Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 082 de 2017 Cámara - 23 de Noviembre de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 697779569

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 082 de 2017 Cámara

por medio del cual se fomenta la economía del conocimiento y la innovación en los procesos de intercambio científico entre instituciones de educación superior profesional, técnica y tecnológica del país y se dictan otras disposiciones. Bogotá, D. C., 17 de noviembre de 2017.

Doctor

WÍLMER RAMIRO CARRILLO MENDOZA

Presidente

Comisión Sexta Constitucional Permanente

Cámara de Representantes

Ciudad.

Asunto: Informe de ponencia para primer debate en la Comisión Sexta Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes al Proyecto de ley número 082 de 2017 Cámara, por medio del cual se fomenta la economía del conocimiento y la innovación en los procesos de intercambio científico entre instituciones de educación superior profesional, técnica y tecnológica del país y se dictan otras disposiciones.

Respetado señor Presidente:

En cumplimiento del honroso encargo que me hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Sexta Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes, procedo a rendir ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 082 de 2017 Cámara, por medio del cual se fomenta la economía del conocimiento y la innovación en los procesos de intercambio científico entre instituciones de educación superior profesional, técnica y tecnológica del país y se dictan otras disposiciones.

1. ORIGEN DE LA INICIATIVA

El origen e iniciativa del Proyecto de ley número 082 de 2017 Cámara, del Congreso de la República, liderado por el honorable Representante por el departamento de Boyacá, Ciro Alejandro Ramírez Cortés, de acuerdo a los artículos 154, 155, 156 de la Constitución Política de Colombia, concordante con el numeral 1 del artículo 140 de la Ley 5ª de 1992.

2. NORMATIVIDAD LEGAL Y CONSTITUCIONAL

Constitución Política

Constitución Política de 1991, preámbulo, artículos 27, 65, 67, 69, 70, 71 y 361, obligación del Estado de promover la investigación y adelanto científico, la transferencia tecnológica y la innovación.

Preámbulo: ¿En ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad (¿). (Subrayas fuera de texto).

Artículo 27. El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra. (Subrayas fuera de texto).

Artículo 65. La producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado. (¿)

De igual manera, el Estado promoverá la investigación y la transferencia de tecnología para la producción de alimentos y materias primas de origen agropecuario, con el propósito de incrementar la productividad. (Subrayas fuera de texto).

Artículo 67. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.

La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoram iento cultural, científico, tecnológico (¿).

Artículo 69. Se garantiza la autonomía universitaria (¿)

El Estado fortalecerá la investigación científica en las universidades oficiales y privadas y ofrecerá las condiciones especiales para su desarrollo.

Artículo 70. Reglamentado por la Ley 1675 de 2013. El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional.

La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la nación. (Subrayas fuera de texto).

Artículo 71. ¿(¿) La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades. (¿)¿. (Subrayas fuera de texto).

Artículo 361. Modificado por el artículo 2º, Acto Legislativo número 005 de 2011. El nuevo texto es el siguiente: Los ingresos del Sistema General de Regalías se destinarán al financiamiento de proyectos para el desarrollo social, económico y ambiental de las entidades territoriales; al ahorro para su pasivo pensional; para inversiones físicas en educación, para inversiones en ciencia, tecnología e innovación (¿).

Para efectos de cumplir con los objetivos y fines del Sistema General de Regalías, créanse los Fondos de Ciencia, Tecnología e Innovación; de Desarrollo Regional; de Compensación Regional; y de Ahorro y Estabilización. (Subrayas fuera de texto).

Fomentar los conocimientos es una forma de ejecutar la parte positiva del derecho al libre desarrollo de la personalidad. La pregunta a resolver sería: ¿La ciencia puede ser un derecho fundamental?

Al revisar la Constitución Política de Colombia, nos damos cuenta de que es profusa, concreta y clara en la promoción de la ciencia, la tecnología y la innovación, por ende en el desarrollo de la economía del conocimiento, que es darle alto valor agregado a las materias primas que producimos naturalmente por nuestra multidiversidad como lo certifican los organismos encargados de estos temas, veamos esta multidiversidad:

¿Tiene dos océanos: el Atlántico y el Pacífico, que suman más de 2.900 kilómetros de costa y en los cuales hay una serie de islas hermosas.

Tres cordilleras o cadenas montañosas: la Occidental, la Central y la Oriental, con nevados, volcanes, altiplanos, sabanas y valles.

En Colombia existen muchas fuentes de agua: arroyos, quebradas, riachuelos y ríos; hay, además, innumerables lagos, ciénagas y humedales.

En Colombia se encuentran algunas de las zonas más lluviosas del planeta.

Por ser un país tropical y tener tierras desde la orilla del mar hasta montañas muy altas, Colombia cuenta con diversidad de paisajes y gran variedad de climas (cálido, templado, frío y muy frío).

Colombia posee el mayor número de ecosistemas del mundo: selvas húmedas y secas, sabanas, bosques de clima templado, bosques alto-andinos, bosques de niebla, páramos, ríos, costas, arrecifes de coral, ciénagas y manglares.

Aquí́ est án la selva amazónica, el Chocó biogeográfico y el Macizo Colombiano, consideradas como unas de las áreas con mayor riqueza biológica y con mayor cantidad de especies endémicas del planeta.

Por estar en el cruce de caminos entre Norte y Sur América, nuestro país es el lugar de reunión de especies que vienen del norte y del sur del continente. Además, algunos lugares de nuestro territorio fueron `refugios de vida¿ de muchas especies durante las glaciaciones (periodos durante los cuales todo el planeta se ha congelado).

Colombia y su rica biodiversidad

Biodiversidad quiere decir variedad de vida, y Colombia es uno de los países del planeta donde hay mayor variedad de especies de plantas y animales, lo cual es una riqueza maravillosa que debemos aprender a apreciar y cuidar.

Colombia tiene en su territorio el mayor número de especies de mariposas diurnas (más de 3.500).

Es el país más rico del mundo en aves, con 1.870 especies reportadas hasta la fecha. Hay desde pequeños colibríes hasta el águila pescadora, con alas de más de dos metros de envergadura. Colombia tiene el mayor número de especies de colibríes.

Es el lugar del mundo donde hay más especies de anfibios (ranas, sapos, salamandras). Hay más de 700 especies de ranas, incluyendo unas tan pequeñas como la rana de lluvia minúscula, que mide entre 13 y 18 milímetros y vive en Samaná́, en el departamento de Caldas; y la rana más venenosa del mundo, Phyllobates terribilis, que se encuentra en el Chocó y produce un veneno que es mortal.

Colombia tiene el mayor número de vertebrados terrestres, con 2.890 especies. En su territorio habitan 456 especies de mamíferos. En sus ríos, quebradas, lagos, lagunas y humedales hay más de 3.000 especies de peces de agua dulce, y es el segundo país del mundo que cuenta con tantas especies.

En Colombia hay 520 especies de reptiles (culebras, tortugas, lagartijas, iguanas) y es el tercer país en el planeta con tantas especies.

Hay en el territorio colombiano más de 55.000 especies de plantas, y la tercera parte de ellas son endémicas, es decir, solo habitan en Colombia.

Colombia es el país más rico del mundo en palmas, con 270 especies conocidas.

Colombia tiene el mayor número de especies de anturios del planeta.

En Colombia se han reportado más de 3.500 especies de orquídeas, y aunque no existen datos precisos sobre las bromelias, podría ser el primero o segundo país del mundo más rico en estas plantas[1][1].

Defender esta riqueza que nos dio la divina providencia, no es un deber, es una obligación a la cual no se pueden sustraer las personas que nacimos en este maravilloso territorio. ¿Cómo defenderlo? Estudiando, preparándonos, siguiendo el ejemplo que no s dejó el sabio José Celestino mutis, con su Expedición Botánica; Francisco José de Caldas, científico, ingeniero militar, geógrafo, botánico, astrónomo, naturalista y periodista neogranadino, prócer de la independencia; Julio Garavito Armero, astrónomo, matemático, economista e ingeniero colombiano.​ Sus trabajos científicos son pilar del desarrollo de las ciencias en Colombia en el siglo XIX.

NORMAS LEGALES NACIONALES

Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, Ley 1753...

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