Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 158 de 2016 Senado - 28 de Marzo de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 676164373

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 158 de 2016 Senado

por medio del cual se aprueba el ¿Convenio de Minamata sobre el Mercurio¿, hecho en Kumamoto, Japón, el 10 de octubre de 2013. Bogotá, D. C., 22 de marzo de 2017

Doctor

JAIME ENRIQUE DURÁN BARRERA

Presidente Comisión Segunda Constitucional Permanente

Honorable Senado de la República

Ciudad

Respetado señor Presidente:

En cumplimiento del encargo hecho por la Mesa Directiva de la Comisión Segunda del Senado de la República y con fundamento en los artículos 150, 153 y 156 de la Ley 5ª de 1992, nos permitimos rendir ponencia para primer debate ante la Comisión Segunda Constitucional Permanente del Senado, del Proyecto de ley número 158 de 2016 Senado, por medio del cual se aprueba el ¿Convenio de Minamata sobre el Mercurio¿, hecho en Kumamoto, Japón, el 10 de octubre de 2013.

El Proyecto de ley número 158 de 2016 Senado, de iniciativa gubernamental fue radicado en la Secretaría General del Senado el 12 de octubre de 2016.

En razón a lo anterior, el siguiente informe de ponencia se presenta como a continuación se describe, identificando la importancia que este proyecto de ley tiene para los intereses nacionales:

1. Antecedentes.

2. Justificación.

3. Necesidad de adoptar medidas frente a los riesgos del mercurio para la salud humana y el ambiente.

4. Objeto y contenido del Convenio de Minamata sobre el Mercurio.

5. Articulado del proyecto de ley aprobatoria.

1. Antecedentes

El Convenio de Minamata sobre Mercurio (en adelante ¿el Convenio¿), tiene como objetivo principal proteger la salud humana y el medio ambiente de las emisiones y liberaciones antropogénicas del mercurio y compuestos de mercurio. Para estos efectos, establece disposiciones para reducir el suministro y el comercio de mercurio, así como de ciertos productos y procesos que usan esta sustancia. El 10 de octubre de 2013 el Convenio fue adoptado y oficialmente abierto a la firma de los países. En esta fecha Colombia, a través de su representante Plenipotenciario, firmó el Convenio, expresando así su voluntad de ratificarlo. A la fecha, el Convenio de Minamata ha sido firmado por 128 países y ratificado por 35. Se requiere que el tratado sea ratificado por 50 países para que entre en vigor.

En consideración a que la toxicidad del mercurio y sus compuestos, así como su capacidad de bioacumularse y de transportarse largas distancias (movilidad) constituyen una problemática global, el Consejo de Administración del Programa Mundial para el Medio Ambiente (PNUMA), propuso elaborar un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre el mercurio y pidió al Director Ejecutivo que estableciera un Comité Intergubernamental de Negociación (CIN) para tal efecto. La Decisión 25/5 de febrero de 2009 dispuso que el CIN debiera completar su labor antes de la celebración del 27 período ordinario de sesiones del Consejo de Administración en 2013; para lo cual se llevaron a cabo cinco períodos de sesiones del Comité.

Durante los períodos entre sesiones se llevaron a cabo reuniones regionales de coordinación, incluyendo de la región de América Latina y el Caribe (GRULAC). La primera reunión fue en Kingston en marzo de 2010. La segunda en Panamá también en 2010. La tercera fue en Panamá en 2011. La cuarta en Brasilia en el 2012. La quinta reunión tuvo lugar en Bogotá, Colombia, del 26 al 29 de noviembre de 2012 y fue financiada en su totalidad por el Gobierno nacional. Entre el 13 y el 18 de enero de 2013, se llevó a cabo en Ginebra, Suiza, la quinta y última reunión de negociación (CIN 5) en donde más de 900 delegados de los países miembros de las Naciones Unidas lograron acordar el texto del instrumento que tiene como objetivo proteger la salud humana y el medio ambiente de las emisiones y liberaciones antropógenas de mercurio y compuestos de mercurio.

Colombia participó activamente en estas negociaciones intentando transmitir y reflejar en el texto del instrumento la situación particular del país frente a la problemática del uso de esta sustancia, la cual afecta gravemente el medio ambiente y la salud humana de nuestra población. Como un reconocimiento al liderazgo de Colombia en este proceso, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) le otorgó al país el ¿Mercury Club Bronze Award¿.

En el marco de la 27 reunión del Consejo de Administración del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), se dio la bienvenida a la finalización de las negociaciones sobre el Instrumento y se pidió al Director Ejecutivo del PNUMA que convocara una Conferencia de Plenipotenciarios (Conferencia Diplomática) con el fin de adoptar y abrir para la firma el Convenio de Minamata sobre Mercurio (en adelante, Convenio de Minamata).

Consciente de la problemática del mercurio y comprometido con el Convenio de Minamata, el Congreso de la República de Colombia aprobó la Ley 1658 del 15 de julio de 2013, ¿por medio de la cual se establecen disposiciones para la comercialización y el uso de mercurio en las diferentes actividades industriales del país y se fijan requisitos e incentivos para su reducción y eliminación y se dictan otras disposiciones¿.

Lo anterior, pone a Colombia a la vanguardia de la implementación de las obligaciones internacionales en la materia. Sumado a lo anterior, recientemente el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible formuló, junto con varias entidades del Gobierno, el ¿Plan Único Nacional de Mercurio¿, que busca apoyar en el cumplimiento de las disposiciones de la Ley 1658 y el Convenio de Minamata.

En este sentido, se observa que la ratificación del...

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