lo que es necesario hacer un llamado de atención sobre qué está pasando en las vías y el por qué cada día hay mayor número de víctimas mortales y de lesionados.

CONSULTAR GRÁFICO EN FORMATO PDF

Es increíble constatar que desde el año 2005 hasta el 2015, se aumenta el número de víctimas y de lesionados. Estos resultados demuestran que existe un problema real en el país y que las iniciativas gubernamentales, privadas o legislativas, hasta el momento no han funcionado y por el contrario han creado un efecto directo o indirectamente contrario.

Este flagelo que existe en nuestras carreteras, se suma otro ingrediente y es que el país, en el Plan Decenio de Acción para la Seguridad Vial se comprometió a ayudar a reducir en un 50% las muertes en el mundo, de la siguiente forma, para el 2018 en reducir un 8% y para el 2021 reducir un 26%. De lo observado, es evidente que estas reducciones no se van a cumplir porque estando a mediados de 2016, los estudios indican que en vez de disminuirse, los accidentes de tránsito, y las muertes en accidentes, estas van en aumento.

Ahora bien, se debe analizar dentro del universo de accidentes de tránsito cuál es la causa que genera más muertos y lesionados en el país. De acuerdo con el Ministerio de Trasporte las muertes de los motociclistas ocupan e l 43% de la mortalidad en el país. El Ministerio en comento, señala que a diario mueren 8 motociclistas. En el Informe de Medicina Legal ¿Comportamiento de muertes y lesiones por accidente de transporte, Colombia, 2013¿ indican que si se revisan el número de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR