Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 039 de 2017 Cámara - 27 de Septiembre de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 694209313

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 039 de 2017 Cámara

por medio de la cual la nación se vincula a la conmemoración del bicentenario de don Francisco José de Caldas y al cincuentenario de la Asociación Colombiana de Geógrafos, se determinan las bases del Instituto Interamericano de Altos Estudios Geográficos ¿ Caldas, se autorizan destinaciones de bienes públicos y se dictan otras disposiciones. ANTECEDENTES

El proyecto de ley en mención fue radicado ante la Secretaría General de la Cámara de Representantes por el honorable Representante Óscar Fernando Bravo Realpe y otros representantes, asignándosele el número 039 de 2017 Cámara. Posteriormente, dado su contenido fue remitido a la Comisión Segunda de la respectiva corporación.

OBJETO

El presente proyecto consta de cinco (5) artículos, los cuales tienen por objeto buscar que la nación se asocie a la conmemoración del bicentenario del sabio geógrafo don Francisco José de Caldas, del cincuentenario de la Asociación Colombiana de Geógrafos (Acoge) y de los 30 años de la Asociación Colombiana de Historiadores.

MARCO JURÍDICO DEL PROYECTO DE LEY

FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL

El artículo 114 de la Constitución Política d e 1991, determinó que corresponde al Congreso de la República reformar la Constitución; hacer las leyes y ejercer control político sobre el Gobierno y la administración.

Por su parte, el artículo 150 determina que corresponde al Congreso hacer las leyes, estableciendo en su numeral:

15. Decretar honores a los ciudadanos que hayan prestado servicios a la Patria.

De igual forma, la Ley 5ª de 1992 en su artículo 140, modificado por el artículo 13 de la Ley 974 de 2005 establece:

Pueden presentar proyectos de ley:

1. Los Senadores y Representantes a la Cámara individualmente y a través de las bancadas. (Subrayado fuera de texto).

2. El Gobierno nacional, a través de los Ministros del despacho.

3. La Corte Constitucional.

4. El Consejo Superior de la Judicatura.

5. La Corte Suprema de Justicia.

6. El Consejo de Estado.

7. El Consejo Nacional Electoral.

8. El Procurador General de la Nación.

9. El Contralor General de la República.

10. El Fiscal General de la Nación.

11. El Defensor del Pueblo.

JURISPRUDENCIA

La Corte Constitucional en relación a las leyes de honores ha manifestado: ¿En lo concerniente a la incorporación de medidas que impliquen o puedan generar gastos del erario en leyes de honores, la Corporación tiene plenamente definida una regla de decisión, según la cual el Congreso de la República no puede incorporar en ellas apropiaciones o partidas no previstas en las normas de presupuesto, pero sí puede autorizar gastos, en el ejercicio de su potestad de configuración del derecho, pues, según lo ha precisado esta Corporación, tales gastos podrán ser efectuados o no por el Gobierno nacional, quien determinará si define las partidas y apropiaciones necesarias al momento de ejercer su iniciativa en materia de gasto público¿. (Sentencia C-948, 2011).

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Don Francisco José de Caldas es reconocido como el sabio por excelencia y como el máximo pionero de la investigación y los estudios geográficos. La conmemoración de su sacrificio en los albores de la construcción de la República, son la razón para que la nación tome la ocasión del bicentenario de la fundación de la República para ratificar el reconocimiento unánime de su vida y obra, y para proclamarlo como uno de nuestros más caros paradigmas históricos.

Si bien los intereses científicos de Caldas, y las investigaciones que los mismos generaron, tienen una dimensión polifacética, es en la geografía donde se evidencia la concentración de su trabajo. Si a tal antecedente biográfico se agrega la circunstancia de que la geografía es una ciencia en permanente renovación, en donde los geógrafos deben adaptar sus métodos de observación, medida y explicación a todos los mundos posibles que genera la evolución cultural; se puede concluir una justificación válida sobre la idea de conmemorar dignamente a su principal pionero y simultáneamente promover en escenarios internacionales más amplios la disciplina que él cultivó.

La memoria de Caldas ha sido respetada y enaltecida dignamente por Colombia a través del tiempo, mediante la reedición de sus escritos, concediéndole su nombre a un departamento, a dos universidades y a la entidad destinada a orientar la ciencia en el país, entre muchas otras denominaciones honrosas. No obstante, el alcance de esos reconocimientos es eminentemente doméstico.

Lo que se pretende con este proyecto de ley es proyectar el mensaje y la tradición del sabio Caldas a entornos de mayor trascendencia como el contexto hispanoamericano y global, no solo para hacer más conocido su nombre y legado intelectual, sino para proporcionar a los geógrafos iberoamericanos un escenario competitivo de investigación y desarrollo científico personal, institucional y disciplinario, a través de la creación del Instituto...

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