Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 085 de 2017 Cámara - 5 de Octubre de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 694512521

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 085 de 2017 Cámara

por medio del cual se institucionaliza el programa de parques seguros para la salud y el bienestar de la familia. I. SÍNTESIS DEL PROYECTO DE LEY

Esta iniciativa consta de (5) artículos, incluido el relativo a su vigencia. Busca institucionalizar el programa llamado Parques Seguros para la salud y el bienestar de la familia, con el objetivo de que, de manera inclusiva, saludable, segura y sostenible, y de acuerdo con los Planes de Ordenamiento Ter ritorial (POT) y Planes de Desarrollo Municipal y/o Distrital vigentes, las respectivas autoridades, prioricen la instalación de gimnasios modulares al aire libre, el acceso gratuito a internet inalámbrico, y la instalación de sistemas de seguridad y videovigilancia en los parques que se encuentren contemplados en sus respectivos POT.

Para realizarlo destinarán el 5% de lo recaudado por concepto de las compensaciones urbanísticas que pagan los constructores de obra civil. Se brinda también la posibilidad de que las autoridades municipales y/o distritales inicien planes de cooperación con el sector privado y juntas de acción comunal, para obtener recursos que permitan desarrollar el programa de Parques seguros.

II. TRÁMITE DEL PROYECTO DE LEY

Esta iniciativa había sido presentada en la pasada legislatura por los honorable Representantes: María Regina Zuluaga Henao, María Fernanda Cabal Molina, Hugo Hernán González Medina, Carlos Cuero Valencia, y publicada en la Gaceta del Congreso número 917 de 2016, repartido a la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes donde no alcanzó a surtir su primer debate y en consecuencia fue archivada.

En esta última Legislatura se vuelve a radicar el 10 de agosto, por los honorables Representantes: María Regina Zuluaga Henao, Wilson Córdoba Mena, Esperanza María Pinzón de Jiménez, Tatiana Cabello Flórez, Ciro Alejandro Ramírez Cortés, Hugo Hernán González Medina y Carlos Alberto Cuero Valencia.

Se debe anotar que el proyecto de ley cumple co n los requisitos contemplados en los artículos 154, 158 y 169 de la Constitución Política que hacen referencia a la iniciativa legislativa, unidad de materia y título de la ley respectivamente.

III. CONSIDERACIONES GENERALES

El objetivo de esta iniciativa encuentra eco en el análisis presentado, puesto que se evidencia la necesidad de contar con espacios sanos, apropiados y con todas las garantías para el esparcimiento y recreación de los habitantes de las ciudades.

Según datos del DANE, la población colombiana para el año 1986 era de 31.439.997, y para el 2016 de 48.747.708, lo cual demuestra un crecimiento en 30 años de 17.307.711.[1][1] Este crecimiento poblacional demanda espacios públicos aptos para el desarrollo de actividades culturales y recreativas que permitan su utilización bajo condiciones dignas lo cual se verá reflejado en la calidad de vida de las personas, especialmente de los niños y los adultos mayores.

Tradicionalmente los parques han sido espacios donde las familias se desconectan de las responsabilidades y preocupaciones propias del trabajo y dedica tiempo de calidad a sus hijos, es por ello que generar estas condiciones e incentivar el uso de los parques, es menester de las familias y los gobiernos de turno y de la sociedad civil.

Los diferentes Planes de Ordenamiento Territorial que se vienen revisando y ajustando actualmente en el país a la nueva normatividad, concluyen de manera reiterada en la importancia de consolidar centralidades urbanas, como una importante apuesta para la recuperaci ón del espacio público, la preservación del medio ambiente y la descongestión de la urbe.

En estas dinámicas sociales, los parques juegan un papel preponderante, porque representan el punto de encuentro por excelencia en los barrios, comunas y municipios del país.

Sin embargo, si se hace...

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