Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 176 de 2017 Senado - 12 de Abril de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 709276453

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 176 de 2017 Senado

Mediante la cual se consagran medidas tendientes a promover la oferta laboral a estudiantes de instituciones de educación superior que vayan a iniciar o se encuentren ejerciendo las prácticas laborales como requisito para obtener un título académico. Honorable Senadora

nadia blel scaf

Presidente Comisión Séptima

Senado de la República

Ciudad.

Respetada Presidenta,

En cumplimiento de la designación realizada por la Mesa Directiva de la Comisión Séptima del Senado de la República, y con fundamento en los artículos 150, 153 y 156 de la Ley 5ª de 1992, me permito rendir ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 176 de 2017 Senado, mediante la cual se consagran medidas tendientes a promover la oferta laboral a estudiantes de instituciones de educación superior que vayan a iniciar o se encuentren ejerciendo las prácticas laborales como requisito para obtener un título académico.

1. ANTECEDENTES EN EL TRÁMITE LEGISLATIVO DEL PROYECTO

El presente proyecto de ley es de iniciativa parlamentaria y fue puesto a consideración del Honorable Congreso de la República por los Senadores Daniel Cabrales Castillo, Iván Duque Márquez, Paloma Valencia Laserna y Fernando Nicolás Araújo. El proyecto fue radicado ante e l Senado de la República, el día 27 de noviembre de 2017.

El día 24 de enero del año la iniciativa fue radicada en la Comisión Séptima de Senado. A partir de lo cual, dicha célula legislativa, mediante Oficio número CSP-CS-0167-2018 me ha designado como ponente único.

2. OBJETO

El Proyecto de ley número 176 de 2017 Senado, mediante la cual se consagran medidas tendientes a promover la oferta laboral a estudiantes de instituciones de educación superior que vayan a iniciar o se encuentren ejerciendo las prácticas laborales como requisito para obtener un título académico, tiene por objeto establecer incentivos a los empleadores del sector privado que ofrezcan oportunidades laborales a los estudiantes pertenecientes a Instituciones de Educación Superior, y que se encuentren realizando prácticas profesionales.

3. MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL

1. La Constitución Política de Colombia, que en su artículo 25 dispone lo siguiente: ¿el trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de especial protección por parte del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas¿.

2. La Constitución Política de Colombia, que en su artículo 54 dispone lo siguiente: ¿El Estado debe propiciar la Ubicación Laboral de las personas en edad de trabajar¿¿.

3. La Ley 1429 de 2010. Que tiene por objeto ¿la formalización y la generación de empleo, con el fin de generar incentivos a la formalización en las etapas iniciales de la creación de empresas; de tal manera que aumenten los beneficios y disminuyan los costos de formalizarse¿.

4. La Ley 1780 de 2016, la cual tiene por objeto ¿impulsar la generación de empleo para los jóvenes entre 18 y 28 años de edad, sentando las bases institucionales para el diseño y ejecución de políticas de empleo, emprendimiento y la creación de nuevas empresas jóvenes¿.

5. Convenio sobre política del empleo de 1964, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Donde los principios de dicho convenio establecen lo siguiente respecto de los Estados vinculados a la OIT: ¿todo Miembro deberá formular y llevar a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido¿.i[1][1]

5. Resolución de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), relativa al empleo de los jóvenes. Adoptada el 15 de junio de 2005 por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 93 reunión. Dicha resolución en su Punto número 19 plantea que ¿El empleo de los jóvenes debería tenerse en cuenta en las políticas sociales, de empleo y económicas mediante una combinación de políticas bien equilibradas. También es necesario formular po líticas comerciales, industriales, de formación y salariales nacionales, favorables con una participación adecuada de los interlocutores sociales para hacer frente a dicho desafío.¿ii[2][2]

4. JUSTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA

El desempleo es uno de los principales problemas que inhibe aún más el desarrollo y bienestar de un país o región. Particularmente para Colombia, si bien ha habido mejoras en este aspecto, para 2017 la tasa tuvo un incremento y se alcanzó una tasa de 9,4% de desempleo nacional.

Ahora bien, este problema repercute mayoritariamente en los jóvenes, que después de obtener una formación educativa ¿ya sea profesional o técnica¿ se ven afectados por los múltiples obstáculos que el mercado laboral impone, siendo la exigencia de experiencia la razón principal. De hecho, el artículo ¿La falta de empleo para los recién graduados: ¿Acaso no basta con tener el `cartón¿?iii[3][3](La Silla Vacía, 2017), asegura que el Ministerio de Educación Nacional (MEN) afirma que menos de un tercio de los recién graduados encuentran trabajo en los primeros seis meses.

Al comparar el trimestre Noviembre ¿ Enero en la serie de datos provistas por el DANE, es posible entrever que a partir del trimestre NOV 2014 ¿ ENE 2015, hay una tendencia creciente del...

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