Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 238 de 2017 Senado - 23 de Mayo de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 679870165

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 238 de 2017 Senado

por medio de la cual la Nación y el Congreso de la República se asocian a la conmemoración del Bicentenario del municipio de Riosucio en el departamento de Caldas, se le rinden honores y se dictan otras disposiciones. Bogotá, D. C., quince (15) de mayo de 2017

Honorable Senador

JAIME DURÁN BARRERA

Presidente

Comisión Segunda Constitucional

La Ciudad

Honorable Presidente:

En cumplimiento del honroso encargo que me impartió la Mesa Directiva de la Comisión Segunda del Senado de la República, me permito presentar informe favorable de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 238 de 2017 Senado, por medio de la cual la Nación y el Congreso de la República se asocian a la conmemoración del Bicentenario del municipio de Riosucio en el departamento de Caldas, se le rinden honores y se dictan otras disposiciones.

La presente ponencia consta de las siguientes partes:

I. Trámite.

II. Objetivo y contenido del proyecto de ley.

III. Justificación de la iniciativa.

IV. Proposición

V. Texto Propuesto

I. TRÁMITE

Radiqué el proyecto de ley objeto de estudio el pasado 26 de abril de 2017. El mismo día, actuando como Presidente del Senado, repartí el proyecto a la Comisión II, enviando copia para ser publicado en la Gaceta del Congreso número 282 de 2017. Fui designado ponente por esta honrosa corporación el día 8 de mayo de 2017, de acuerdo al Oficio CSE-CS-0130-2017.

II. OBJETO Y CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY

El objeto del proyecto analizado es el de asociar al Congreso de la República y a la Nación a la conmemoración de los 200 años de fundación del municipio de Riosucio, Caldas, rindiéndole homenajes.

El texto del proyecto consta de 6 artículos, incluida su vigencia, así:

- El primer artículo asocia a la Nación y al Congreso de la República a la conmemoración de los 200 años de fundación del municipio de Riosucio, Caldas, rindiendo público homenaje, y exaltando las virtudes de sus habitantes.

- El segundo artículo exalta a todos los habitantes y ciudadanos del municipio, reconociendo su invaluable aporte al desarrollo de su municipio y su región.

- El tercer artículo determina que las entidades públicas competentes de promover el patrimonio cultural, social y económico, protegerán, conservarán y desarrollarán todas las actividades que enaltezcan al municipio.

- El cuarto artículo autoriza al Gobierno nacional a contribuir a la promoción, protección, conservación y demás actos dirigidos a enaltecer el nombre del municipio, especialmente por medio de la promoción de determinados proyectos.

- El quinto artículo autoriza al Gobierno Nacional, al departamento de Caldas y al municipio de Riosucio a impulsar y apoyar ante otras entidades la obtención de recursos adicionales o complementarios destinados al objeto de la ley.

- El sexto artículo establece la vigencia.

III. JUSTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA

Tal y como afirmé en la exposición de motivos del proyecto de ley, Riosucio es más que un...

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