Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 114 de 2017 Senado - 20 de Abril de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 715156497

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 114 de 2017 Senado

por medio de la cual se modifica el artículo 446 de la Ley 599 de 2000. CAPÍTULO PRIMERO

Origen de la iniciativa

El Proyecto de ley número 114 de 2017, por medio de la cual se modifica el artículo 446 de la Ley 599 de 2000, fue radicado ante la Secretaría General del Senado de la República por la honorable Senadora Rosmery Martínez Rosales el pasado 4 de septiembre de 2017 y publicado el día 5 de septiembre del mismo año en la Gaceta del Congreso número 762 de 2017.

De conformidad con las disposiciones constitucionales y legales, la materia de que trata el mencionado proyecto es competencia de la Comisión Primera Constitucional, por lo cual la Mesa Directiva de esta célula legislativa, mediante Acta MD-21 del 15 de marzo del presente año, me designó como ponente para primer debate.

CAPÍTULO SEGUNDO

Objeto del proyecto de ley

El proyecto de ley tiene por objeto modificar el artículo 446 de la Ley 599 de 2000, ¿por la cual se expide el Código Penal¿, con el propósito de incluir el delito de feminicidio como una modalidad agravada del tipo penal de favorecimiento, continuando así con la línea legislativa que ha desarrollado el Congreso de la República en torno a la protección de la mujer.

CAPÍTULO TERCERO

Contenido del proyecto

El Proyecto de ley número 114 de 2017 cuenta con dos artículos incluyendo el de la vigencia.

En el artículo primero se presenta la modificación al artículo 446 del Código Penal en el sentido de rebajar el tiempo de prisión del delito de favorecimiento y de su modalidad agravada; igualmente, se propone incluir al feminicidio dentro de los delitos que agravan el tipo penal de favorecimiento.

En el artículo segundo se determina la vigencia de la ley.

Antecedentes legislativos

En el año 2015, con el propósito fundamental de proteger los derechos de la mujer y garantizar un mecanismo judicial de protección efectiva de los mismos, el Congreso de la República aprobó la Ley 1761 de 2015, ¿por la cual se crea el tipo penal de feminicidio como delito autónomo y se dictan otras disposiciones¿.

Bajo esta ley, denominada ley Rosa Elvira Cely, se eliminó del ordenamiento penal colombiano un vacío frente a la falta de tipificación de un tipo penal autónomo e independiente que sancionara de manera especial una conducta punible tan grave como el homicidio contra las mujeres por el hecho de serlo.

Por lo anterior, el legislador, para hacer frente a la violencia sistemática y continua de la que son objeto las mujeres en Colombia[1][1], expidió esta ley, que no persigue objetivo distinto que sancionar una triste realidad social que debe erradicarse del panorama nacional.

Por otro lado, el Código Penal contempla en su artículo 446 el delito de favorecimiento, el cual se define actualmente de la siguiente manera:

¿Artículo 446. Favorecimiento. El que tenga conocimiento de la comisión de la conducta punible, y sin concierto previo, ayudare a eludir la acción de la autoridad o a entorpecer la investigación correspondiente, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a setenta y dos (72) meses.

Si la conducta se realiza respecto de los delitos de genocidio, desaparición forzada, tortura, desplazamiento forzado, homicidio, extorsión, enriquecimiento ilícito, secuestro extorsivo, tráfico de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, la pena será de sesenta y cuatro (64) a doscientos dieciséis (216) meses de prisión.

Si se tratare de contravención, se impondrá multa¿ [2] [2] .

Fundamentos del proyecto de ley

El presente proyecto de ley desarrolla principios constitucionales inevitablemente relacionados con el artículo 29 superior, que consagra el derecho al debido proceso y, sobre todo, a la igualdad.

Como puede denotarse en los antecedentes del punto anterior, el tipo penal de favorecimiento consagrado en el artículo 446 de la Ley 599 de 2000 no consagra el feminicidio como un delito que justifique la agravación de la conducta, únicamente las penas del favorecimiento se aumentarán de 64 a 216 meses de prisión cuando la el favorecimiento se realiza respecto de los...

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